Por Orden de 12 de julio de 2001, del Ministerio del Interior,
se convocan pruebas selectivas, para ingreso en el Cuerpo Técnico
de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y
Psicólogos ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de agosto).
Una vez finalizada la fase de oposición y entregadas por el
Presidente del Tribunal coordinador, copia certificada de las listas
de aprobados, esta Dirección General, en virtud de lo previsto
en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, y en
la base octava de la convocatoria, resuelve:
Primero.-Hacer publica la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el
Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de
Juristas y Psicólogos, en la fase de oposición, que se encontrarán
expuestas en los tablones de anuncios de los centros penitenciarios
y en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección
General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los
documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria
(apartados 8.1 y 8.2)
Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad
en la solicitud inicial (apartado tercero de la base octava de la
convocatoria).
Cuarto.-La presente Resolución, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de
enero, podrá ser recurrida potestativamete ante el mismo Órgano
que lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de
reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su
publicación, o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
al de su publicación.
Madrid, 22 de febrero de 2002.-El Director general de
Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
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