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Documento BOE-A-2002-2792

Resolución de 25 enero de 2002, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un Segundo Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboración suscrito el 12 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid para la financiación de actuaciones integrales en el ámbito denominado Sector I de Lavapies, declarado como Área de Rehabilitación Preferente, al amparo del Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2002, páginas 5683 a 5685 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-2792

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, el día 28 de noviembre de 2001, un Segundo Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboración suscrito el 12 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, para la financiación de actuaciones integrales en el ámbito denominado Sector I de Lavapiés, declarado como Área de Rehabilitación Preferente, al amparo del Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la publicación de dicho Acuerdo que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 25 de enero de 2002.‒El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ANEXO
Segundo Acuerdo de prórroga y modificación del convenio de colaboración suscrito el 12 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, para la financiación de actuaciones integrales en el ámbito denominado sector I de Lavapiés, declarado como área de rehabilitación preferente, al amparo del Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre

En Madrid, a 28 de noviembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte: El Excmo. Sr, don Francisco Álvarez-Cascos Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en representación de la Administración General del Estado, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre según la redacción dada por la Ley 4/1999 de la misma, y previas autorizaciones otorgadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en fecha 20 de junio de 2001 y por el Consejo de Ministros en fecha 28 de septiembre de 2001.

Y de otra: El Excmo. Sr, don Luis Eduardo Cortés Muñoz, Vicepresidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en nombre y representación de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, cargo para el que fue nombrado por Decreto 15/1999, de 8 de julio, facultado para este acto en virtud del artículo 41 de la Ley 1/1993, de 13 de diciembre.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad en que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Acuerdo y al efecto

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia exclusiva que el artículo 149.1.11.a y 1.13.a de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad de Madrid tiene competencia en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero.

Que la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes es el Organismo que ejerce la competencia en materia de política de vivienda, a través de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 270/1995, de 19 de octubre.

3. Con fecha 12 de diciembre de 1997 se suscribió un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, para financiar actuaciones de rehabilitación integral en el ámbito denominado Sector I de Lavapiés, a fin de detener el grave proceso de deterioro urbano, social y arquitectónico en que se encuentra el sector considerado, e iniciar seguidamente, todo un complejo proceso de regeneración y revitalización del área urbana, mediante actuaciones de rehabilitación de edificios de viviendas, programas de adecuación arquitectónica, esponjamientos e infraestructuras.

4. El Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, con fecha 30 de septiembre de 1999, suscribieron un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio citado, ampliando el periodo de actuación hasta el año 2001 y distribuyendo las aportaciones a los ejercicios presupuestarios convenidos, como consecuencia de las dificultades surgidas en la ejecución de las operaciones.

5. Las importantes actuaciones rehabilitadoras que se llevan a cabo, a fin de erradicar la infravivienda en el sector considerado, así como la adaptación a las normas urbanísticas del PGOU de Madrid, hace necesario modificar nuevamente la programación temporal de las actuaciones y reajustar la inversión pendiente a nuevos ejercicios presupuestarios.

Por ello, las partes reunidas en la representación que ostentan, otorgan el presente Acuerdo de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente Acuerdo tiene como finalidad prorrogar la vigencia del Convenio hasta el año 2003, reasignando las anualidades establecidas y sin que ello conlleve aumento del presupuesto acordado para la ejecución de las actuaciones.

Segunda.

La inversión establecida se desglosa:

 

Ministerio de Fomento

Pesetas

Comunidad de Madrid

Pesetas

Ayuntamiento de Madrid

Pesetas

Privados

Pesetas

Total

Pesetas

Convenio 12 de diciembre de 1997. 3.302.000.000 1.826.200.000 1.444.800.000 2.558.000.000 9.131.000.000
Aportaciones a 31 de diciembre de 2000. 1.620.504.842 872.802.500 1.444.800.000 1.099.900.000 5.038.007.342
Aportación pendiente. 1.681.495.158 953.397.500 1.458.100.000 4.092.992.658
Tercera.

