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Documento BOE-A-2002-23866

Orden CTE/3098/2002, de 18 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir 46 plazas de la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, por el sistema general de acceso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 2002, páginas 42752 a 42760 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2002-23866

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 41, de 16

de febrero) por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2002 y con el fin de atender las necesidades de personal

en la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15 de abril), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación

(código 5024), con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 46 plazas de

la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos

Públicos de Investigación (código 5024) por el sistema general de acceso

libre, entre ciudadanos con dominio del castellano, de acuerdo

con las especialidades y los destinos que figuran en el anexo I.

1.2 Del total de plazas se reservará un 3 por 100 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de

modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública. Este cupo de reserva asciende

a dos plazas.

En consideración a la modalidad de la presente convocatoria

por especialidades, dicho cupo de reserva será aplicado en aquella

especialidad a la que concurra alguna persona con el grado de

discapacidad requerido, y en las condiciones previstas en la citada

disposición adicional de la Ley 23/1988, de 28 de julio. En el

supuesto de que superen las pruebas concursantes que acrediten

el grado de discapacidad requerido en número mayor al de plazas

reservadas, la reserva se aplicará al que obtuviese mayor

puntuación final.

1.3 A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3); la Ley

23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 29); la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre acceso a

determinados sectores de la Función Pública de los nacionales

de los demás Estados Miembros de la Unión Europea ("Boletín

Oficial del Estado" del 24); el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril) y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

1.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados

en cada una de las especialidades, se efectuará de acuerdo con

la suma total de las puntuaciones obtenidas por éstos en los

ejercicios de que consta el proceso selectivo.

No se podrán declarar aprobados en el proceso selectivo a

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas

por especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que

contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

1.5 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

sólo de fase de oposición.

1.6 La fase de oposición constará de los ejercicios

eliminatorios, que se desarrollarán en castellano, que a continuación se

indican:

1.6.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito,

en un plazo máximo de una hora, un cuestionario de cincuenta

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas

correcta, basado en las materias comunes a que hace referencia

el anexo II.

El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar

que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad

de los aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores

en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o

signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

1.6.2 Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por

escrito, en un plazo máximo de dos horas, de cinco preguntas

propuestas por el Tribunal relacionadas con el programa de cada

especialidad que figura en el anexo II.

1.6.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un

supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza

convocada de acuerdo con el programa que se recoge en el anexo

II de la presente convocatoria. Los opositores deberán realizar

por escrito un resumen del desarrollo y ejecución de la prueba

realizada.

El Tribunal señalará el tiempo máximo disponible para la

realización de la prueba, que no podrá superar en ningún caso cinco

horas.

1.7 Las Pruebas Selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario orientativo: El primer ejercicio se iniciará a

partir del mes de febrero de 2003. La duración máxima de la

fase de oposición será de seis meses a contar desde la fecha de

celebración del primer ejercicio.

1.8 El programa que ha de regir las pruebas selectivas en

cada especialidad, es el que figura en el anexo II de la presente

convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de

Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Bachiller superior, BUP,

Formación Profesional de segundo grado o equivalente. Los

estudios efectuados en Centros en el extranjero deberán estar ya

homologados.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no

deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el Organismo Internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que ha sido

eximido en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.

Tal renuncia deberá llevarse a cabo mediante escrito dirigido al

órgano convocante, que se acompañará a la instancia por la que

se solicita la participación en las pruebas selectivas

2.3 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas

selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus

solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las

condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha de

expiración del plazo de presentación, y mantenerlos hasta el

momento de su toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid); en

la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina,

50, de Madrid); en el Instituto Nacional de Administración Pública

(calle Atocha, 106, de Madrid); en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero; en las sedes centrales

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano,

117, de Madrid); del Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, de

Madrid); del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología

Agraria y Alimentaria (carretera de A Coruña, kilómetro 7,500, de

Madrid); del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos

Rosas, 23, de Madrid) y del Instituto Español de Oceanografía

(avenida de Brasil, 31, de Madrid).

A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional

de identidad o pasaporte.

Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni

concurrir a más de una especialidad.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y

Tecnología ". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

Secretaría General de Política Científica.

En el recuadro número 15 se señalará "Ayudantes de

Investigación de OPIS", consignándose el código 5024 en el espacio

reservado para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará "L" (acceso libre).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen: se hará

constar "Madrid".

En el epígrafe número 24. "Títulos Académicos Oficiales" se

hará constar la titulación que se posee para participar en estas

pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.c) de esta

convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará

constar expresamente la especialidad a la que concurre, elegida

de entre las propuestas en la presente convocatoria (ver anexo I).

