Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de doña Mónica Brañas Blasco, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de
lo Penal número 1 de Lorca, que, en sentencia de fecha 13 de julio
de 2001, le condenó, como autora de un delito de tráfico de drogas, a
la pena de tres años de prisión y multa de 2.000 pesetas, con las accesorias
de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 31 de octubre de 2002,
Vengo en conmutar a doña Mónica Brañas Blasco la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 31 de octubre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid