Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Rodríguez Cabrera,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran
Canaria, en sentencia de fecha 30 de abril de 1997, como autor de un
delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de tres años de prisión
menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho
de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en
el año 1994; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de septiembre de 2002,
Vengo en conmutar a don Juan Manuel Rodríguez Cabrera la pena
privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 6 de septiembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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