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar para el órgano

convocante, hoja número 1 del modelo de solicitud) se hará en

los Registros Generales del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas (calle de Serrano 117, 28071 Madrid); del Centro de

Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas

(avenida de la Complutense 22, 28071 Madrid); del Instituto

Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria

(carretera de A Coruña kilómetro 7,500, 28071 Madrid); del

Instituto Español de Oceanografía (avenida del Brasil 31, 28071

Madrid) y del Instituto Geológico y Minero de España (calle de

Ríos Rosas 23, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 12,26 euros que se consignará en el recuadro

destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la

tasa de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier

Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que

actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria,

sin que sea preciso indicar un número de cuenta corriente al efecto.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

0182-9091-53-0201500751, abierta en el Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, con el título "Tesoro Público. Ministerio de Ciencia

y Tecnología. Tasa 28020. Derechos de examen" El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad

bancaria.

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Asimismo estarán exentas las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior

a la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la presente convocatoria, siempre que en este plazo no hubieran

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubieran negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de

rentas superiores en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante

de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará

en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo.

En cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará mediante

una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos

documentos se deberán acompañar a la solicitud.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los 3 ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el pago

se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de una justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá

la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2

3.4 Las solicitudes se dirigirán al ilustrísimo señor Secretario

general de Política Científica.

3.5 Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su

caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haber solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.6 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, podrán solicitar expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

Estos requisitos también deberán ser cumplimentados, en su

caso, por los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, a que se refiere la base 1.2. Estos

aspirantes marcarán con una cruz la casilla que figura en el

recuadro 22, cuando opten por presentarse por el turno de reserva

de discapacitados.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de un

mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", declarando

aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con

indicación en este último caso de los mismos y de las respectivas

causas de exclusión e indicando los lugares en que se encuentra

expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y

excluidos. En esta lista deberán constar, en todo caso, los

apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad

o pasaporte. Además, se determinará fecha, lugar y hora de

celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado su exclusión u omisión.

Contra la Resolución definitiva podrá interponerse,

potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el

mismo órgano que dictó la resolución, o directamente recurso

contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano

competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en

la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,

que se expondrán al público en el Ministerio de Ciencia y

Tecnología, en las sedes de los organismos públicos de investigación

dependientes del mismo, en la Dirección General de la Función

Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto

pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas, estará

constituido en la forma que se determina en el anexo III de esta

convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas anteriores.

5.4 Previa convocatoria del Presidente y con la antelación

suficiente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia del

Presidente y Secretario, y la mitad, al menos, de sus miembros,

titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en

su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos,

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de

forma que los aspirantes con minusvalía gocen de las condiciones

adecuadas para la realización de los ejercicios. En este sentido

se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten

en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones posibles en

tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas

al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo

de plazas reservadas a personas con discapacidad para el

desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los

funcionarios de la Escala a que se opta, podrá recabar el

correspondiente dictamen del órgano competente del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente.

En este caso, hasta que se emita el dictamen, el aspirante podrá

participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en

suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión

en dicho proceso hasta la recepción del dictamen.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el

Tribunal tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid,

teléfonos (91) 585 52 65/5263.

5.9 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrán

la categoría segunda, de conformidad con lo establecido en el

artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre

indemnizaciones por razón del servicio.

5.10 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han

superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que

el de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores de iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de fecha 18 de marzo de 2002 por la que se hace público

el resultado del sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002

("Boletín Oficial del Estado" de 2 de abril).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas

quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del

segundo y tercer ejercicio se efectuará por el Tribunal, al menos,

en los locales donde se haya celebrado el primero, con veinticuatro

horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación

del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será

publicado en los locales donde se haya celebrado y por cualquier

otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante, poniendo en su conocimiento las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes

en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante

el órgano competente del orden jurisdiccional del

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

6.5 Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos

de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan

indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro

de Ciencia y Tecnología, en el plazo de un mes a partir del día

siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, y en el apartado 2 del artículo 14 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado.

7. Calificación de los ejercicios

7.1 Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos siendo

necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación

errónea se penalizará con 0,25 puntos.

7.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos siendo

necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.

7.3 Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos siendo

necesario obtener un mínimo de 5 para superarlo.

7.4 Al calcular el valor medio de las puntuaciones, en el

segundo y tercer ejercicio, se excluirá del cómputo de

puntuaciones la más alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda

ser excluida más de una máxima y una mínima.

7.5 En los tres ejercicios, la calificación se hará al término

de cada ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran

superado y sus puntuaciones.

7.6 La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

tres ejercicios.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas

de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio. De

persistir el empate se acudirá a la puntuación del primero y tercero

ejercicio sucesivamente.

