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Documento BOE-A-2002-20618

Orden CTE/2616/2002, de 16 de octubre, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por promoción interna en la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2002, páginas 37363 a 37371 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2002-20618

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 41, del 16),

por el que se aprueba la oferta de empleo para el año 2002,

y con el fin de atender las necesidades de personal en la

Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública y acuerdo

de la Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar pruebas

selectivas para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de

Titulados Técnicos Especializados (código -5421-) del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir por

promoción interna 19 plazas de la Escala de Titulados Técnicos

Especializados (código -5421-) del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, desde Cuerpos o Escalas del grupo C,

distribuidas entre los diferentes grupos de materias específicas de la

forma en que figura en el anexo II de la presente convocatoria.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3), la

Ley 23/1988, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 24), sobre acceso a determinados sectores de la

función pública de los nacionales de los demás Estados miembros

de la Unión Europea, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril) y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados

en cada uno de los grupos de materias específicas, se efectuará

de acuerdo con la suma total de las puntuaciones obtenidas por

éstos en las diferentes fases de que consta el proceso selectivo.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta que contradiga lo señalado anteriormente será nula de

pleno derecho.

En el caso de que queden plazas sin cubrir en alguno de los

grupos de materias específicas, se distribuirán entre el resto de

los grupos de materias específicas de acuerdo con los criterios

que establezca la Junta de Gobierno del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.5 El proceso selectivo estará formado por las fases,

ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta

Orden.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará

a partir del 1 de febrero del año 2003.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como anexo II a la presente Orden.

1.8 La duración máxima de la fase de oposición será de tres

meses. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo

del siguiente no podrá transcurrir menos de diez días ni más de

cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

b) Pertenecer como funcionario de carrera a algún Cuerpo

o Escala del grupo C incluidos en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto.

c) Estar incluido a efectos de promoción profesional en el

ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

d) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio

en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan el día de la finalización

del plazo de presentación de solicitudes de participación

(artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos o Escalas del grupo C serán computables, a efectos

de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

e) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso

en Cuerpos o Escalas del grupo B en el artículo 25 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto (título de Ingeniero Técnico,

Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o equivalente), o en

condiciones de obtenerlo en la fecha de terminación del plazo de

presentación de solicitudes (artículo 76 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo). En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones por sentencia judicial firme.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función

pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como

funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid), en

la Dirección General de la Función Pública (calle María de

Molina, 50, de Madrid), en el Instituto Nacional de Administración

Pública (calle Atocha, 106, de Madrid), en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero, así como

en la sede central del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas (calle Serrano, 117, de Madrid).

Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud, ni

solicitar más de un grupo de materias específicas de las que se

encuentran en el anexo II.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y

Tecnología". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Consejo Superior de Investigaciones Científicas".

En el recuadro número 15 se señalará "Titulados Técnicos

Especializados", consignándose el código 5421 en el espacio reservado

para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará "P" (acceso por el sistema de promoción interna).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen: Se hará

constar "Madrid".

En el epígrafe número 24. "Títulos Académicos Oficiales" se

hará constar la titulación que se posee para participar en estas

pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.f) de esta

convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará

constar expresamente el grupo de materia específica a la que

concurre, elegido de entre los propuestos en la presente convocatoria

(ver anexo II).

En el recuadro B) del mismo epígrafe 25 se consignará el Cuerpo

o Escala a la que pertenece el aspirante.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle

Serrano, número 117, 28006 Madrid, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 9,20 euros que se consignará en el recuadro

destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la tasa

de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier

Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan

como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente

número 2038 1183 46 6000548962, abierta en la sucursal 1183 de

Caja Madrid, calle López de Hoyos, número 68, a nombre de

"CSIC Tasas derechos de examen".

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Asimismo, estarán exentas las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior

a la fecha de la convocatoria siempre que en el plazo de que

se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se

hubieran negado a participar, salvo causa justificada, en acciones

de promoción, formación o reconversión profesional y que,

asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al

salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la

condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en

la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto

Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas

se efectuará mediante una declaración jurada o promesa escrita

del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la

solicitud.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los 3 ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el pago

se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de una justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en el Banco supondrá

la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Las solicitudes, dirigidas al excelentísimo señor

Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, deberán

acompañarse de una fotocopia del documento nacional de

identidad.

A efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso,

se adjuntará certificación expedida por los servicios de personal

de los Ministerios, organismos o entidades donde presten o hayan

prestados sus servicios los aspirantes. La certificación, según

modelo que figura como anexo V a esta convocatoria, hará

mención expresa de los méritos establecidos en el anexo I referidos

a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En relación al personal, que a la fecha de finalización del plazo

de presentación de solicitudes, se encuentre en situación de

servicio activo en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, la acreditación de dichos méritos se realizará de oficio

por la Subdirección General de Recursos Humanos.

3.5 Los aspirantes con minusvalía deberán podrán en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la misma.

Asimismo, podrán solicitar expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la

realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas

dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista

de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en este último

caso, de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en

todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad.

Además, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo

de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado

su exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que dictó la resolución, o directamente recurso

contenciosoadministrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su

publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en

la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,

que se expondrá al público en los tablones de anuncios de la

sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

calle Serrano, número 117, en los centros e institutos del

organismo, en la Dirección General de la Función Pública, y en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de las

Administraciones Públicas.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto

pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas selectivas

estarán constituidos en la forma que se determina en el anexo III

de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Presidente del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, cuando concurran en ellos

circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial

del Estado" del 27), o si hubiesen realizado tareas de preparación

de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores

a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá exigir de los miembros de los Tribunales

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales de acuerdo con lo establecido en el artículo 29

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo la

autoridad convocante, hará público el nombramiento de los nuevos

miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas anteriores.

5.4 Previa convocatoria de los Presidentes, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión los Tribunales acordarán todas las decisiones

que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en

su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se debe hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del

Estado" del 27).

5.7 Los Tribunales calificadores adoptarán las medidas

precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de

los participantes. En este sentido, se establecerán para las

personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la

base 3.6. las adaptaciones posibles en tiempos y medios para

su realización.

A tal efecto, los Tribunales podrán recabar informe y, en su

caso, colaboración de los órganos técnicos de la administración

Laboral, Sanitaria o de los Órganos competentes del Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los

Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006

Madrid, teléfonos (91) 585 52 65/52 63.

5.9 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas

tendrán la categoría segunda, de conformidad con lo establecido

en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,

sobre indemnizaciones por razón del servicio. Por el Presidente

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas se establecerá

el número máximo de sesiones que podrán realizar cada uno de

los Tribunales, previo cumplimiento de lo indicado en el número 4

del artículo y disposición indicados.

5.10 Los Tribunales no podrá aprobar ni declarar que han

superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Las pruebas selectivas para ingresar en la Escala de

Titulados Técnicos Especializados del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas por el sistema de promoción interna constarán

de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de fecha 18 de marzo de 2002 por la que se hace público

el resultado del sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002

("Boletín Oficial del Estado" de 2 de abril).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y

así sucesivamente.

6.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas

quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el órgano convocante.

La publicación de la celebración del segundo ejercicio se

efectuará por el Tribunal, al menos, en los locales donde se haya

celebrado el primero, con veinticuatro horas, como mínimo, de

antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad

convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si

tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a

los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes

en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante

el órgano competente del orden jurisdiccional del

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

6.6 Fase de concurso: La lista que contenga la valoración

provisional de méritos de la fase de concurso se hará pública

mediante Resolución del Presidente del CSIC para aquellos

aspirantes que hubieran superado los ejercicios de la fase de oposición,

quienes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados

a partir del siguiente al de la publicación de la misma, para alegar

las rectificaciones pertinentes respecto a dicha valoración

provisional.

Por la misma autoridad se publicará Resolución que contenga

la relación de las puntuaciones definitivas en dicha fase.

Contra esta Resolución podrá interponerse potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que dictó la resolución, o directamente recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día

siguiente a su comunicación, ante el órgano competente del orden

jurisdiccional del contencioso-administrativo, de acuerdo con lo

establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado el proceso selectivo, los Tribunales harán

públicas en el lugar de celebración del último ejercicio, así como

en la sede central del CSIC, la relación de aprobados dentro de

cada grupo de materias específicas por orden de puntuación total

alcanzada, con indicación de su número de documento nacional

de identidad.

Los Presidentes de los Tribunales enviarán una copia certificada

de la relación de aprobados al Presidente del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de

aprobados en el Boletín Oficial del Estado, los aspirantes aprobados

deberán presentar en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid, los siguientes

documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido [base 2.1.e)] o

certificación académica que acredite su posesión en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes

que hayan obtenido su título en el extranjero, deberán asimismo

presentar la homologación a la que hace referencia dicha base.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV

a esta convocatoria.

c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar documentación certificada por las autoridades

competentes de su país de origen en la que se acredite no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

En el caso de que algunos puestos de trabajo ofrecidos como

primer destino supongan la participación directa o indirecta en

el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por

objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado,

quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes

cuya nacionalidad no sea la española.

