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Publicada la convocatoria de ayudas para el desarrollo de acciones
complementarias y de acompañamiento a la formación mediante
Resolución de 26 de julio de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 17 de agosto),
se comprueba que se ha producido un error en el anexo I "Relación de
estudios de sector financiables a través de la presente convocatoria", en
el apartado "coste máximo" del estudio referido a "Actividades agrarias
forestales y pecuarias".
En su virtud, consultadas las organizaciones empresariales y sindicales
firmantes de los III Acuerdos de Formación Continua, dispongo:
Artículo único.
Uno. Se modifica el anexo I de la Resolución de 26 de julio de 2002,
por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el desarrollo de
acciones complementarias y de acompañamiento a la formación,
correspondiente al ejercicio 2002, en el apartado correspondiente al estudio
de "Actividades agrarias forestales y pecuarias", en los términos que figuran
en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.
Dos. Se establece un plazo de quince días naturales para la
presentación de solicitudes en relación con el estudio sectorial a que hace
referencia el apartado anterior, de acuerdo con las disposiciones que regulan
la convocatoria que se modifica.
Madrid, 3 de octubre de 2002.-La Directora general, Dolores Cano
Ratia.
ANEXO
Estudio a realizar: Actividades agrarias forestales y pecuarias.
Condiciones específicas a añadir a las prescripciones técnicas y actividades
económicas que debe incluir: Ninguna condición añadida. Nomenclatura
CNAE: 01.1, 01.2, 01.3, 01.4, 01.5 y 02.0. Comisión paritaria sectorial:
Actividades agrarias forestales y pecuarias. Coste máximo: 615.000.
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