8. Lista de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal, y en aquellos otros que estime

oportuno, la relación de aprobados en cada especialidad, por

orden de puntuación alcanzada, con indicación de su número de

documento nacional de identidad o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará una copia certificada de la

relación de aprobados a la autoridad convocante.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Presentación de documentos

9.1 En el plazo de veinte días naturales contados desde el

día siguiente a aquel en que se publicaron las listas de aprobados

en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados deberán

presentar en los Registros Generales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas (calle de Serrano, 117, 28071 Madrid); del

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y

Tecnológicas (avenida de la Complutense, 22, 28071 Madrid); del

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y

Alimentaria (carretera de A Coruña, kilómetro 7,500, 28071 Madrid);

del Instituto Español de Oceanografía (avenida del Brasil, 31,

28071 Madrid) y del Instituto Geológico y Minero de España (calle

de Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid) o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.c)

o certificación académica que acredite su posesión. En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán presentar

fotocopia compulsada de la credencial a que se refiere dicha base.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV

a esta convocatoria.

d) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar fotocopia compulsada del documento que

acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las

autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite

no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que

impida, en su Estado, el acceso a la función pública, según el

modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

e) Los aspirantes extranjeros que no residan en España

deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no

la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la

solicitud de participación.

9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos

estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos

ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo

presentar certificación del Ministerio u organismo del que

dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

9.3 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen

de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos

exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

10. Nombramientos de funcionarios de carrera

y toma de posesión

10.1 Los candidatos propuestos por la autoridad convocante

serán nombrados funcionarios de carrera por el Secretario de

Estado para la Administración Pública, con especificación del destino

adjudicado. Los nombramientos serán publicados en el "Boletín

Oficial del Estado".

La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios

de carrera, se efectuará en el plazo de un mes a partir del día

siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el

"Boletín Oficial del Estado".

11. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las Resoluciones de los Tribunales, conforme a lo

previsto en la mencionada Ley.

Toda la información relativa a esta convocatoria está disponible

en la Web del Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

www.csic.es.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 18 de noviembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden

de 30 de noviembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 5

de diciembre), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.

Ilmos. Sres. Subdirectora general de Recursos Humanos del

Ministerio de Ciencia y Tecnología y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Especialidades

Núm.

de

plazas

DestinoDenominación

Instrumentación analítica.

Técnicas y equipos.

CSIC- Ctro. N. de

Biotecnología.

1

CSIC-Insto. Biol. y Genét.

Molec. Valladolid.

1

CSIC-Insto. Bioquímic.

Vegetal y Fotosíntesis.

1

CSIC-Insto. Invest.

Biomédicas Madrid.

1

CSIC-Insto. Neurobiología "R.

y Cajal".

1

CSIC-Ctro. N. Invest.

Metalúrgicas.

1

CSIC-Ctro. Química "Lora

Tamayo".

1

CIEMAT.(Madrid). 1

IGME- Tres Cantos (Madrid). 2

Núm.

de

plazas

DestinoDenominación

Laboratorio y técnicas de

biología, química y

agroalimentación.

CSIC-Insto. de Historia.

CSIC-Insto. Biol. Mol. Y Cel.

Plantas "P.Yufera".

1

1

CSIC-Insto. Biología

Molecular Barcelona.

2

CSIC-Insto. Cardiovascular. 1

CSIC-Insto. Invest. Recursos

Cinegéticos.

1

CSIC-Estación Exp. la

Mayora.

1

CSIC-Estación Exp. del

Zaidín.

1

CSIC-Misión Biológica de

Galicia.

1

CSIC-Insto. Carboquímica. 1

CSIC-Insto. Tecnología

Química Valencia.

1

CIEMAT-Madrid. 1

INIA-S.D.G. Investigación y

Tecnología.

1

Experimentación vegetal y

agraria.

CSIC-Insto. Pirenaico de

Ecología.

1

CSIC-Ctro. Edafolog. y Biol.

Aplicada del Segura.

1

CSIC-Estación Exp. Aula Dei. 1

INIA-S.D.G. Investigación y

Tecnología.

1

Electrónica, automática y

ordenadores.

CSIC-Ctro. Investigaciones

Biológicas.

1

CSIC-Insto. Estruc. Materia

Madrid.

1

CSIC-Insto. Catálisis y

Petroleoquímica.

1

CIEMAT (Madrid). 2

CIEMAT (Soria). 1

Diseño, desarrollo y control de

instalaciones de equipos.

CSIC-Museo Nacional de

Ciencias Naturales.

1

CSIC-Insto. Ciencias

Materiales Aragón.

1

CSIC-Insto. Productos N. y

Agrobiol. de Canarias.

1

Laboratorio de geología. CSIC-Insto. Andaluz Ciencias

de la Tierra.

1

CSIC-Insto. Ciencias de la

Tierra "J. Almera".

1

Humanidades. CSIC-Insto. Arqueología de

Mérida.

1

Procesado y caracterización

de materiales.

CSIC-Insto. Óptica. 1

CSIC-Insto. Ciencias

Materiales Sevilla.

1

Experimentación

oceanográfico pesquera.

