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Documento BOE-A-2002-21044

Orden ECO/2662/2002, de 7 de octubre, de autorización a la entidad "Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de crédito y de inscripción de la entidad en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2002, páginas 38248 a 38248 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-21044

TEXTO ORIGINAL

La entidad "Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad

Anónima", ha presentado en esta Dirección General de Seguros y Fondos

de Pensiones solicitud de autorización administrativa para operar como

entidad aseguradora en el ramo de crédito.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se

desprende que la entidad "Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros,

Sociedad Anónima" cumple los requisitos establecidos en la Ley 30/1995,

de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y

Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.-Autorizar a la entidad "Euler Crédito, Compañía de Seguros

y Reaseguros, Sociedad Anónima" para el ejercicio de la actividad

aseguradora en el ramo de crédito.

Segundo.-Inscribir, en consecuencia, a la entidad "Euler Crédito,

Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima" en el Registro

administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 de la

precitada Ley 30/1995.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer

con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo

con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante

la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en

el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 7 de octubre de 2002.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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