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Documento BOE-A-2002-20787

Orden de 7 de octubre de 2002, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Inspectores de Educación y de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2002, páginas 37659 a 37665 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2002-20787

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la

participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, en

el apartado 3, de su artículo 37, establece que el Cuerpo de

Inspectores de Educación es un Cuerpo docente que se rige, además

de por lo dispuesto en dicha Ley 9/1995, de 20 de noviembre,

por las normas establecidas en la disposición adicional novena

de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación

General del Sistema Educativo, y por las demás que constituyen las

bases de régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2112/98

de 2 de octubre, y en la Orden de 1 de octubre de 2002 ("Boletín

Oficial del Estado" del 4), por la que se establecen normas

procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito

nacional para los funcionarios de los cuerpos docentes, y

existiendo puestos vacantes cuya provisión deba hacerse entre

funcionarios del Cuerpo de Inspectores de Educación y del Cuerpo

de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa, esta

Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto convocar

procedimiento para la provisión de puestos de Inspección Educativa,

referido a su ámbito territorial, conforme a las siguientes bases:

Primera. Convocatoria.-Se convoca concurso de traslados

para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los Servicios

Provinciales de Inspección de las Delegaciones Provinciales

dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de

Andalucía.

Podrán participar en este procedimiento los funcionarios del

Cuerpo de Inspectores de Educación y los funcionarios del Cuerpo

de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa que

cumplan las condiciones que se especifican en la presente Orden.

Segunda. Puestos objeto de provisión.-Al amparo de la

presente Orden se convocan, además de las vacantes existentes en

el momento de la convocatoria, las que al menos se produzcan

hasta el 31 de diciembre de 2002 y aquellas que resulten del

propio concurso siempre que, en cualquiera de los casos, la

continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación

de la Administración Educativa de la Junta de Andalucía.

Relacionadas por Delegaciones Provinciales, cuyos códigos

figuran en el Anexo I de esta convocatoria, las vacantes objeto

de este concurso se publicarán, de forma provisional, en los

tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería,

antes del día 6 de marzo de 2003, y de forma definitiva, en el

"Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", antes del día 8 de mayo

de 2003.

Tercera.-Participación voluntaria.

3.1 Podrán participar voluntariamente a los puestos ofertados

en esta convocatoria, dirigiendo sus instancias de participación

a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de esta

Consejería de Educación y Ciencia, en los términos indicados en

la base sexta, los funcionarios del Cuerpo de Inspectores de

Educación y los funcionarios del Cuerpo de Inspectores al Servicio

de la Administración Educativa que se encuentren en alguna de

las situaciones que se indican a continuación:

a) Los funcionarios que se encuentren en situación de servicio

activo, debiendo acreditar que, al finalizar el curso escolar

2002/2003, hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma

de posesión del último destino definitivo.

b) Los funcionarios que se encuentren en situación de

servicios especiales declarados desde puestos actualmente

dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de

Andalucía siempre y cuando hayan transcurrido, al finalizar el curso

escolar 2002/2003, al menos, dos años de servicio desde la toma

de posesión del último destino definitivo como funcionarios.

c) Los funcionarios que se encuentren en situación de

excedencia voluntaria declarada desde puestos actualmente

dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de

Andalucía.

Si se tratara de los supuestos de excedencia voluntaria por

interés particular o por agrupación familiar contemplados en los

apartados c) y d), del artículo 29.3 de la Ley 30/1984, de 2 de

agosto, modificada por la Ley 22/93 de 29 de diciembre sólo

podrán participar si al finalizar el curso escolar 2002/2003

hubieran transcurrido los dos años desde que pasaron a la situación

de excedencia.

d) Los funcionarios procedentes de la situación de suspensión

firme de funciones declarada desde puestos de Inspección

actualmente dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de

la Junta de Andalucía, siempre que al finalizar el curso

2002/2003, hayan transcurrido dos años desde que concluyó el

tiempo de duración de la sanción disciplinaria de suspensión.

3.2 Los participantes a que se alude en el apartado 3.1 de

esta base podrán igualmente incluir en su solicitud plazas

correspondientes a las convocatorias realizadas por las restantes

Administraciones Educativas en los términos establecidos en las

mismas.

3.3 Quienes participen en la presente convocatoria desde

puestos de otras Administraciones Educativas deberán dirigir su

instancia de participación al órgano que se determine en la

convocatoria de la Administración Educativa en la que tengan destino

definitivo o en la que tuvieron el último destino definitivo, en

caso de no encontrarse actualmente en situación de activo.

