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Documento BOE-A-2002-21738

Resolución de 11 de octubre de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de construcción de la autovía de Castilla, N-620, circunvalación de Salamanca, tramo: Salamanca norte-Salamanca oeste, modificación de trazado entre el punto kilométrico 7,500 y el punto kilométrico 10,500, de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2002, páginas 39651 a 39652 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-21738

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación

de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y

su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de

30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados,

consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra

actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo

sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma

prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental

en cada caso.

El proyecto "Autovía de Castilla, N-620, circunvalación de Salamanca,

tramo: Salamanca norte-Salamanca oeste, modificación de trazado entre

el punto kilométrico 7,500 y el punto kilométrico 10,500", se encuentra

comprendido en el apartado k del grupo 9 del anexo II de la Ley 6/2001,

antes referida.

Con fecha 9 de julio de 2002, la Dirección General de Carreteras remitió

a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la

documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y

potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su

sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La

documentación incluye un informe sobre las consultas realizadas por la

Dirección General de Carreteras a las Direcciones Generales de Carreteras;

Patrimonio y Promoción Cultural; y Calidad Ambiental de la Junta de

Castilla y León, y al Ayuntamiento de Salamanca. La Dirección General

de Patrimonio y Promoción Cultural aporta determinadas actuaciones a

desarrollar relativas a preservar el patrimonio histórico y arqueológico.

El resto de organismos no presentan objeciones o informan favorablemente

la modificación propuesta.

El proyecto "Autovía de Castilla, N-620, circunvalación de Salamanca,

tramo: Salamanca norte-Salamanca oeste, modificación de trazado entre

el punto kilométrico 7,500 y el punto kilométrico 10,500", es consecuencia

de la optimización funcional y económica de la solución propuesta por

el estudio informativo del tramo Tordesillas-Salamanca de la autovía de

Castilla, sobre el que se formuló declaración de impacto ambiental con

fecha 29 de diciembre de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 17 de febrero

de 1993). Dicha modificación consiste en adoptar la solución número 1,

prevista en el estudio informativo, y que se diferencia fundamentalmente

de la solución aprobada en que aprovecha el puente existente sobre el

río Tormes, lo que implica duplicar la calzada existente entre el punto

kilométrico 7,500 y el puente y modificar los enlaces y conexiones.

Considerando las consultas realizadas, y los criterios del anexo III

de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce

la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen

someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, y teniendo

en cuenta que según el promotor del proyecto las características de la

actuación y el medio en el que se inserta, la realización del proyecto no

comporta efectos adversos significativos y exigiéndose por la Secretaría

General de Medio Ambiente que en la realización del proyecto se deberá

tener en cuenta los estudios y actuaciones recogidas en la respuesta emitida

por la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Junta

de Castilla y León, se concluye que no es necesario someter al

procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto "Autovía de

Castilla, N-620, circunvalación de Salamanca, tramo: Salamanca

norte-Salamanca oeste, modificación de trazado entre el punto kilométrico 7,500

y el punto kilométrico 10,500".

Madrid, 11 de octubre de 2002.-La Secretaria general de Medio

Ambiente, Carmen Martorell Pallás.

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