IEO-Subdirección Gral. de

Investigación.

5

ANEXO II

Materias comunes a todos los opositores

1. La Constitución Española de 1978. Características,

derechos fundamentales y libertades públicas.

2. La Administración General del Estado. Organización y

funcionamiento de la Administración.

3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y Deberes.

5. La selección de personal al servicio de las Administraciones

Públicas: Sistemas. Situaciones administrativas.

6. El Convenio Único.

7. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

8. El sistema de Ciencia y Tecnología en España. El Plan

Nacional de Investigación.

9. Los Organismos Públicos de Investigación. Consejo

Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones

Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de

Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español

de Oceanografía e Instituto Geológico y Minero de España.

10. Los programas comunitarios de investigación. El V

Programa Marco.

11. Normas de trabajo en laboratorio. Nociones básicas de

manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Normas

de seguridad y prevención de riesgos.

12. Técnicas informáticas en laboratorio. Gestión y

mantenimiento de bancos de datos.

13. Nociones de estadística.

14. Redacción de informes.

15. Manejo y calibración de equipos de laboratorio.

16. Registro de resultados experimentales en cuadernos de

laboratorio.

17. Trazabilidad de experimentos.

18. Representación gráfica de resultados experimentales.

19. Uso de catálogos y relación con proveedores.

20. Planificación del mantenimiento de equipos e

instalaciones.

21. Medidas y cálculo de errores.

22. Almacenamiento de información. Concepto, evolución y

perspectiva.

23. Preparación de presentaciones con medios informáticos.

24. Reciclado de materiales y equipos de laboratorio.

25. Contaminación y degradación del medio ambiente

asociado a la actividad de laboratorio.

Programa de materias específicas

Especialidad: Instrumentación Analítica. Técnicas y Equipos

1. Leyes fundamentales de la materia. Cambios de estado.

Propiedades extensivas e intensivas. Ejemplos.

2. Estructura atómica y molecular. Determinación de fórmulas

empíricas y moleculares. Determinación de pesos moleculares a

partir de las fórmulas.

3. Ácidos y bases. Concepto de pH. Métodos de

determinación, electrodos selectivos de iones.

4. Métodos básicos de análisis químico. Preparación de

muestras. Métodos de pesada.

5. Cromatografía de gases y líquidos. Fundamentos básicos.

Preparación de muestras.

6. Análisis de imagen y Microscopia confocal. Fundamentos

básicos. Preparación de muestras.

7. Resonancia magnética nuclear. Fundamentos básicos.

Preparación de muestras.

8. Preparación de muestras para espectroscopia infrarroja.

Análisis de sólidos y líquidos.

9. Espectroscopia ultravioleta-visible. Fundamentos básicos.

Análisis de muestras.

10. Espectrometría de masas. Fundamentos básicos.

Preparación de muestras.

11. Acreditación de laboratorios de ensayo/calibración.

Normas ISO.

12. Buenas prácticas de Laboratorio. Normativa.

13. Técnicas ELISA.

14. Técnicas de Rayos X.

15. La centrifugación como técnica de laboratorio.

16. Microscopía electrónica de transmisión.

17. Microscopía electrónica de barrido.

18. Tomografía.

19. Informatización de equipos y manejo de datos de medida.

20. Protocolos de uso y mantenimiento de equipos.

Trazabilidad de medidas.

21. Microscopía óptica.

22. Equipos de análisis térmicos.

23. Equipos que utilizan radiaciones. Apantallamiento.

24. Estructura y composición de la célula eucariota animal

y vegetal.

25. Estructura y composición de la célula procariota animal

y vegetal.

Especialidad: Laboratorio y técnicas de biología, química

y agroalimentación

1. Leyes fundamentales de la materia. Cambios de estado.

Propiedades extensivas e intensivas.

2. Estructura básica de la célula eucariota y procariota.

3. Métodos básicos de análisis químico. Preparación de

muestras. Métodos de pesada.

4. Cromatografía de gases y líquidos. Fundamentos básicos.

Preparación de muestras.

5. Técnicas básicas de cristalización de proteínas.

6. Técnicas de extracción de ácidos nucleicos. Secuenciación

del ADN. Amplificación de Ácidos Nucleicos, PCR y RT-PCR.

7. Síntesis química. Principios básicos. Procedimientos

experimentales de aislamiento y purificación de compuestos químicos

en laboratorios.

8. Cultivos celulares. Cultivos primarios. Líneas estables.

Mantenimiento y conservación.

9. Preparación de reactivos y soluciones. Molaridad y

Normalidad de las soluciones.

10. Tipos de centrífugas. Técnicas de centrifugación.

11. Las plantas y animales transgénicos. Principios

fundamentales.

12. Utilización de instalaciones radiactivas y de bioseguridad.

13. Técnicas de conservación en tecnología de alimentos.

14. Tipos y aplicaciones de la electroforesis en gel.

15. Morfología y composición de los virus. Su clasificación.

Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e identificación.