Cuarta.-Participación forzosa.

4.1 Estarán obligados a participar en este procedimiento de

provisión de puestos, dirigiendo su instancia a la Dirección General

de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación

y Ciencia, en los términos indicados en la base sexta, los

funcionarios del Cuerpo de Inspectores de Educación y los

funcionarios del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración

Educativa del ámbito de gestión directa de la Consejería de

Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, que se encuentren

en algunas de las situaciones que se indican a continuación:

a) Los funcionarios que, procedentes de la situación de

excedencia, hayan reingresado con carácter provisional. En el supuesto

de que no participen en el presente concurso o no soliciten

suficiente número de puestos vacantes, se les adjudicará

discrecionalmente un destino definitivo en puestos de los que puedan

ocupar, atendiendo a las necesidades del servicio.

b) Los funcionarios en los que, habiendo recaído suspensión

firme de funciones como consecuencia de sanción disciplinaria

por un período superior a los seis meses, se hubieran

reincorporado a un destino, con carácter provisional, o estuvieran en

expectativa de destino.

c) Los funcionarios que hubieran sido trasladados a un destino

provisional en virtud de sanción disciplinaria con las limitaciones

descritas en el artículo 16 del Real Decreto 33/1986.

4.2 Los participantes a que se alude en el apartado 4.1 podrán

igualmente incluir en su solicitud plazas correspondientes a las

convocatorias realizadas por otras Administraciones Educativas,

en los términos que en ellas se establezcan.

4.3 Los funcionarios dependientes de otras Administraciones

educativas podrán participar en los términos reflejados en el

apartado 3.3. de la base tercera.

Quinta. Derecho preferente a localidad.-Los funcionarios que

quieran hacer uso del derecho preferente a la localidad previsto

en el artículo 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en la

nueva redacción dada por la Ley 39/1999, de 5 de noviembre,

para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las

personas trabajadoras, que se encuentren en el segundo y tercer

año del período de excedencia para cuidado de familiares, y deseen

reingresar al servicio activo, lo harán constar en su instancia de

participación.

Sexta.-Instancias y documentación.

6.1 Instancias: De conformidad con lo dispuesto en la Orden

de 1 de octubre de 2002, los participantes presentarán una única

instancia, según el modelo oficial que figura como anexo III de

la referida Orden, acompañada de una hoja de servicios certificada.

Ambos documentos se encontrarán a disposición de los

interesados en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de

Educación y Ciencia. Simultáneamente presentarán, para la

demostración de los méritos, los documentos reseñados en el baremo

que aparece como anexo II a esta Orden.

6.1.1 El plazo de presentación de instancias y documentos

será el comprendido entre los días 29 de octubre y 15 de noviembre

de 2002, ambos inclusive.

6.1.2 Las instancias y los documentos dirigidos a la Dirección

General de Gestión de Recursos Humanos podrán presentarse en

el Registro General de la Consejería de Educación y Ciencia

(Edificio Torretriana, calle Juan Antonio de Vizarrón, s/n. Isla de la

Cartuja. 41092 Sevilla), en las Delegaciones Provinciales de

Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, o en cualquiera de

las dependencias a que alude el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de

que optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos,

lo harán en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y

sellada por el funcionario de Correos, antes de ser certificada.

6.2 Documentos:

6.2.1 Todos los servicios y méritos alegados se acreditarán

fehacientemente mediante la documentación a que se refiere el

Anexo II de esta convocatoria. La certificación de servicios se

cerrará a la fecha de finalización del curso académico 2002-03.

6.2.2 Solamente se tomarán en consideración aquellos

méritos que debidamente justificados se aleguen durante el plazo de

presentación de instancias. La Administración podrá requerir a

los interesados, en cualquier momento, para que justifiquen

aquellos méritos sobre los que se planteen dudas o reclamaciones.

6.2.3 La documentación se presentará en originales o en

copias válidas de conformidad con lo establecido en el Decreto

204/1995, de 29 de agosto ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" número 136, de 26 de octubre) por el que se establecen

medidas organizativas para los servicios administrativos de

atención directa a los ciudadanos.

6.2.4 Los Inspectores excedentes que reingresen al servicio

activo como consecuencia del concurso, presentarán declaración

jurada o promesa de no hallarse separado de ningún Cuerpo o

Escala de la Administración del Estado, de las Comunidades

Autónomas o de la Local, en virtud de expediente disciplinario, ni

de estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Séptima.-Resolución del procedimiento.

