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Documento BOE-A-2002-19990

Resolución de 10 de septiembre de 2002, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de nivel 22 en esta Universidad, correspondientes a los grupos B y C.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2002, páginas 36269 a 36275 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-19990

TEXTO ORIGINAL

Vacantes los puestos de trabajo de personal de Administración

y Servicios que se relacionan en el anexo I, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención

a las necesidades del servicio,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por

el artículo 20, en relación con el 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2000,

de 21 de diciembre, de Universidades, y por el artículo 35 de

los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real

Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de

31 de julio) ; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, según la redacción dada por la Ley

23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo

de la Universidad, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha

resuelto convocar concurso específico para cubrir los citados

puestos vacantes con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad

Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos

y Escalas clasificados en los grupos B y C comprendidos en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción

del personal docente e investigador, sanitario, de Correos y

Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte

Aéreo y Meteorología.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que

se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios

en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de

la situación de suspenso que hayan cumplido el período de

suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de

familiares.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones

a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28

de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si

han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular [artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984], sólo podrán participar

si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha

situación.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo

podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años

desde la toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen

para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado,

Departamento u organismo en el que tengan reservado el puesto de

trabajo.

7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán

instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto

o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación

exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de

valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,

la información que estime necesaria en orden a la adaptación

aducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la

administración laboral, sanitaria o de los competentes del Ministerio

de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y

de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones

del puesto en concreto.

Tercera.-Los puestos de trabajo que pueden solicitarse se

detallan en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos

del Grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de

los establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta

Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de

acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se

detalla:

Primera fase:

4.1 Grado personal consolidado: Máximo 16 puntos.

4.1.1 Por grado personal superior al del puesto solicitado:

16 puntos.

4.1.2 Por grado personal igual al del puesto solicitado: 15

puntos.

4.1.3 Por grado personal inferior en uno o dos niveles al del

puesto solicitado: Ocho puntos.

4.1.4 Por grado personal inferior en tres o más niveles al

puesto solicitado: Un punto.

4.2 Valoración del trabajo desarrollado: La valoración del

trabajo desarrollado se hará en función del tiempo y las unidades

administrativas donde se hayan prestado los servicios con arreglo

a las siguientes puntuaciones y con un máximo de 30 puntos:

4.2.1 Por servicios prestados en la sección o el servicio

convocados: Cinco puntos por año trabajado.

4.2.2 Por servicios prestados en la UNED en la misma área:

3,75 puntos por año trabajado.

4.2.3 Por servicios prestados en la UNED en distinta área:

dos puntos por año trabajado.

4.2.4 Por los servicios prestados en otras Administraciones:

0,1 punto por año trabajado.

A aquellos funcionarios que de forma permanente hubieran

desarrollado tareas en unidades que en el momento de su puesta

en funcionamiento no estuvieran incluidas en la RPT se les

computará el tiempo de servicios prestados, a los efectos de valoración

del trabajo desarrollado desde el momento de su incorporación

a la unidad.

Son la misma área a estos efectos:

Las Unidades de Gestión Económica Financiera.

Las Unidades de Gestión Académica.

Las Unidades de Servicios Generales.

Bibliotecas.

4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.-Se valorarán

los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el

área de actividad a la que se opta, impartidos por organismos

e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones

Públicas. Los referidos cursos, podrán ser valorados con un

máximo de 11 puntos, a razón de 0,07 puntos por hora lectiva:

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán

mediante presentación de fotocopia, debidamente cotejada de la

certificación, título o diploma correspondientes, excepto los

realizados en la UNED que figuren en el expediente administrativo,

en la Sección de Personal de Administración y Servicios.

4.4 Antigüedad.-Se valorará por tiempo de servicios con un

máximo de doce puntos y a razón de:

4.4.1 Por año de antigüedad en la UNED: 0,6 puntos.

4.4.2 Por año de antigüedad en otras Administraciones

Públicas: 0,25 puntos.

La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece

en 40 puntos.

