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Documento BOE-A-2002-6848

Resolución de 8 de marzo de 2002, de la Dirección General de MUFACE, por la que se publica Acuerdo por el que se prorroga para el año 2002 el Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de la Salud (SAS) y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para el asesoramiento, por el Comité Asesor del SAS sobre utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2002, páginas 13626 a 13627 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2002-6848

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 18 de diciembre de 2001 se suscribió Acuerdo por el que se prorroga para el año 2002 el Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de la Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para el asesoramiento, por el Comité Asesor del SAS sobre utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 8 de marzo de 2002.–El Director general, Isaías López Andueza.

ANEXO
Acuerdo por el que se prorroga para el año 2002 el Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) para el asesoramiento por el Comité Asesor del SAS sobre utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE

En Madrid, a 18 de diciembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Juan Carlos Castro Álvarez, Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud (SAS), en función de su cargo y en ejercicio de las facultades que le están conferidas.

De otra, el ilustrísimo señor don Isaías López Andueza, Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de MUFACE.

EXPONEN

1. Que con fecha 20 de septiembre de 2000, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Servicio Andaluz de Salud (SAS), suscribieron un Convenio de colaboración para el asesoramiento por el Comité Asesor de dicho Organismo sobre la utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Que, próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2002.

3. Que la cláusula séptima del Convenio de referencia establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad que MUFACE abonará al SAS por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, teniendo en cuenta el incremento del IPC anual para Andalucía, referido a 30 de junio y con efectos de primero de enero del año siguiente.

4. Que la cláusula quinta del Convenio fija en 31.555 pesetas la cantidad a abonar por MUFACE por informe emitido por el Comité Asesor durante el año 2000, y que fue incrementada para el 2001 por Acuerdo de Actualización de 1 de diciembre de 2000 quedando fijada en 32.565 pesetas.

El incremento del IPC para Andalucía durante el período de 30 de junio de 2000 a 30 de junio de 2001 ha sido de 4,3 por 100, según información obtenida del Instituto Nacional de Estadística.

En consecuencia, ambas partes, en ejecución del Convenio de colaboración suscrito, adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.

Prorrogar para el año 2002 la vigencia del Convenio de colaboración suscrito el 20 de septiembre de 2000 entre MUFACE y el SAS, para el asesoramiento sobre la utilización terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo.

El gasto que comporta esta prórroga asciende a 20.374.31 euros (3.390.000 pesetas) y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412 L.259. Con este importe se compensará al SAS de los gastos que se ocasionen como consecuencia de la colaboración establecida en el presente Convenio, a razón de 203,74 euros (33.900 pesetas) por cada protocolo evaluado por el Comité Asesor, de acuerdo con el incremento del IPC durante el periodo de 30 de junio de 2000 a 30 de junio de 2001. El presente Convenio ampara la revisión de 100 protocolos.

Tercero.

La presente prórroga entrará en vigor el 1 de enero del año 2002.

Y de conformidad con lo expuesto, firman el presente Acuerdo en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.

El Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Isaías López Andueza.–El Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, Juan Carlos Castro Álvarez.

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