7.1 Para la valoración de los méritos alegados por los

concursantes, a los que se hacen mención en el Anexo II de esta

Orden, se constituirá una Comisión de Valoración de cinco

miembros, cuyo Presidente será designado por la Dirección General

de Gestión de Recursos Humanos y los cuatro Vocales restantes

serán designados por sorteo entre los funcionarios del Cuerpo

de Inspectores de Educación y los funcionarios del Cuerpo de

Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.

7.2 El procedimiento será resuelto por la Consejería de

Educación y Ciencia, atendiendo al baremo de méritos.

En el caso de que se produjesen empates en el total de las

puntuaciones, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la

mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo

conforme al orden en que aparecen en el mismo. Si persistiera el

empate, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos

subapartados por el orden igualmente en que aparecen en el

baremo. En ambos casos, la puntuación que se tome en consideración

en cada apartado no podrá exceder de la puntuación máxima

establecida para cada uno de ellos en el baremo, ni, en el supuesto

de los subapartados, la que corresponda como máximo al apartado

en que se hallen incluidos. Cuando al aplicar estos criterios, alguno

o algunos de los subapartados alcance la máxima puntuación

otorgada al apartado al que pertenece, no se tomarán en consideración

las puntuaciones del resto de subapartados. De resultar necesario,

se utilizarán como criterios de desempate el año en el que se

convocó el procedimiento selectivo a través del cual se ingresó

en el Cuerpo y la puntuación por la que resultó seleccionado.

7.3 Una vez recibidas en la Dirección General de Gestión de

Recursos Humanos el acta de la Comisión dictaminadora con las

puntuaciones asignadas a los concursantes, la Dirección General

de Gestión de Recursos Humanos publicará en los tablones de

anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia,

la resolución provisional del concurso, concediéndose un plazo

de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación,

para que los interesados puedan efectuar reclamaciones contra

dicha resolución provisional, cumpliéndose al mismo tiempo con

este plazo el trámite de audiencia previsto en el artículo 84 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo se podrá presentar renuncia a la participación en

esta convocatoria en el mismo plazo.

Las alegaciones o renuncias se presentarán por los

procedimientos a que alude la base sexta, siendo imprescindible la

aportación de una fotocopia del documento nacional de identidad.

7.4 Una vez estudiadas y resueltas las reclamaciones

presentadas, se publicarán, mediante Orden de la Consejería de

Educación y Ciencia, las correspondientes listas definitivas en el

"Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

7.5 Se faculta a la Dirección General de Gestión de Recursos

Humanos para la aplicación y desarrollo de la presente Orden.

Octava. Devolución documentación.-Una vez publicada la

Resolución definitiva, los interesados o sus representantes legales

podrán retirar los documentos originales presentados para

acreditar los méritos alegados, solicitándolo así a la Dirección General

de Gestión de Recursos Humanos en el plazo de un mes, contado

a partir de la finalización del plazo establecido para la interposición

de recurso contencioso-administrativo.

Novena.-Destinos.

9.1 Los traslados que se deriven de los destinos adjudicados

en el presente concurso tendrán la consideración de voluntarios

y en consecuencia no generarán derecho a indemnización.

9.2 La fecha de los efectos de la resolución de la presente

convocatoria será la del 1 de septiembre de 2003. No obstante

los funcionarios que obtengan destino en este concurso deberán

permanecer en sus centros de origen cuando así se establezca

por la Administración Educativa de la que dependan, hasta que

concluyan las actividades imprescindibles previstas para la

finalización del curso.

Décima. Recursos.-Contra la presente Orden, que pone fin

a la vía administrativa, los interesados podrán interponer en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su

publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo

establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 16.1 de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma.

Sra. Consejera de Educación y Ciencia en el plazo de un mes

a contar a partir del día siguiente al de su publicación, conforme

a lo establecido en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de octubre de 2002.-La Consejera, Cándida Martínez

López.

ANEXO I

Códigos de las Delegaciones Provinciales de la Consejería

de Educación y Ciencia. Junta de Andalucía

Almería: 04004565.

Cádiz: 11006504.

Córdoba: 14006928.

Granada: 18008971.

Huelva: 21003141.

Jaén: 23004768.

Málaga: 29990074.

Sevilla: 41008209.

ANEXO II: (Ver imágenes páginas 37662 a 37665)

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