Las partes intervinientes aportarán las cantidades pendientes que alcanzan la cifra de cuatro mil noventa y dos novecientas noventa y dos mil seiscientas cincuenta y ocho pesetas (4.092.992.658 pesetas) (24.599.381,30 euros), distribuidas en las cuantías y anualidades que se detallan:

Resumen de aportaciones

Anualidad

Ministerio de Fomento

Pesetas/Euros

Comunidad de Madrid

Pesetas/Euros

Ayuntamiento de Madrid

Pesetas/Euros

Privados

Pesetas/Euros

Total

Pesetas/Euros

2001

598.000.000

3.594.052,38

357.000.500

2.145.616,22

0,00

0,00

525.000.000

3.155.313,55

1.480.000.500

8.894.982,15

2002

805.000.000

4.838.147,44

496.397.000

2.983.406,06

0,00

0,00

685.300.000

4.118.735,95

1.986.697.000

11.940.289,45

2003

278.495.158

1.673.789,61

100.000.000

601.012,10

0,00

0,00

247.800.000

1.489.307,99

626.295.158

3.764.109,70

 Total.

1.681.495.158

10.105.989,43

953.397.500

5.730.034,38

0,00

0,00

1.458.100.000

8.763.357,49

4.092.992.658

24.599.381,30

La aportación del Ministerio de Fomento se efectuará con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado, Programa 431A, concepto presupuestario 752.12.

Las partes intervinientes deberán someterse al procedimiento normativamente previsto, para reajustar las anualidades establecidas, a fin de adecuarlas a las necesidades reales de ejecución y a las disponibilidades presupuestarias que se puedan producir durante el desarrollo del Convenio.

Cuarta.

Las partes para dar continuidad a las obligaciones asumidas, establecen a estos efectos una nueva previsión temporal que finalizará el 31 de diciembre del 2003, plazo de vigencia que podrá ser prorrogado por el tiempo que las partes acuerden, si llegado su término, existieran razones que así lo exigiesen.

Quinta.

En todo lo que no se oponga al presente Acuerdo, será de aplicación lo establecido en el Convenio de 12 de diciembre de 1997.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicado.

El Ministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos Fernández.‒El Vicepresidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis Eduardo Cortés Muñoz.

Cláusula de adhesión

En Madrid, a 29 de noviembre de 2001.

COMPARECE

El Excmo. Sr. don José María Álvarez del Manzano y López del Hierro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid, en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, nombrado por Acuerdo Plenario adoptado en sesión celebrada el 3 de julio de 1999, cuyas facultades y competencias se encuentran recogidas en la Ley de Bases del Régimen Local y demás Textos legales que la desarrollan.

El Ilmo. Sr. don Jesús Valverde Bocanegra, Viceconsejero de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, en calidad de Presidente de la Entidad Gestora de Rehabilitación del Sector I de Lavapiés, en uso de las facultades otorgadas conforme a lo previsto en el artículo 13 de los Estatutos.

El Ilmo. Sr. don Ignacio del Río García de Sola, Segundo Teniente-Alcalde y Concejal responsable de la rama de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras del Ayuntamiento de Madrid, en calidad de Presidente del Consejo Rector de la Entidad Gestora de Rehabilitación del Sector I de Lavapiés, en uso de las facultades otorgadas conforme a lo previsto en el artículo 14 de los Estatutos.

MANIFIESTAN

El Ayuntamiento de Madrid y la Entidad Gestora de Rehabilitación del Sector I de Lavapiés se adhieren y prestan su conformidad a las estipulaciones contenidas en el presente Acuerdo.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid, José M.a Álvarez del Manzano y López del Hierro.‒La Entidad Gestora de Rehabilitación del Sector I de Lavapiés, Jesús Valverde Bocanegra, Ignacio del Río García de Sola.

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