16. Morfología y composición de las bacterias. Su

clasificación. Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e

identificación.

17. Morfología y composición de hongos y levaduras. Su

clasificación. Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e

identificación.

18. Reactividad catalítica. Test de reactividad y métodos de

análisis.

19. Técnicas espectroscópicas básicas para el análisis de

compuestos.

20. Principios básicos de experimentación animal. Técnicas

y procedimientos relacionados con la experimentación animal.

21. Mantenimiento de colecciones vegetales.

22. Métodos de propagación de plantas.

23. Cultivos bajo invernadero. Control de riegos.

24. Cultivos bajo condiciones controladas. Cámaras

climáticas.

25. Fertilización de plantas.

Especialidad: Experimentación vegetal y agraria

1. Técnicas relacionadas con la investigación animal.

2. Mantenimiento de colecciones vegetales.

3. Métodos de propagación de plantas.

4. Control de riegos.

5. Cultivos bajo invernadero.

6. Cultivos bajo condiciones controladas. Cámaras climáticas.

7. Fertilización de plantas.

8. Mantenimiento y gestión de fincas agropecuarias.

9. Mantenimiento y gestión de animalarios.

10. Aprovechamiento de residuos agrícolas.

11. Mantenimiento y gestión de invernaderos.

12. Plantas y animales transgénicos: Producción y control.

13. Técnicas de diagnóstico en patología vegetal y animal.

14. Utilización de residuos urbanos como enmendantes

agrarios. Compostaje de residuos.

15. Agricultura de secano y regadío.

16. Calidad del agua para riego: El agua como factor de

producción en agricultura.

17. Técnicas de producción ganadera y forestal.

18. Técnicas de recolección y preparación de muestras en

explotación vegetal y agraria.

19. Control de la producción animal.

20. Conservación de germoplasma vegetal.

21. Conservación de germoplasma animal.

22. Mantenimiento y catalogación de colecciones animales

y vegetales.

23. Control de nutrición de plantas y animales.

24. Utilización de instalaciones radioactivas y de bioseguridad.

25. Aprovechamiento del agua. Riego por goteo.

Especialidad: Electrónica, automática y ordenadores

1. Dispositivos electrónicos y optoelectrónicos.

2. Sistemas electrónicos.

3. Instrumentación electrónica: Fundamentos y técnicas.

4. Captura y procesamiento de datos experimentales.

5. Calibración de instrumentos electrónicos.

6. Programación de instrumentos y buses de control.

7. Arquitectura de computadores: Conceptos básicos.

8. Interconexiones y comunicaciones entre placas y circuitos

lógicos.

9. Fundamentos de control.

10. Técnicas de control en tiempo real.

11. Conceptos de electricidad y magnetismo. Campo

electromagnético.

12. Análisis de circuitos. Filtros eléctricos: Análisis y diseño.

13. Respuesta en frecuencia.

14. Dispositivos semiconductores: Diodos, transistores, BJT

y MOST.

15. Circuitos integrados. FPGAS.

16. Circuitos impresos.

17. Circuitos secuenciales y combinacionales. Familias lógicas.

18. Computadores analógicos y digitales.

19. Sensores y actuadores.

20. Convertidores A/D y D/A.

21. Microprocesadores y autómatas programables.

22. Instalación, configuración, administración y

mantenimiento de redes.

23. Diseño de circuitos electrónicos asistido por ordenador.

24. Robots.

25. Gestión y mantenimiento de aplicaciones de "software"

científico.

Especialidad: Diseño, desarrollo y control de instalaciones

y equipos

1. Técnicas generales de aplicación en el diseño gráfico.

2. Programas informáticos para el diseño de instalaciones

y equipos.

3. Producción de fluidos para investigación. Agua, gases,

vacío, aire a presión.

4. Gestión de residuos de la actividad investigadora.

5. Contaminación ambiental, fuentes de emisiones,

legislaciones de la UE.

6. Seguridad en laboratorios e instalaciones de investigación

y desarrollo. Factores de riesgo y condiciones de seguridad.

7. Técnicas analíticas. Gravimetría y volumetría. Aspectos

prácticos, instrumental, fuentes de error.

8. Técnicas analíticas instrumentales. Espectrofotometría

UV, espectroscopía IR, RMN y espectrometría de masas.

Fundamento y aplicaciones prácticas.

9. Fuentes de energía. Producción y almacenamiento.

10. Electrónica analógica y digital. Interfases de conversión

de datos.

11. Plantas piloto.

12. Instalaciones de laboratorio.

13. Fluidos y gases en los laboratorios. Distribución, pureza

y contaminación.

14. Mantenimiento de plantas e instalaciones.

15. Redes informáticas.

16. Automatización de procesos.

17. Implementación y mantenimiento de instalaciones de

distribución de comunicaciones.

