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Documento BOE-A-2002-24216

Resolución de 22 de noviembre de 2002, conjunta de la Subsecretaría de Fomento y la Subsecretaría de Economía, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada "Nadal 2002-Principat d'Andorra".

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2002, páginas 43238 a 43238 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-24216

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda

de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de

Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución sobre

emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos

denominada "Nadal 2002-Principat d'Andorra".

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de

la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos

denominada "Nadal 2002-Principat d'Andorra".

Segundo.-"Nadal 2002-Principat d'Andorra".

El 26 de noviembre, el Principado de Andorra emitirá un sello de

Correos denominado Nadal 2002. En el sello se reproduce la plaça Benlloch,

según una imagen procedente del Fondo Areny-Plandolit, del Arxiu Històric

Nacional de Andorra.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Formato del sello: 40,9 ^ 28,8 mm (horizontal).

Valor postal: 0,25 euros.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 300.000.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará

el 26 de noviembre de 2002.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2006,

no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de

franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.-De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional

de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 4.500 unidades a disposición

de la "Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima", para

atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a

la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones

Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo

Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica

Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para atenciones de

intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los

fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica

nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de

la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas,

dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una

vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica,

que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado

de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o

didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo

de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la

materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la

inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren

en alguno de los indicados Museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 22 de noviembre de 2002.-El Subsecretario de Fomento,

Adolfo Menéndez Menéndez.-El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo

Rodríguez.

Ilmos. Sres. Presidente de la "Sociedad Estatal Correos y Telégrafos,

Sociedad Anónima" y Presidente Director de la Fábrica Nacional de Moneda

y Timbre-Real Casa de la Moneda.

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