Segunda fase: Para acceder a esta fase, el/la aspirante deberá

obtener en la primera fase, al menos, 40 puntos.

4.5 Méritos específicos.-La puntuación máxima será de 31

puntos, de los cuales cuatro se otorgarán solamente para el cuerpo

superior en las plazas de adscripción igual o distinta a dos cuerpos

(Grupo A cuando se convoque Servicios y B cuando se convoquen

Secciones).

Se otorgarán otros cuatro puntos en función de:

Nivel de desempeño superior o igual (experiencia): Seis.

Nivel de desempeño inferior: Dos.

Los méritos de medición no automática, que no excederán

de 21, se considerarán a tenor de las puntuaciones otorgadas

por los miembros de la Comisión de Valoración desechando la

máxima y la mínima concedidas, o una de las repetidas.

Quinta.-La propuesta de Resolución para cada una de las

plazas convocadas, deberá recaer sobre la persona candidata que

haya obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales

de las dos fases.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo

dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate,

una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante

cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra

"S", de conformidad con lo establecido en la Resolución de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 18 de

marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del 2 de abril), por

la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 8 de

marzo.

Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del

modelo que figura como anexo IV de esta Resolución. Dicho

certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia

de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate

de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado

de familiares.

En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán

expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que

figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General

de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de

la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,

asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales

certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del

Ministerio u organismo donde tuvieran su último destino definitivo.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión del puesto

aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General

de la Función Pública.

Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, dirigidas a la excelentísima señora Rectora Magnífica de

la Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán

al modelo publicado como anexo II de esta Resolución y se

presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente

al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención

al Público (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de

Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo, 38, 28015

Madrid ; Edificio de Humanidades, calle Senda del Rey, sin número,

y Pabellón de Gobierno, Ciudad Universitaria, sin número, 28040

Madrid, bien en las formas establecidas en el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación

que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,

adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos

respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o

justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Puesto solicitado, por orden de referencia.

Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo V: Currículum vitae profesional.

3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que

se anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque

pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición,

por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos

obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario,

anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes

que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a

su instancia una fotocopia de la petición del otro, y expresarlo

en el recuadro correspondiente de la solicitud.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente

Comisión:

Titulares:

Presidenta: Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera, Jefa de

Servicio de Infraestructura.

Vocales: Doña Paz del Rincón Sánchez, Administradora de la

Facultad de Ciencias Políticas y Sociología ; doña Julia González

Mangada, Jefa de Sección de Información y Registro General, y

doña Beatriz Jiménez Marsá, Administradora Facultad de CC.EE.

y Empresariales.

Secretaria: Doña Reyes Zuriaga Peralbo, Jefa de Sección de

Personal Docente.

Suplentes:

Presidente: Doña María Antonia González Díez, Jefa de Servicio

de Presupuestos y Sistemas.

Vocales: Don Manuel Lorenzo Orive, Jefe de Sección de

Servicios Generales, y doña Montserrat Nieto Asensio, Jefa de Sección

de Difusión y Distribución.

Secretario: Don Jesús Santaengracia Peña, Jefe de Sección

de Producciones Audiovisuales y Nuevas Tecnologías.

Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación

de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para

el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto

si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar

el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre

ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción

realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del

plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del

otro puesto.

2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto

de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.

Décima.-El plazo para la resolución del concurso será de cinco

meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de

la presentación de solicitudes.

Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo

que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes,

si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que

resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al

servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde

el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez

finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido

concedidos a los interesados.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de

reposición, ante la excelentísima y magnífica señora Rectora de esta

Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante los

Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 10 de septiembre de 2002.-La Rectora, María Araceli

Maciá Antón.

ANEXO I

Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid

Complemento

específico

-Euros

Número

de orden Denominación del puesto Descripción Nivel Adsc.

grupo Méritos específicos Puntos

máximos

1 Jefe/a Sección Gestión

Administrativa,

Facultad de Derecho.