18. Animalarios.

19. Invernaderos.

20. Climatización.

21. Sistemas de detección y extinción de incendios en

laboratorios e instalaciones.

22. Documentación de instalaciones y equipos: Acceso,

manuales, trazabilidad de operaciones.

23. Instalaciones eléctricas.

24. Salas limpias para equipos radiactivos, biológicos y

electrónicos.

25. Equipos de industria agroalimentaria.

Especialidad: Laboratorio de geología

1. La atmósfera y la meteorología.

2. Contaminación de aire y agua.

3. Hidrosfera. Aguas naturales. Sondeos y aforos, conceptos

básicos.

4. Técnicas de análisis de aguas naturales.

5. Tabla periódica de los elementos e isótopos.

6. La estructura de la tierra.

7. Rocas y minerales.

8. Los procesos geológicos.

9. Prospecciones y trabajo de campo. Toma de muestras.

10. Toma de muestras control remoto y/o automatizado.

11. Laboratorio y técnicas analíticas en geología.

12. Equipos e instrumentación de análisis en geología.

13. Informática aplicada a la geología.

14. Rocas sedimentarias y magmáticas.

15. Rocas industriales y ornamentales.

16. Mecánica de suelos. Mecánica de rocas.

17. Minerales. Clasificación y yacimientos.

18. Minerales y rocas radioactivas.

19. Procesos de extracción química de minerales.

20. Procesos de extracción física de minerales.

21. Carbón, petróleo y gas.

22. Volcanes y sismología.

23. Conceptos básicos de geodesia.

24. Nociones de cristalografía.

25. Nociones básicas sobre técnicas de preparación y estudio

de muestras paleontológicas.

Especialidad: Humanidades

1. Información y documentación científica. El proceso de

transferencia de la información científica. Fuentes de información.

Fuentes primarias y secundarias. El ciclo documental.

2. El análisis documental. La clasificación. Indización

mediante descriptores. Resúmenes. Clases de resúmenes.

3. Los lenguajes documentales. Técnicas tradicionales y

nuevas experiencias. Clasificaciones. Clasificaciones universales

y sectoriales.

4. Los lenguajes documentales. Normalización del

vocabulario. Glosarios, léxicos. Los tesauros: Construcción, evaluación

y uso. Clasificaciones versus tesauros.

5. Bases de datos documentales: Estructura de la

información, registros y campos. Tipología de las bases de datos.

6. La conservación de bienes arqueológicos.

7. Ingreso y registro de fondos arqueológicos: Fichas de

registro y libros de registro.

8. Gestión de fondos documentales vinculados a la actividad

arqueológica.

9. Fuentes de información en Ciencias Sociales y

Humanidades.

10. Catalogación de fondos de cultura material: Fichas de

catalogación.

11. La información científica en la red. Localización, acceso,

identificación. Recuperación de recursos en Internet.

12. Movimientos externos, internos y baja de fondos

arqueológicos: Exposiciones, y expurgo arqueológico.

13. Redacción de memorias arqueológicas.

14. Creación de portales especializados: Gestión de un portal

científico-técnico. Contenidos, diseño, actualización y

administración del mismo.

15. Documentación gráfica arqueológica. Planimetría y

dibujo de materiales. Tipos de soporte, registro y documentación.

16. El sistema español de I+D: Localización de información

y recursos vía web.

17. Gestión de yacimientos, parques arqueológicos y centros

de interpretación.

18. La documentación del territorio. Cartas arqueológicas.

19. Gestión y mantenimiento de aplicaciones de software

científico.

20. Arte y arquitectura hispanorromana.

21. Cerámica y cultura material andalusí.

22. Escultura y necrópolis prerromanas hispánicas.

23. Excavación arqueológica y método de registro "Harris".

24. Cronología absoluta y cronología relativa. Métodos

arqueométricos.

25. Arqueología: Tipología y fuentes epigráficas y

numismáticas.

Especialidad: Procesado y caracterización de materiales

1. Estructura atómica de la materia. Estructura del átomo

y Tabla Periódica.

2. Nociones básicas sobre enlace químico. Tipos de enlace.

3. Radiación electromagnética. Interacción de la radiación

electromagnética con los sólidos.

4. Técnicas básicas de determinación de la composición

química de materiales.

5. Fases cristalinas de materiales. Difracción de rayos X.

Preparación de muestras.

6. Propiedades básicas de los materiales y métodos de

estudio. Propiedades eléctricas, mecánicas, ópticas y magnéticas.

7. Materiales cerámicos y vidrios. Obtención y técnicas de

procesado.

8. Metales y aleaciones. Propiedades, aplicaciones y

técnicas de procesado.

9. Polímeros y Materiales compuestos. Propiedades,

aplicaciones y técnicas de procesado.

10. Materiales en forma de lámina delgada. Métodos de

preparación.