8.2 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen

de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos

exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

9. Nombramiento de funcionarios

9.1 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios

de carrera de la Escala de Titulados Técnicos Especializados, por

el Ministerio de Ciencia y Tecnología, con especificación del

destino adjudicado.

Los nombramientos serán publicados en el "Boletín Oficial del

Estado".

9.2 La toma de posesión de los candidatos nombrados

funcionarios de carrera, se efectuará en el plazo de un mes desde

la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo

previsto en la mencionada Ley.

Toda la información relativa a esta convocatoria está podrá

consultarse en la web del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas: www.csic.es

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 16 de octubre de 2002.-P. D. (Orden de 19 de

diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 21), el Presidente

del CSIC, Rolf Tarrach Siegel.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

El sistema selectivo será el concurso-oposición.

La fase de concurso se calificará con un máximo de 14 puntos.

La fase de oposición se calificará con un máximo de 20 puntos.

La puntuación final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases,

concurso y oposición.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar la lista

de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la

fase de oposición. En caso de persistir el empate se acudirá a

la puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De mantenerse

esta circunstancia, se dirimirá a favor de la mayor puntuación

alcanzada en el mérito de trabajo desarrollado previamente en el CSIC

y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá a la

puntuación otorgada a la antigüedad en el Cuerpo o Escala de

procedencia y al grado consolidado, por este orden. De seguir

persistiendo el empate, se atenderá sucesivamente a la fecha de toma

de posesión en el Cuerpo o Escala de procedencia y a la fecha

de ingreso en la Función Publica como funcionario de carrera.

a) Fase de concurso:

1. Antigüedad en el Cuerpo o Escala de procedencia: Se

valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y los

reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,

de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración

Pública ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1979),

referidos sólo al Cuerpo o Escala de procedencia, hasta la fecha

de finalización del plazo de presentación de instancias, a razón

de 0,25 puntos por año hasta un máximo de cuatro puntos.

En el caso de los funcionarios que hayan pasado de un Cuerpo

o Escala a otro por el procedimiento de integración, se computará

también la antigüedad en el Cuerpo o Escala de origen.

2. Trabajo desarrollado en el CSIC: Se valorarán los años

de servicios efectivamente prestados en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas en funciones directamente relacionadas

con la investigación o la gestión de la misma, a razón de 0,30

puntos por año hasta un máximo de cinco puntos.

3. Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado a través del acuerdo de reconocimiento de

grado por la autoridad competente en la fecha de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y formalizado hasta la fecha

de emisión del certificado, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11 y 12: Un punto.

Grados 13 y 14: Dos puntos.

Grados 15 y 16: Tres puntos.

Grados 17 y superiores: Cuatro puntos.

4. Por haber superado algún ejercicio en la convocatoria del

año 2001 para el ingreso por promoción interna a la Escala de

Titulados Técnicos Especializados del CSIC, 0,5 puntos por

ejercicio superado hasta un máximo de un punto.

Las listas que contengan las puntuaciones definitivas en la fase

de concurso se harán públicas con la calificación final de la fase

de oposición.

b) Fase de oposición:

La fase de oposición constará de los ejercicios eliminatorios

que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio.-Consistirá en el desarrollo por escrito,

en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas a elegir entre

cuatro temas extraídos por sorteo de entre los que figuran en

el programa de materias específicas elegido por el aspirante y

que figura en el anexo II. Para la realización de este ejercicio

no se podrá consultar documentación alguna. El ejercicio será

leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, quien

podrá solicitar cuantas aclaraciones estime oportunas sobre la

exposición realizada por el opositor durante un tiempo máximo

de veinte minutos sobre aspectos de los temas que ha desarrollado.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la claridad

y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su

forma de presentación o exposición, y el enfoque práctico que

el opositor dé a dichos conocimientos.

Se calificará de cero a doce puntos. El valor medio de las

puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio,

siendo necesario alcanzar seis puntos como mínimo para pasar al

ejercicio siguiente. Al calcular el valor medio de las puntuaciones,

se excluirá del cómputo de puntuaciones la más alta y la más

baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más de una

máxima y una mínima.