Responsable, bajo la dependencia

orgánica de la Administradora de la

Facultad de Derecho, de la gestión

administrativa-académica en el área de

alumnos. Dirección y coordinación de

las unidades administrativas

dependientes de la Sección. Coordinación

de las aplicaciones informáticas de

gestión de alumnos.

22 7.282,56 B/C Conocimiento y experiencia en gestión

y tramitación administrativa de

expedientes académicos del alumnado

(preinscripción, matrículas, traslados,

convalidaciones, certificaciones

académicas, actas...).

Conocimiento y experiencia en dirección

de equipos de trabajo.

Conocimientos generales de

microinformática y sistemas de informatización

y mecanización.

31

2 Jefe/a Sección Gestión

Administrativa,

Facultad de Ciencias.

Responsable, bajo la dependencia

orgánica de la Administradora de la

Facultad de Derecho, de la gestión

administrativa-académica en el área de

alumnos. Dirección y coordinación de

las unidades administrativas

dependientes de la Sección. Coordinación

de las aplicaciones informáticas de

gestión de alumnos.

22 7.282,56 B/C Conocimiento y experiencia en gestión

y tramitación administrativa de

expedientes académicos del alumnado

(preinscripción, matrículas, traslados,

convalidaciones, certificaciones

académicas, actas...).

Conocimiento y experiencia en dirección

de equipos de trabajo.

Conocimientos generales de

microinformática y sistemas de informatización

y mecanización.

31

3 Jefe/a Sección de

Gestión Administrativa.

Responsable, bajo la dependencia del

Jefe del Servicio de Ordenación

Académica, de todos los asuntos de

gestión económico-presupuestaria y

académica-administrativa que desde el

Servicio le sean encomendados, así

como coordinación de procedimientos

en las diversas secciones/negociados

de alumnos y de las aplicaciones

informáticas de gestión de alumnos.

22 7.282,56 B/C Conocimiento y experiencia en gestión

económico-presupuestaria,

seguimiento de presupuestos en centros

descentralizados, confección de

expedientes económicos.

Conocimiento y experiencia en

confeccionar procedimientos (elaboración de

los impresos, normas de

procedimientos), y en gestión y tramitación

administrativa de expedientes académicos

de alumnos (resolución de cuestiones

sobre titulaciones, manejo de la

normativageneralde gestiónuniversitaria

y especialmente relacionadas con los

nuevos planes de estudio).

Conocimientos generales de

microinformática (Windows, Word, Access),

sistemas de informatización y

mecanización, así como de los programas

informáticos específicos de la gestión de

alumnos.

31

ANEXO II

Concurso especifico convocado por Resolución de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha .............

("Boletín Oficial del Estado" núm. ............)

Solicitud de participación en el concurso específico que

formula:

Don/doña .......................................................,

documento nacional de identidad número ..........................

domicilio ........................, teléfono ........................,

localidad .........................., C. P. ..........................,

Administración a la que pertenece .................................,

Número de Registro de Personal ............., grupo .............

grado consolidado ...................................................

Solicita: Participar en el concurso referenciado en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto

acompaña reseña del puesto al que aspira, así como la

documentación que en el índice se detalla, justificativa de circunstancias,

requisitos y méritos.

Condiciona su solicitud a la de otro funcionario: (base 7.3 de

la convocatoria)

SÍ [ ] NO [ ]

En ............ a ............ de ............ de 200 ............

ANEXO III

Concurso específico convocado por Resolución de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha .............

("Boletín Oficial del Estado" número ..........)

Reseña del puesto que solicita don/doña .......................

Número

del puesto Denominación del puesto

ANEXO IV: (Ver imágenes páginas 36273 y 36274)

ANEXO V

Currículum vitae

A) Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

Documento nacional de identidad:

Domicilio (calle):

Domicilio (localidad):

Código postal:

Teléfono:

B) Datos profesionales:

Cuerpo o Escala:

Nivel de complemento de destino:

Grado consolidado:

Historial profesional (con breve descripción de tareas):

C) Datos académicos y aptitudes:

Títulos:

Cursos:

Idiomas:

Otros:

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