Visto el expediente de indulto de don Ramón Gabarri Cerreduela, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid, en sentencia de fecha 31 de
julio de 2001, como autor de un delito continuado de falsedad, a la pena
de veintiún meses de prisión y multa de nueve meses, con una cuota
diaria de 200 pesetas, con las accesorias legales, por hechos cometidos
en el año 1999; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de noviembre de 2002,
Vengo en conmutar a don Ramón Gabarri Cerreduela la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de trescientos sesenta
y cinco días de multa, a satisfacer en cuotas diarias de 2 euros, cuyo
inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal
sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 22 de noviembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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