2. Segundo ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de sesenta preguntas con respuestas múltiples, siendo

sólo una de ellas correcta, basado en las materias comunes a

que hace referencia el anexo II.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar

que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad

de los aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores

en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o

signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio. Se calificará de cero

a ocho puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria

para superar el ejercicio.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación

errónea se penalizará con 0,25 puntos.

En los dos ejercicios la calificación se hará al término de cada

ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran

superado y sus puntuaciones.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

ANEXO II

Programa

MATERIAS COMUNESA TODOSLOS OPOSITORES

1. La Constitución Española de 1978: Características.

Derechos fundamentales y libertades públicas.

2. La Administración General del Estado: Organización y

funcionamiento. La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE)

3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento

administrativo: Concepto y naturaleza.

4. La Contratación Administrativa. Tipos de contratos.

5. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Características. Ámbito de aplicación. Órganos Superiores de la

Función Pública.

6. El Presupuesto. Su contenido. Elaboración y aprobación.

Modificaciones presupuestarias.

7. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

8. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de Puestos

de Trabajo.

9. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

10. La Ley de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica. El Consejo Superior de

Investigaciones Científicas: Naturaleza y normas de funcionamiento.

Repercusiones de la LOFAGE en el CSIC.

GRUPOS DE MATERIAS ESPECÍFICAS

1. Humanidades y Ciencias Sociales

Número de plazas: Una

1. Bases de datos especializadas en Humanidades y Ciencias

Sociales.

2. Cultura, ciencia y sociedad. Condiciones y consecuencias

del desarrollo científico y tecnológico.

3. La Biblioteca Nacional.

4. Las Colecciones Reales y el Museo del Prado.

5. Los archivos españoles: Fondos documentales.

6. Técnicas historiográficas: Cronología, paleografía,

diplomática y heráldica.

7. La Arqueología y sus técnicas.

8. Nociones de epigrafía y numismática.

9. Nociones de Filología.

10. Lexicografía y diccionarios.

11. Las ediciones críticas de textos.

12. Grandes Repertorios de la Literatura Española.

13. Sistemas de Información Geográfica.

14. La Cartografía.

15. Técnicas de Análisis Demográfico.

16. Estadística aplicada a las Ciencias Sociales.

17. La ciencia en la edad moderna y contemporánea.

18. Filosofía Española Contemporánea. Repertorios.

2. Biblioteconomía y Documentación

Número de plazas: Cinco

1. Información y documentación científica. El proceso de

transferencia de la información científica.

2. El sistema español de bibliotecas.

3. La red de bibliotecas del CSIC: Estructura, procesos y

servicios.

4. Las nuevas tecnologías de la información en bibliotecas

y centros de documentación.

5. El servicio de préstamo interbibliotecario: Sistemas de

gestión y transmisión documental.

6. Servicio de acceso al documento primario.

7. Análisis documental: Descripción bibliográfica, indización

y resúmenes.

8. Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La CDU.

9. Bases de datos documentales: estructura de la información,

registros y campos.

10. Bases de datos convencionales y OPACS de bibliotecas.

11. Principales fuentes de información en Ciencia y

Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales.

12. Internet y la documentación: Aplicaciones de Internet en

las bibliotecas y centros de documentación.

13. Las publicaciones periódicas en bibliotecas y centros de

documentación: Tratamiento y gestión de la colección.

14. Sistemas de clasificación e indización: Tesauros,

glosarios, léxicos. Conceptos fundamentales, construcción y tipología.

15. Técnicas de recuperación de información electrónica.

Lógica booleana e hipertexto.

16. Redes de comunicación y acceso a bases de datos.

17. Soportes de la información: Soportes convencionales y

soportes ópticos. El CD-Rom.

18. Análisis y medición de la actividad científica. Indicadores

bibliométricos.

3. Biología y Biomedicina

Número de plazas: Cuatro

1. Seguridad en laboratorios. Factores de riesgo y condiciones

de seguridad. Riesgos específicos de exposición a agentes

biológicos Normas y métodos de radioprotección y en el laboratorio

de Biología.

2. Estructura y función de la célula procariótica.

3. Estructura y función de la célula eucariota.

4. Crecimiento y división Celular. Ciclo celular.

5. Regulación de la expresión génica.

6. Principios y fundamentos del metabolismo celular.

Procesos anabólicos y catabólicos y sus mecanismos generales de

regulación enzimática.

7. Principales técnicas de análisis bioquímico o biológico.

Espectrofotometría ultravioleta, infrarrojo y otras.