11. Diagramas de fase.

12. Crecimiento en fase vapor.

13. Crecimiento cristalino.

14. Materiales conductores, aislantes y semiconductores.

15. Propiedades ópticas de los materiales.

16. Caracterización óptica de materiales.

17. Métodos de caracterización eléctrica de materiales.

18. Métodos de caracterización térmica de materiales.

19. Aceleradores y grandes equipos para la caracterización

de materiales.

20. Microscopia óptica.

21. Microscopia electrónica.

22. Rayos X para la caracterización de materiales.

23. Métodos de análisis superficial de materiales.

24. Procesado de materiales por métodos electroquímicos.

25. Procesos de inyección.

Especialidad: Experimentación oceanográfico pesquera

1. La Oceanografía. Definición, división y objetivos. La toma

de muestras en Oceanografía: Significado e importancia.

2. Material fungible de uso más frecuente en los laboratorios

de análisis oceanográficos.

3. Aparatos utilizados para determinar las variables físicas

del mar. Descripción y uso de botellas, batitermógrafos, batisondas

y otros.

4. Medidas directas de corrientes. Aparatos y sistemas de

operación.

5. Las mareas. Generalidades. Aparatos para su medida.

Lecturas de mareogramas.

6. Oxígeno disuelto en agua de mar. Técnicas de

determinación.

7. Balanzas analíticas. Uso, manejo y mantenimiento.

8. Funciones de ayuda técnica en un laboratorio de química

analítica aplicada al medio marino. Tipos de datos y su

preparación.

9. Métodos y técnicas de prospección utilizados en Geología

marina. Muestreos directos e indirectos.

10. El plancton. Muestreos de fito y zooplancton. Redes,

botellas y otros aparatos, su utilización. Manejo y conservación de

muestras.

11. Funciones de ayuda técnica en muestreos de plancton

y producción primaria. Aparatos y su manejo. Tipos de datos y

su preparación.

12. El bentos. Metodología para su estudio en fondos rocosos

y fondos blandos. Manejo y conservación de muestras.

13. Utilización y conservación de lupas, microscopios y otro

material óptico.

14. Técnicas de determinación de clorofilas. Técnicas de

determinación de producción primaria con carbono 14.

Precauciones a tomar.

15. Cultivo de animales marinos. Técnicas generales y

especies cultivadas más importantes. Fases del cultivo. Organización

general de una planta de cultivos.

16. Funciones de ayuda en una planta de cultivo de peces.

Aparatos y su manejo. Tipo de datos y su preparación.

17. Campañas de investigación pesquera. Objetivos.

Adquisición, manejo y tratamiento de datos a bordo.

18. Funciones de ayuda técnica en una campaña de

investigación en prospecciones pesqueras por arrastres. Aparatos y su

manejo. Tipos de datos y su preparación.

19. Artes de pesca pelágica. Datos que deben recogerse a

bordo y en puerto en muestreos de pesca pelágica.

20. Artes de pesca demersal. Datos que deben recogerse a

bordo y en puerto en muestreos de pesca demersal.

21. Funciones de ayuda técnica en una campaña de

investigación en prospecciones pesqueras por métodos acústicos.

Aparatos y su manejo. Tipos de datos y su preparación.

22. Funciones de ayuda técnica en investigaciones sobre

maduración y fecundidad de peces. Obtención de muestras.

Metodología. Tallas de maduración. Aparatos.

23. Funciones de ayuda técnica de observadores a bordo de

un buque que realiza una marea de pesca comercial. Aparatos

y su manejo. Datos y su preparación.

24. Funciones de ayuda técnica en investigaciones en

crecimiento de peces. Obtención de muestras. Metodología. Aparatos

y su manejo. Claves talla/edad.

25. Procesamiento automático de datos

oceanográfico-pesqueros. Principales herramientas informáticas más utilizadas:

Bases de datos, hojas electrónicas y sistemas de tratamientos de

textos. Breve idea de su funcionamiento.

Especialidad: Fabricación y montaje en instalaciones de I+D

1. Técnicas generales de aplicación en el diseño gráfico.

2. Programas informáticos para el diseño de piezas y

equipos.

3. Estados de la materia. Propiedades fundamentales.

4. Estructura de la Materia. Átomos y Moléculas. El sistema

periódico.

5. Elementos químicos. Metales, no metales y metaloides.

6. Elementos químicos. Mezclas y Combinaciones.

7. Materiales estructurales. Metales y Aleaciones.

8. Elementos de Taller. Calibres de Medida.

9. Máquinas y Herramientas. Torno y Fresa.

10. Máquinas y Herramientas. Centros de Mecanizado.

11. Máquinas y Herramientas. Chapistería y Fundición.

12. Soldadura.

13. Equipos hidráulicos. Bombas y Compresores.

14. Equipos hidráulicos. Válvulas y acumuladores. Actuadores.

15. Componentes Eléctricos y Electrónicos. Elementos simples.

16. Equipos Electrónicos. Analógicos y Digitales.

17. Equipos Digitales. Calibración de Equipos.

18. Ensayos Mecánicos. Tipos de Ensayos y Probetas.

19. Plantas Piloto e Instalaciones.

20. Mantenimiento General. Instalaciones eléctricas.

21. Mantenimiento General. Instalaciones hidráulicas y

neumáticas.

