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Documento BOE-A-2002-20001

Resolución de 26 de septiembre de 2002, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se designan los miembros permanentes de la Mesa Central de Contrataciones de dicho organismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2002, páginas 36284 a 36284 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-20001
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/09/26/(4)

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de esta Dirección General, de 3 de junio de 1998, modificada parcialmente por la de 19 de noviembre de 2001, se designaron los miembros permanentes de la Mesa Central de Contrataciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

No obstante, con posterioridad, el Real Decreto 291/2002, de 22 de marzo, ha modificado parcialmente el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, sobre estructura y competencias de dicha Tesorería General, modificación que, entre otros extremos, afecta a la denominación y funciones de sus distintos órganos directivos centrales.

Por ello, resulta ahora necesario dictar una nueva Resolución, que sustituya a la anterior de 3 de junio de 1998, en virtud de la cual se vuelvan a designar los miembros permanentes de la Mesa Central de Contrataciones de la Tesorería General, de acuerdo con aquellas nuevas denominaciones y funciones de sus órganos directivos centrales.

En base a lo que antecede, esta Dirección General, en su condición de órgano de contratación de la Tesorería General de la Seguridad Social y de acuerdo con las previsiones de los artículos 81 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y 79 del Reglamento General de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, así como en aplicación de los artículos 23 a 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dicta las siguientes instrucciones:

Primera.-La Mesa Central de Contrataciones de la Tesorería General de la Seguridad Social estará constituida por los siguientes miembros:

A) Presidente: El Secretario general de la Tesorería General de la Seguridad Social, que podrá ser sustituido por un funcionario con nivel 30.

B) Vocales:

1. El Interventor Central de la Tesorería General de la Seguridad Social, que podrá ser sustituido por un funcionario del Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.

2. Un Letrado adscrito al Servicio Jurídico Delegado Central de la Entidad.

3. Un funcionario con nivel 26 o superior de la Subdirección General de Presupuestos, Estudios Económicos y Estadísticas.

4. Un funcionario con nivel 26 o superior de la respectiva Subdirección General que tenga atribuida la competencia sobre las materias que vayan a ser objeto de contratación en cada sesión de la Mesa.

C) Secretario: El Jefe de Área de Coordinación de Inversiones y Contratación, que podrá ser sustituido por un funcionario de nivel 26 adscrito a dicho Área.

Segunda.-Queda derogada la anterior Resolución sobre la materia, de 3 de junio de 1998, modificada parcialmente por la de 19 de noviembre de 2001, por la que se designaron los miembros permanentes de la Mesa Central de Contrataciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Tercera.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 26 de septiembre de 2002.-El Director general, Francisco Gómez Ferreiro.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/09/2002
  • Fecha de publicación: 15/10/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 16/10/2002
  • Fecha de derogación: 13/04/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 14 de marzo de 2006 (Ref. BOE-A-2006-6605).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 3 de junio de 1998 (Ref. BOE-A-1998-15111).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 79 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (Ref. 2001/19995) (Ref. BOE-A-2001-19995).
    • art. 81 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio , (Ref. BOE-A-2000-11533).
    • arts. 23 a 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Mesas de Contratación
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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