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Documento BOE-A-2002-5994

Resolución de 26 de febrero de 2002, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la concesión de becas del Ministerio de Medio Ambiente-Fullbright, para el curso 2002-2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2002, páginas 12239 a 12240 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-5994

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 19 de octubre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 26), se convocaron las becas «Ministerio de Medio Ambiente-Fullbright» para el curso académico 2002-2003. Corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre de 2001).

Una vez celebrada la primera fase del proceso de selección, de carácter eliminatorio, analizada y valorada la memoria correspondiente al proyecto presentado por el único candidato que ha superado la primera fase y atendiendo a los criterios establecidos en la base X de la citada Orden, el Comité de Selección ha formulado ante la Subsecretaría la correspondiente propuesta de resolución para la concesión de una beca.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria de Orden de 19 de octubre de 2001,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Conceder una beca al solicitante que se relaciona a continuación, en la modalidad que asimismo se indica:

Nombre y apellidos: Don Juan Fullana Montoro. Número de Registro de Personal: 2433294024 A 1000. Modalidad de la beca: A.

Segundo.

La beca será dotada de acuerdo con lo establecido en el apartado VI de la Orden de 19 de octubre de 2001.

Tercero.

De conformidad con lo dispuesto en el punto 4.4 del Convenio de colaboración suscrito el 17 de febrero de 1999, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, y la base VI de la Orden de 19 de octubre de 2001, la compensación económica a conceder a los becarios será:

1. Gastos de viaje del becario, desde la localidad donde radique su residencia oficial, hasta los Estados Unidos de América (localidad donde radique la entidad en que se va a desarrollar la actividad) y regreso.

2. Un porcentaje de la dieta completa prevista en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnización por razón de servicio. Dicho porcentaje será:

2.1 El 50 por 100 de la dieta prevista para la Comisión de Servicio en Estados Unidos a los becarios que decidan instalarse sin familia. A los que se instalen acompañados sólo de su cónyuge o sin cónyuge pero al menos con un hijo el 70 por 100 y el 80 por 100 a los acompañados por cónyuge y más de un hijo.

Cuarto.

Los restantes gastos se abonarán según lo establecido en los apartados 4.1 y 4.2 del Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 26 de febrero de 2002.–La Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

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