22. Documentación. Generación de documentos técnicos y

planos.

23. Documentación. Gestión de Bases de datos.

24. Materiales de Taller. Almacén y Gestión.

25. Almacén. Soporte informático.

ANEXO III

Tribunal

Tribunal titular:

Presidente: Castellano Orozco, J. María. Titul. Sup. Insto. de

la Grasa.

Vocal: Cebrián Echarri, Marta. Titul. Técnico. Ctro. Invest.

Biológicas.

Vocal: Franco Fernández, Concepción. Técn. Fac. Sup. OO.AA.

IEO.

Vocal: Bueren Roncero, Juan. Invest. Titu. de OPIS. CIEMAT.

Secretaria: Paino Mirones, Cecilia. Gest. Empleo INEM. Organ.

Central (CSIC).

Tribunal suplente:

Presidente: De la Fuente Briz, Pilar. Téc. Sup. Espe. OPI. IGME.

Vocal.: López Moyano, M.a Victoria. Ayud Diplo. Insto. Quí.

Físi. Rocasolano.

Vocal: Gorostiza Murcia, Concepción. Cuerp. Supe. G. S. y

Técn. Admón. del Est. CIEMAT.

Vocal: García Rodríguez, Mariano. Técn. Fac. Sup. OO.AA.

IEO.

Secretaria: Pérez Santacruz, M. Eugenia. Gener. Adm. Admon.

Estado. Organ. Central (CSIC).

MATERIAS ESPECÍFICAS

Instrumentación analítica. Técnicas y equipos

Ureña Rodríguez, Dionisio. Ayud. Invest. Insto. Biolog.

Molecular.

Martín Rubí, Juan Antonio. Inves. Titu. OPI. IGME.

Laboratorio y técnicas de biología, química y agroalimentación

Arias Neira, M.a Luisa. Invest. Titulares OPIS. INIA-Servicios

Centrales.

Lapaz Jorge, Dolores. Ayu. Diplo. Ctro. Edaf y Biol. Apl-Segura.

Experimentación vegetal y agraria

Cal y Cortina, M.a Antonieta de. Invest. Titulares OPIS.

INIA-Servicios Centrales.

Martín Jiménez, Ángela. Titu. Téc. Insto. Agrobio. Galicia.

Electrónica, automática y ordenadores

Acosta Ruano, Blas José. Ayu. Diplo. Insto. Automática Indust.

Cordero Martín, Román. Tit. Técnico. Insto. Automática Indust.

Diseño, desarrollo y control de instalaciones de equipos

Pueyo Pérez, Encarnación. Titu. Sup. Insto. Ferment. Indust.

Huidobro Pérez-Villamil, M. Almudena. Titu. Téc. Insto. del

Frío.

Laboratorio de geología

Díaz Cusi, Jordi. Cient. Titu. Insto. Cien. de la Tierra J. Almera.

Maestro Garriga, M. Nieves. Ayud. Invest. Insto. Cien. del Mar.

Humanidades

Primo Peña, Elena. Tecn. Gest. OO.AA. Ctro. Infor. Doc. Cientí.

Baranda Ortiz, Piedad. Titu. Técn. Organ. Central. CSIC.

Procesado y caracterización de materiales

Escudero Baquero, Esther. Titu. Sup. Ctro. N. Invst.

Metalúrgicas.

Delgado Yustos, Dámaso. Ayud. Dipl. Insto. Cien. Tecnolo.

Polím.

Experimentación oceanográfico pesquera

Salat Umbert, Jorge. Titu. Sup. Insto. Ciencias del Mar.

Cubero Marqueda, M.a Paloma. Preparadores del IEO.

IEO-Serv. Centrales.

Fabricación y montaje de instalaciones de I+D

Cerrada Canales, Marcos. Invest. Titu.de OPIS. CIEMAT.

Jiménez Moreno, José M.a Titu. Sup. OO.AA. MCYT.

CIEMAT-Serv. Centrales.

ANEXO IV

Don/doña ...........................................................

domicilio en.............................................................

documento nacional de identidad número .................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala - ..........- Ayudantes de

Investigación de Organismos Públicos de Investigación, que no

ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las

funciones públicas (*).

(*) En el supuesto contemplado en la base 9.1.c) se sustituirá "que

no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas"

por "que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal que

impida en.............................................................. el acceso

a la función pública" (nombre del país).

En ..............a ..... de ................. de 200 ...

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