Espectrofluorimetría. Otras técnicas analíticas de ensayo y valoración de

moléculas biológicas y/o de interés biotecnológico.

8. Utilización de radioisótopos en experimentación en

Biología.

9. Cultivo de microorganismos. Técnicas de aislamiento y

propagación de cultivos puros. Cuantificación y control del

crecimiento microbiano. Colecciones de microorganismo. Plantas Piloto.

10. Cultivos celulares (células animales). Medios y métodos

de selección, crecimiento y mantenimiento.

11. Cultivos celulares (células vegetales). Cultivos in vitro de

tejidos vegetales.

12. Principios y técnicas para la obtención de plantas

transgénicas.

13. Técnicas generales de mantenimiento y gestión de

Invernaderos. Técnicas generales de mantenimiento y gestión de

Animalarios.

14. Técnicas de purificación y análisis de proteínas u otras

moléculas biológicas o de interés biotecnológico. Métodos

cromatográficos y electroforéticos de ácidos nucleicos y proteínas.

15. Técnicas analíticas relacionadas con el metabolismo

lipídico.

16. Técnicas y procedimientos relacionados con

experimentación animal en Fisiología y Farmacología.

17. Técnicas inmunológicas. Anticuerpos monoclonales y

policlonales.

18. Técnicas de observación microscópica. Citogenética

animal y vegetal. Microscopía visible, ultravioleta, electrónica y

confocal. Técnicas de inmunolocalización y inmunocitoquímicas.

4. Ciencias Agrarias, Recursos Naturales y Alimentos

Número de plazas: Una

1. Métodos y Técnicas de Análisis de Muestras en Organismos

y Sistemas. Técnicas de análisis biológico: Espectrofotometría

ultravioleta, infrarrojo y de absorción atómica.

Espectrofluorimetría, Cromatografía y electroforesis. Técnicas de Microscopía.

Microscopía óptica, electrónica y confocal

2. Mineralogía experimental y ambiental. Métodos de

muestreo y análisis.

3. Geofísica y Sedimentología. Obtención y tratamiento de

datos.

4. Preparación y análisis de muestras de suelos. Métodos de

muestreo en estudios de erosión.

5. Equipamientos en oceanografía física y química. Obtención

de datos, muestras y análisis.

6. Muestreos del plancton y bentos marino. Diseño y estudio.

La explotación de los recursos marinos renovables. Métodos de

análisis.

7. Cultivos marinos. Métodos de reproducción. Técnicas de

mejora genética en cultivos marinos. Patología de especies

cultivadas. Métodos de estudio y control.

8. Técnicas y procedimientos relacionados con

experimentación animal.

9. Técnicas de observación microscópica. Citogenética

animal y vegetal. Microscopía visible, ultravioleta, electrónica y

confocal. Técnicas de inmunolocalización y inmunocitoquímicas.

10. Colecciones vegetales. Catalogación y mantenimiento.

Colecciones animales. Catalogación y mantenimiento.

11. Técnicas de muestreo en ecología terrestre. Análisis

estadístico en ecología. Métodos usuales en estudios poblacionales.

12. Técnicas de propagación de plantas. Cultivo in vitro de

tejidos vegetales. Micropropagación Manejo de plantas

transgénicas.

13. Técnicas generales de mantenimiento y gestión de

invernaderos.

14. Técnicas generales de mantenimiento y gestión de fincas

experimentales y agropecuarias.

15. Alimentos animales, vegetales y fermentados.

16. Bioquímica de los alimentos: Carbohidratos, lípidos,

proteínas, aditivos alimentarios.

17. Microbiología de alimentos: Patógenos e iniciadores

industriales. Procesos y técnicas de conservación en la industria

alimentaria.

18. Control de calidad en la industria alimentaria. Nutrición

y toxicología alimentaria. Factores de riesgo y condiciones de

seguridad en los laboratorios.

5. Ciencias Físicas y Materiales

Número de plazas: Una.

1. Sistemas dinámicos continuos y discretos. Sistemas de

primer, segundo orden y orden n.

2. Leyes de Newton. Límites de la mecánica de Newton.

Relatividad.

3. Energía: Potencia, trabajo, energía cinética, energía

potencial, energía en reposo, conservación de la energía.

4. Fluidos: Densidad, peso específico, presión, presión en un

fluido, presión manométrica, principios de Arquímedes y Bernouilli.

5. Teoría cinética de la materia: Ley de Boile, temperatura

absoluta, gases perfectos, teoría cinética de los gases, energía

molecular.

