Suscrito el Protocolo 2001 adicional al Convenio de colaboración firmado el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de enero de 2002.‒El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 22 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, de 28 de abril), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, el ilustrísimo señor don José María Hernández Cochón, Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrado por Decreto 48/1998, de 5 de febrero, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia suscribieron en fecha 15 de diciembre de 1997 Convenio de Colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de Creación, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
Por otra parte, en la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre), y en la Ley 4/2000, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2001 se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquel para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por la Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Que de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 19 de febrero de 2001, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 23 de marzo de 2001, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 87, de fecha 11 de abril de 2001, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 714.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Galicia y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la Cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2001, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2001 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 59.726.100 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Galicia, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 59.726.100 pesetas. La Comunidad Autónoma de Galicia ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2001, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Përez.‒El Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Hernández Cochón.
Comunidades Autónomas | Número |
Administración general ‒ Pesetas |
Comunidad Autónoma ‒ Pesetas |
Total proyectos ‒ Pesetas |
|
---|---|---|---|---|---|
P * | U * | ||||
Andalucía. | 13 | 1.146 | 140.593.740 | 154.011.706 | 294.605.446 |
Aragón. | 3 | 175 | 24.740.100 | 37.110.150 | 61.850.250 |
Asturias. | 1 | 85 | 22.405.320 | 34.200.000 | 56.605.320 |
Baleares. | 6 | 267 | 13.787.340 | 50.623.662 | 64.411.002 |
Canarias. | 5 | 220 | 31.237.500 | 34.814.340 | 66.051.840 |
Cantabria. | 2 | 40 | 11.038.440 | 11.038.440 | 22.076.880 |
Castilla-León. | 3 | 316 | 54.492.480 | 54.492.480 | 108.984.960 |
Castilla-La Mancha. | 2 | 120 | 37.634.940 | 37.634.940 | 75.269.880 |
Cataluña. | 1 | 600 | 101.552.220 | 101.552.220 | 203.104.440 |
Extremadura. | 10 | 1.532 | 24.690.120 | 24.690.120 | 49.380.240 |
Galicia. | 9 | 464 | 59.726.100 | 59.726.100 | 119.452.200 |
Madrid. | 3 | 187 | 82.081.440 | 200.826.184 | 282.907.624 |
Murcia. | 8 | 1.659 | 21.105.840 | 36.136.613 | 57.242.453 |
La Rioja. | 1 | 50 | 10.710.000 | 10.710.000 | 21.420.000 |
Valencia. | 6 | 1.192 | 71.064.420 | 71.064.420 | 142.128.840 |
Ceuta. | 1 | 70 | 3.570.000 | 3.570.000 | 7.140.000 |
Melilla. | 1 | 20 | 3.570.000 | 4.743.452 | 8.313.452 |
Totales. | 75 | 8.143 | 714.000.000 | 926.944.827 | 1.640.944.827 |
P *: Número de proyectos. U *: Número de usuarios. |
Proyectos Plan de Acción año 2001
Denominación | Entidades | Tipología proyecto | Financiación | |||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Centros |
Apoyo familiar |
Vida autónoma |
Comunidad Autónoma ‒ Pesetas |
Administración General ‒ Pesetas |
Total ‒ Pesetas |
|||||
Número proyectos |
Número usuarios |
Número proyectos |
Número usuarios |
Número proyectos |
Número usuarios | |||||
Convenio de colaboración atención deficientes físicos Galicia. | GOGAMI. | – | – | – | 5.000 | – | – | 12.250.000 | 12.250.000 | 24.500.000 |
Servicio de intérpretes lenguaje de signos. | F.A.X.P.G. | – | – | – | 4.300 | – | – | 11.698.132 | 11.698.132 | 23.396.264 |
Atención a personas sordas. | F.A.X.P.G. | – | – | – | 1.500 | – | – | 7.740.000 | 7.740.000 | 15.480.000 |
Mantenimiento centros residenciales. | Fundación San Rosendo (m. psíquicos g.a). | 1 | 16 | – | – | – | – | 5.064.130 | 5.064.130 | 10.128.260 |
Ocio y tiempo libre. | ANDE. | – | – | 1 | 300 | – | – | 2.092.896 | 2.092.896 | 4.185.792 |
Ocio y tiempo libre. A Coruña. | Fed. Prov. M. Físicos. | – | – | 1 | 42 | – | – | 650.000 | 650.000 | 1.300.000 |
Servicio fisioterapia. | A.P. Niños Stand. | – | – | – | – | 1 | 25 | 2.041.086 | 2.041.086 | 4.082.172 |
Mantenimiento centro ocupacional. | ASPABER. | 1 | 67 | – | – | – | – | 15.963.018 | 15.963.018 | 31.926.036 |
Mantenimiento centro ocupacional. | Pascual Veiga. | 1 | 14 | – | – | – | – | 2.226.838 | 2.226.838 | 4.453.676 |
Totales. | A.P. Integrados: 3. | 3 | 97 | 2 | 342 | 1 | 25 | 59.726.100 | 59.726.100 | 119.452.200 |
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