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Documento BOE-A-2002-3812

Resolución de 1 de febrero de 2002, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, de prórroga de homologación del curso de capacitación de operadores de muelle o terminales que manipulen mercancías peligrosas en los puertos, a impartir por la Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona y el Consejo de Usuarios del Transporte Marítimo de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2002, páginas 7389 a 7389 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-3812

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose presentado por la Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona y por el Consejo de Usuarios del Transporte Marítimo de Cataluña, con domicilio en Barcelona, avenida Drassanes, 23-25, primero, solicitud para la prórroga de homologación del curso de operadores de muelles o terminales;

Visto el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 13 de febrero), que aprueba el Reglamento de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos de Interés General;

Vista la Orden de 30 de mayo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio), por la que se establecen las condiciones para los cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas en los puertos;

Vista la Orden de 9 de octubre de 1990, por la que homologa el curso de capacitación de operadores de muelles o terminales que manipulen mercancías peligrosas en los puertos, a impartir por Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona y el Consejo de Usuarios del Transporte Marítimo;

Vista la Resolución de 14 de febrero de 2000, por la que se prorroga la homologación del citado curso de capacitación de operadores de muelles o terminales que manipulen mercancías peligrosas en los puertos, en favor de la entidad anteriormente mencionada;

Visto el informe favorable del Ente Público Puertos del Estado, Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Prorrogar la homologación del curso de capacitación de operadores de muelles o terminales, a impartir por la Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona y el Consejo de Usuarios del Transporte Marítimo de Cataluña, con arreglo a las condiciones establecidas en la citada Orden de 9 de octubre de 1990.

Esta prórroga de homologación tendrá validez por dos años a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de febrero de 2002.–El Secretario de Estado, Benigno Blanco Rodríguez.

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