6. Termodinámica: Leyes y máquinas.

7. Electricidad y magnetismo.

8. Inducción electromagnética: Ondas electromagnéticas.

9. Informática: Sistemas operativos, lenguajes de

programación.

10. Sistemas de numeración, conversión y codificación:

Binario, decimal, octal, exadecimal, decimal codificado en

binario (BCD).

11. Teoría de la medida, errores, aparatos de medida,

precisión.

12. Estadística y probabilidades, teoría de muestreo.

13. Los materiales desde el punto de vista de su

comportamiento eléctrico: Conductores, aislantes, semiconductores,

superconductores, piezoeléctricos y ferroeléctricos.

14. Sistemas de alimentación eléctrica de corriente alterna.

Trasformadores, seguridad, protección, tomas de tierra.

15. Medidas dimensionales: Equipos, técnicas, calibración.

16. Problemas generales de las medidas: Aislamiento,

conexionado, ruido, tierra, apantallamiento.

17. Técnicas de calibración de instrumentos de laboratorio.

18. Instalación y mantenimiento de equipos informáticos

Hardware y software.

6. Ciencia y Tecnologías Químicas

Número de plazas: Tres

1. Leyes fundamentales de las reacciones químicas.

Estructura atómica y molecular.

2. Estados de agregación de la materia, descripción de la

concentración de sustancias, metodologías de medida.

3. Elementos químicos, abundancia natural, isótopos,

elementos artificiales.

4. Ácidos y bases. Concepto de pH. Métodos de

determinación, electrodos selectivos de iones.

5. Cinética química. Velocidad de reacción y equilibrio

químico.

6. Seguridad en Laboratorios. Factores de Riesgo y

Condiciones de Seguridad. Riesgos Específicos a Agentes Químicos y

su Prevención

7. Técnicas analíticas e instrumentales. Gravimetría.

Aspectos prácticos, instrumental, fuentes de error. Técnicas analíticas

e instrumentales. Volumetría. Aspectos prácticos, instrumental,

fuentes de error.

8. Difracción de rayos X, principio, instrumentación básica,

aplicación.

9. Cromatografía de gases y líquidos. Fundamentos,

parámetros e instrumentación básica.

10. Técnicas espectroscópicas en química orgánica.

Fundamentos, identificación y cuantificación.

11. Espectroscopia infrarroja. Tipos de técnicas,

instrumentación, preparación de muestras, análisis de sólidos y líquidos,

cuantificación.

12. Espectroscopia UV-visible. Fundamento, ley de

Beer-Lambert, preparación de muestras, análisis de sólidos y líquidos.

13. Métodos y técnicas de análisis de suelos y muestras

geológicas.

14. Espectrometría de masas. Fundamento, instrumentación

y ejemplos de aplicación.

15. Química y ecología. Procesos selectivos, materias primas

alternativas, reciclado de residuos.

16. Fuentes fósiles de energía, purificación y uso.

17. Contaminación ambiental, fuentes de emisiones,

legislaciones de la UE.

18. Sensores químicos, principio de operación,

instrumentación, aplicaciones.

7. Gestión I + D

Número de plazas: Cuatro

1. El sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación en España.

Objetivos y Prioridades.

2. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

Organización, estructura y funcionamiento.

3. El presupuesto del CSIC Estados que lo componen.

Características.

4. Gestión económica en los Centros e Institutos del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

5. La Contratación Administrativa en el CSIC.

6. La Adquisición de Bienes y Servicios.

7. Protección Jurídica de los Resultados de la Investigación.

Gestión de la Propiedad Industrial e Intelectual en el CSIC.

8. Contratos de transferencia de tecnología.

9. Política Común de I + D de la Unión Europea. Instituciones

europeas de Ciencia y Tecnología.

10. Los programas comunitarios de investigación y

desarrollo. El V Programa Marco.

11. Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e

Innovación Tecnológica 2000-2003.

12. Cooperación bilateral y multilateral del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas en I + D en el ámbito nacional e

internacional.

13. El sistema de becas en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas.

14. Estructura y régimen jurídico de los RRHH del CSIC.

15. Personal funcionario. Regulación de las Escalas propias.

16. La provisión de puestos de trabajo de los funcionarios

públicos. Las situaciones administrativas.

17. Personal laboral. Aplicación del Convenio Único de

Personal Laboral de la Administración General del Estado en el CSIC.

Contratación laboral.

