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Documento BOE-A-2002-5188

Resolución de 28 de febrero de 2002, del Centro de Investigaciones Sociológicas, por la que se convoca el «Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política».

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2002, páginas 10769 a 10770 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2002-5188

TEXTO ORIGINAL

Entre las funciones que le atribuyen al Centro de Investigaciones Sociológicas la Ley 39/1995, de 15 de diciembre, y el Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, de Organización del CIS, en lo que se refiere a actividades de fomento de la investigación, figura expresamente la promoción de la investigación sociológica mediante la convocatoria de premios que contribuirán al estímulo y desarrollo de los trabajos e investigación en el ámbito de las Ciencias Políticas y la Sociología.

De acuerdo con la normativa del Centro de Investigaciones Sociológicas anterior a la citada, ya se convocó con carácter anual un premio de Sociología y Ciencia Política, que adquirió un reconocido prestigio tanto en el ámbito de la comunidad científico-académica como en el ámbito profesional, ya que representaba el reconocimiento de la sociedad, a través del Centro de Investigaciones Sociológicas, a la trayectoria científica y a la labor desarrollada por los premiados en el campo de la Sociología y de la Ciencia Política.

Aprovechando la experiencia de aquellas convocatorias, y con el fin de hacer realidad los cometidos que la nueva normativa impone, resulta oportuno que el Centro de Investigaciones Sociológicas convoque, de nuevo, en 2002, el «Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política», de acuerdo con las bases reguladoras que establece la presente Resolución.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1.

Por el Centro de Investigaciones Sociológicas se convoca el «Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política» para el año 2002.

Artículo 2.

El Premio Nacional se otorgará como recompensa a la aportación y labor científica de los galardonados en el campo de la Sociología o de la Ciencia Política, puesta de manifiesto a través de su trayectoria profesional o como reconocimiento a una obra singular.

Artículo 3.

La dotación del Premio Nacional será de 20.000 euros, sin que pueda dividirse su cuantía. Se financiará con cargo a la aplicación 25.102.542-B.227.06 del Presupuesto de Gastos del Centro de Investigaciones Sociológicas.

Artículo 4.

Podrán proponer candidaturas al premio los miembros designados del Jurado que al efecto se constituya, así como Instituciones de carácter público especialmente vinculadas con la Sociología o la Ciencia Política.

Las propuestas de candidaturas, salvo las realizadas directamente por los miembros del Jurado, deberán hacerse llegar a la Secretaría del Premio, a través del Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas (calle Montalbán, 8, 28014 Madrid), o cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En ellas deberán constar los méritos y circunstancias que concurran en las obras o trayectorias profesionales propuestas, así como los datos personales del candidato que permitan su localización.

El plazo de presentación de candidaturas concluirá el 30 de septiembre de 2002, salvo para las propuestas que efectúen los miembros del Jurado, que podrán formularse directamente durante la reunión que celebren para la concesión del Premio.

Artículo 5.

El Premio se fallará por un Jurado presidido por el Presidente del CIS o persona en quién delegue, y estará integrado por un número de miembros no inferior a cinco ni superior a siete, que serán nombrados por el Presidente del CIS, entre personalidades de reconocido prestigio relacionadas con la Sociología y la Ciencia Política. Será Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario general del CIS.

El fallo del Jurado tendrá lugar antes del 15 de noviembre del presente año.

El Jurado podrá declarar desierta la convocatoria del Premio.

Las normas de procedimiento del Jurado y el régimen de sus votaciones serán las dispuestas en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 6.

El fallo del Jurado se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» mediante Resolución en la que también se hará pública la composición del Jurado.

Artículo 7.

La entrega del Premio se efectuará en un acto público, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Artículo 8.

Contra la presente Resolución, así como la que haga pública la concesión del Premio, que agotan la vía administrativa, podrán interponerse los oportunos recursos de reposición ante el Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de esa Jurisdicción, en el plazo de dos meses. No se podrán interponer simultáneamente ambos recursos, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, y en la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de febrero de 2002.‒El Presidente, Ricardo Montoro Romero.

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