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Documento BOE-A-2002-19128

Resolución de 9 de septiembre de 2002, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se da publicidad al resumen de la cuenta anual del ejercicio 2001 del Organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2002, páginas 35114 a 35122 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-19128

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado 6 del punto primero de

la Orden del Ministerio de Hacienda, de 28 de junio de 2000, por la que

se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte

informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la

instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado,

se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2001 del

Organismo Autónomo para la Reestructuración de la Minería del Carbón

y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Madrid, 9 de septiembre de 2002.-El Presidente, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto.

D. Memoria

1. Organización

La Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, en su artículo 78, creó el Instituto para la

Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de

las Comarcas Mineras, como Organismo Autónomo adscrito al Ministerio

de Industria y Energía a través de la Secretaría de Estado de Energía

y Recursos Minerales. Siendo su objeto la ejecución de la política de

reestructuración de la minería del carbón, así como el desarrollo y ejecución

de cuantas medidas se dirijan a fomentar el desarrollo económico de

aquellas zonas que, de acuerdo con la normativa aplicable, tengan la

consideración de municipios mineros del carbón.

Por el Real Decreto 689/2000, de 21 de mayo, por el que se establece

la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y Hacienda,

este organismo queda adscrito al Ministerio de Economía, a través de

la Secretaría de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y

Mediana Empresa.

El Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba el

Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón

y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, establece cuáles son

las funciones del Instituto para poder desarrollar su objeto, y cuáles son

sus órganos de dirección.

Funciones:

a) Gestionar las ayudas de cualquier naturaleza que se concedan a

las empresas dedicadas a la minería del carbón, tanto por su actividad

minera como por procesos de reestructuración y racionalización de las

mismas.

b) Inspeccionar y controlar las producciones de carbón de las

empresas mineras.

c) Gestionar las ayudas que puedan corresponder a los sujetos

productores de energía eléctrica, titulares de centrales térmicas.

d) Gestionar las ayudas destinadas a cubrir cargas excepcionales

vinculadas a planes de modernización, reestructuración y racionalización de

la actividad de las empresas mineras del carbón.

e) Gestionar las ayudas de cualquier naturaleza que tengan por objeto

el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón.

f) Desarrollar políticas de difusión y asesoramiento técnico sobre

normativa de ayudas, aspectos mercantiles, fiscales y otros que permitan la

captación de proyectos empresariales y su implantación en las zonas

mineras del carbón.

g) Suscribir convenios, tanto como personas privadas o públicas, para

el mejor cumplimiento de su objetivo.

h) Articular y desarrollar cuantos incentivos financieros se

consideren oportunos para fomentar el desarrollo económico alternativo de las

zonas mineras del carbón.

i) Elaborar estudios, estadísticas e información general relativa al

sector minero.

j) Realizar cuantas otras funciones y actividades sean necesarias para

la adecuada implantación de la política de reordenación de la minería

del carbón y para el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras

del carbón.

Órganos de dirección:

a) Consejo Rector. Integrado por:

El Presidente, que lo será del Instituto.

El Vicepresidente, que será el Director general del Instituto.

Vocales.

b) El Presidente.

c) El Director general.

d) El Gerente con rango de Subdirector general. Dependiendo del

Gerente existen cuatro áreas:

1. Secretaría General. Dentro de la Secretaría General existen los

siguientes servicios:

Servicio de Recursos Humanos.

Servicio de Asuntos Generales.

Servicio de Gestión Económica y Habilitación.

Servicio de Contabilidad.

2. Área de Explotación.

3. Unidad de Reestructuración.

4. Unidad de Reactivación.

e) Adscrita a la dirección del Instituto: La Intervención Delegada de

la General de la Administración del Estado.

SIGUEN IMÁGENES (Ver páginas 35116 a 35122)

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