18. Sistema retributivo del personal al servicio del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

ANEXO III

Tribunales

TRIBUNAL 1: HUMANIDADESY CIENCIAS SOCIALES

Tribunal titular:

Presidenta: Doña María Luz López Terrada, Científico Titular,

I. Hist. Ciencia y Doc. "López Piñeiro".

Vocales: Don José Manuel Prieto Bernabé, Tit. Técnico Esp.,

Insto. Historia ; doña Rosario Pilar Macías Rosado, Tit. Técnico

Esp., Insto. Historia, y doña Marta Margarita Delgado Pérez,

Científico Titular, Insto. Economía y Geografía.

Secretario: Don José Luis Portilla Calva, C. G. INEM, INEM.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña María Isabel Bodega Fernández, Científico

Titular, Insto. Economía y Geografía.

Vocales: Don Miguel Villena Sánchez Valero, Tit. Técnico Esp.,

Museo N. Ciencias Naturales ; don Juan José Carlevaris Muñiz,

Tit. Técnico Esp., Insto. Economía y Geografía, y don Fernando

Ponce Muñoz, Tit. Superior Esp., Insto. de la Lengua Española.

Secretaria: Doña Ana María Balgañón Ortega, C. G. Hacienda,

Organización Central CSIC.

TRIBUNAL 2: BIBLIOTECONOMÍA Y DOCUMENTACIÓN

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Agnes Ponsati Obiols, Tit. Superior Esp.,

Organización Central CSIC.

Vocales: Doña Julia Sánchez García, Tit. Técnico Esp., Ctro.

Humanidades ; doña Inmaculada Encarnación Ramos Hita, Tit.

Superior Esp., Ctro. Infor. y Doc. Científica, y doña María del

Carmen García Pardo, Tit. Superior Esp., Ctro. Humanidades.

Secretaria: Doña Blanca Velasco Meseguer, C. G. Hacienda,

Organización Central CSIC.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña María Isabel Real Díaz, Titu. Sup. Esp., Esc.

Est. Hispanoamericanos.

Vocales: Doña Elena Primo Peña, Gestión OO.AA., Ctro. Infor.

y Doc. Científica ; doña Ana María Jiménez Royo, Tit. Técnico

Esp., Insto. Filosofía, y doña Isabel Jiménez Borrajo, Tit. Técnico

Esp., Est. Exp. Zonas Aridas.

Secretario: Don Pedro de Cabo Gómez, Tit. Técnico Esp.,

Organización Central CSIC.

TRIBUNAL 3: BIOLOGÍA Y BIOMEDICINA

Tribunal titular:

Presidente: Don Pedro Crespo Baraja, Científico Titular, Insto.

Inv. Biomédicas "A. Sols".

Vocales: Doña Irene López-Vidriero Mata, Tit. Superior Esp.,

Ctro. N. Biotecnología ; doña María Ángeles Sánchez Sánchez,

Tit. Superior Esp., Insto. Biología Molecular, y don Carlos Alfonso

Botello, Tit. Técnico Esp., Ctro. Invest. Biológicas.

Secretaria: Doña Soledad Álvarez González, C.G.A. Civil E.,

Insto. C. y Tecnología Polímeros.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Ángel Gaspar Pascual García, Invest. Cient.,

Insto. Inv. Biomédicas "A. Sols".

Vocales: Don José Ramón Díez Bueno, Tit. Técnico Esp., Ctro.

Invest. Biológicas ; doña Gemma Rodríguez-Tarduchy Segovia, Tit.

Superior Esp., Insto. Inv. Biomédicas "A. Sols", y doña María de

las Mercedes Jiménez Sarmiento, Tit. Técnico Esp., Ctro. Invest.

Biológicas.

Secretaria: Doña M. Yolanda Rozas Toribio, C.G.A. Civil E.,

Organización Central CSIC.

TRIBUNAL 4: CIENCIAS AGRARIAS,RECURSOS NATURALESY ALIMENTOS

Tribunal titular:

Presidenta: Doña María del Pilar Pérez Pérez, Científico Titular,

Insto. R. Naturales y Agrobio. Salamanca.

Vocales: Doña María Luisa Ventura Montoliu, Tit. Técnico Esp.,

Insto. Agroqui. y Técn. de Alimentos ; don Miguel Ángel Martínez

Bartolomé, Tit. Técnico Esp., Insto. Frío, y doña María Mercedes

Lucas Sánchez, Científico Titular, Ctro. C. Medioambientales.

Secretaria: Doña María Ángeles López Vázquez, C. G. Empleo

INEM, Organización Central CSIC.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Francisco José Morales Navas, Científico

Titular, Insto. del Frío.

Vocales: Don Rafael Caballero García de Arévalo, Invest. Titul.

OPIS, Ctro. C. Medioambientales ; don José María Barcenilla

Moraleda, Tit. Técnico Esp., Insto. Ferment. Industriales, y doña Nieves

del Pilar Vidal González, Tit. Superior Esp., Insto. Inves. Agrobiol.

Galicia.

Secretaria: Doña Adelaida Jover Carrero, Tit. Técnico Esp.,

Organización Central CSIC.

TRIBUNAL 5: CIENCIASFÍSICA Y MATERIALES

Tribunal titular:

Presidenta: Doña María Carmen Horrillo Guemes, Científico

Titular, Insto. Física Aplicada.

Vocales: Don Francisco Capel del Águila, Invest. Titul. OPIS.,

Insto. Cerámica y Vidrio ; doña María Isabel Sobrados de la Plaza,

Tit. Técnico Esp., Insto. C. Materiales Madrid, y don Guzmán

Tejeda Gala, Tit. Técnico Esp., Insto. Estructura Materia.

Secretario: Don Andrés Herranz Soler, C. Ing. Industri. Estado,

Delegación Gobierno en Andalucía.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Carlos Muñoz Espinosa, Tit. Técnico Esp.,

Ctro. Tecnologías Físicas.

Vocales: Doña Milagros Mejías Muñoz, Tit. Técnico Esp., Insto.

Óptica "Daza Valdés" ; doña María Dolores del Castillo Sobrino,

Invest. Titul. OPIS, Insto. Automática Industrial, y doña Natalia

Denisenko Yakucheva, Titu. Sup. Esp., Insto. C. Materiales

Madrid.

Secretario: Don Salvador Fortes Alba, C. G. Adm. C. Estado,

Insto. Biología Molecular.

TRIBUNAL 6: CIENCIA Y TECNOLOGÍASQUÍMICAS

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Concepción Solans Marsa, Invest. Científ.,

Insto. Inv. Química y Amb.

Vocales: Don Mario Antonio Fernández Martín, Tit. Superior

Esp., Insto. Química Org. General ; doña María Dolores Solís

Sánchez, Científico Titular, I. Química Física "Rocasolano", y doña

María Teresa García Ramón, Invest. Titul. OPIS, Insto. Invest.

Química y Amb.

Secretaria: Doña María Esther Cuevas Pereda, C. G. Empleo

INEM, Organización Central CSIC.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña María Carmen de la Torre Egido, Científico

Titular, Insto. Química Org. General.

Vocales: Doña María Sol Grande Casas, Tit. Técnico Esp., I.

Catálisis y Petroleoquímica ; don Ciriaco Nicolás Poza, Tit. Técnico

Esp., Insto. Carboquímica, y don Antonio Rubinós Pérez, Tit.

Superior Esp., I. Química Física "Rocasolano".

Secretaria: Doña Soledad Vela Herrero, C. G. Sist.

Informáticos, Organización Central CSIC.

TRIBUNAL7: GESTIÓN I + D

Tribunal titular:

Presidente: Don Jesús González Ayuso, Tit. Técnico Esp., Insto.

Cerámica y Vidrio.

Vocales: Doña Blanca Velasco Meseguer, C.G.H. Pública,

Organización Central CSIC ; doña M. Yolanda Rozas Toribio, C. G.

Admón. C. Est., Organización Central CSIC, y don Luis Carreras

Guillén, C.G.H. Pública, Ctro. Estudios Avanzados "Blanes".

Secretaria: Doña M. del Mar García Salguero, C. G. Admón.

C. Est., Organización Central CSIC.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan Ramón Galdeano Richart, Tit. Superior

Esp., I. Biol. Mol. y Cel. de Plantas.

Vocales: Doña Cristina Llaguno Pérez, Tit. Técnico Esp., Ctro.

C. Medioambientales ; doña María Jesús Vallejo Benito, Tit.

Técnico Esp., I. Matemáticas y F. Fundamental, y doña María Ángeles

Lalana Ara, Tit. Técnico Esp., Organización Central CSIC.

Secretaria: Doña Emilia Gil Herrera, Tit. Superior Esp.,

Organización Central CSIC.

ANEXO IV

Don ........................................................,

con domicilio en ...............................................

y documento nacional de identidad número ...............,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de .....................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ............, a .... de ............ de 200 ....

ANEXO V: (Ver imagen página 37371)

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