Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-5332

Resolución de 13 de febrero de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se da publicidad al acuerdo de 27 de diciembre de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Gascones para adoptar escudo heráldico y bandera municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2002, páginas 11072 a 11072 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2002-5332

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Gascones consultó sobre la viabilidad de un proyecto de escudo heráldico y bandera municipal en febrero de 1997.

El Ayuntamiento de Gascones inició expediente para la adopción de escudo heráldico y bandera municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos para los municipios de la Comunidad de Madrid.

La propuesta fue aprobada por el Pleno municipal en sesión de 24 de marzo de 1999. Los informes de los Asesores de heráldica y de la Real Academia de la Historia fueron solicitados el 14 de junio de 1999, ambos. Los Asesores heráldicos de la Comunidad informan el 1 de marzo de 2001 y proponían modificaciones a la propuesta del escudo; la Real Academia de la Historia no contestó hasta la fecha; por ello, y de conformidad con el artículo 83 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se continúa la tramitación del expediente.

Informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de fecha 27 de noviembre de 2001.

El Ayuntamiento de Gascones, mediante acuerdo plenario de 9 de agosto de 2001, aprueba nueva propuesta, de acuerdo con lo señalado en el informe de los Asesores de heráldica.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 41.1) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículos 4 y 5 del Decreto 96/2000, de 26 de mayo, en relación con el artículo 5 del Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, por el que se modifica la denominación y estructura de las Consejerías, todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 27 de diciembre de 2001, acuerda:

Primero.

Aprobar el escudo heráldico y bandera municipal de Gascones, con la descripción siguiente:

Escudo: Partido. Primero: De sinople dos vacas de oro con cencerro, puestas en palo. Segundo: Las armas de la casa de los Mendoza (Duques del Infantado y señores de la tierra de Buitrago). Al timbre Corona Real Cerrada.

Bandera: De proporciones 2/3. Paño amarillo con el escudo municipal cargado al centro.

Segundo.

Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Gascones.

El presente acuerdo deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», produciendo sus efectos a partir del día de su publicación, también se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de febrero de 2002.–La Secretaria general técnica, Ángeles Huerta Bernardo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid