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Documento BOE-A-2002-17586

Resolución de 2 de septiembre de 2002, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca la selección de alumnos para la cobertura de dos plazas en el programa «Diploma de Estudios Avanzados y Doctorado en Gobierno y Administración», incluido en el Plan de Actividades Formativas del Instituto Nacional de Administración Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 2002, páginas 32407 a 32409 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2002-17586

TEXTO ORIGINAL

Dentro del Plan de Actividades Formativas del personal superior de las Administraciones Públicas que desarrolla el Centro de Estudios Superiores de la Función Pública, y con la finalidad de ofertar distintos esquemas formativos de calidad, se ha previsto la realización de estudios de investigación que, bajo la fórmula de tesis doctorales, cumplan un doble objetivo: En primer lugar, servir de complemento a la formación de los funcionarios públicos y, en segundo lugar, promover la investigación en las Administraciones Públicas sobre temas de interés directo para el Instituto.

Las transformaciones del sistema político acaecidas en España y en América latina desde el inicio de la transición a la democracia están generando una necesidad creciente de investigación en el área de Gobierno y Administración Pública. La profundización en las políticas de bienestar social, la descentralización del sistema administrativo, la integración regional y de las políticas públicas en marcos supranacionales y los procesos de modernización de la Administración requieren la formación de investigadores cualificados. Tal es el principal objetivo de este programa, que centra la mayor parte de sus esfuerzos en la realización de tesis doctorales de calidad.

Este programa da acceso al Diploma de Estudios Avanzados (DEA) desarrollado por el Instituto Universitario «Ortega y Gasset» y al título de Doctor en Gobierno y Administración Pública por la Universidad Complutense de Madrid.

Asimismo dará lugar a la publicación por el INAP de un libro con el contenido del proyecto de investigación.

Teniendo en cuenta estos antecedentes, el INAP ha resuelto convocar la selección de alumnos para financiar dos matrículas para la realización del Diploma de Estudios Avanzados en el Instituto Universitario «Ortega y Gasset», con arreglo a las siguientes

Bases

Primera. Objetivos.

El programa tiene un doble objetivo:

1. Completar la formación de los funcionarios de cuerpos superiores de las Administraciones Públicas.

2. Promover la realización de trabajos de investigación en materia de Gobierno y Administración Pública.

Segunda. Organización del curso.

El alumno necesita obtener 32 créditos en dos años académicos. Durante el primero deberá reunir 20 créditos en cursos y seminarios. Durante el segundo tendrá que realizar dos trabajos de investigación tutelada de seis créditos cada uno.

El periodo de cursos comienza la segunda quincena de noviembre y concluye a principios de junio. La asistencia es obligatoria y en ningún caso se podrá faltar a más del 20 por 100 de las clases. Asimismo, para acceder al periodo de investigación es preciso obtener informe favorable del tutor y un buen promedio en los cursos.

Una vez obtenidos los 32 créditos, el alumno defenderá públicamente los conocimientos adquiridos y presentará los puntos centrales de su proyecto de tesis doctoral ante un Tribunal. Superado este trámite, obtendrá el Diploma de Estudios Avanzados (DEA), homologable en todas las universidades españolas.

Para completar el doctorado, los alumnos deberán entregar un proyecto de tesis doctoral de unos cinco folios antes del mes de mayo del segundo año académico. El proyecto deberá ir acompañado de una nota del director –preferentemente un profesor del programa– y será discutido en un seminario como requisito indispensable para su aprobación. Asimismo el proyecto de tesis deberá contar con el informe favorable del Centro de Estudios Superiores de la Función Pública, informe que versará sobre la idoneidad del tema propuesto con las líneas preferentes de investigación desarrolladas por el INAP.

Aquellos alumnos que terminen y aprueben la tesis obtendrán el título de doctor.

Tercera. Requisitos de participación.

El programa está destino a personal directivo de las Administraciones Públicas con cinco años de experiencia en puestos de nivel 30 o diez años en puestos de nivel no inferiores a 26.

Los participantes que deseen acceder al DEA deberán ser funcionarios de grupo A o personal laboral asimilado de las Administraciones Públicas y poseer titulación universitaria superior en las distintas áreas de Ciencias Sociales y Humanidades.

Los alumnos en posesión de alguna otra licenciatura deberán acreditar una formación básica en estas materias. Será necesario un buen conocimiento del idioma inglés.

Para la selección de alumnos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Currículum vitae.

Certificación académica.

Memoria de las razones por las que el interesado desea realizar el programa.

Interés de la organización en la participación en el programa.

La participación de los alumnos seleccionados quedará condicionada a la firma del Acuerdo Específico de colaboración entre el Instituto Nacional de Administración Públicas y el Instituto Universitario «Ortega y Gasset».

Cuarta. Solicitudes.

1. Los candidatos deberán aportar:

Solicitud de participación en el programa según modelo que figura en el anexo I de la convocatoria.

Currículum vitae.

Certificación académica.

Memoria explicativa de las razones para realizar el programa.

2. Las solicitudes deberán dirigirse al Director del INAP y presentarse en el Registro General del INAP, calle Atocha, 106, 28012 Madrid, o a través de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 20 de septiembre.

4. Si la solicitud presentara errores subsanables, se requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días naturales, lo subsane, con la advertencia de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido en la solicitud, de conformidad con los artículos 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Por Resolución del Director del INAP, y a propuesta del Centro de Estudios Superiores de la Función Pública, se designarán los candidatos seleccionados y un número igual de suplentes, para el caso de que se produjeran renuncias o bajas entre los adjudicatarios.

6. La resolución será notificada a cada uno de los beneficiarios, que deberá acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y por los medios a disposición del Instituto Nacional de Administración Pública.

7. El INAP facilitará información adicional sobre el programa en el Centro de Estudios Superiores de la Función Pública, teléfono: 91 349 32 30, fax: 91 349 32 78.

Quinta. Financiación.

El coste de la matrícula de los alumnos seleccionados será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 480 del presupuesto de gastos del INAP.

El importe máximo financiado por el Instituto de Administración Pública será de 2.900 euros por matrícula.

Sexta. Compromiso de las partes.

El INAP se compromete a:

1. Hacer una publicación inicial de la tesis doctoral si ésta reúne los requisitos mínimos de calidad establecidos en el programa.

Los participantes se comprometen a:

1. Terminar todo el ciclo del programa, presentar la tesis doctoral y aprobarla en el plazo máximo de cuatro años desde el inicio del curso.

2. Ceder los derechos para la publicación de una primera edición del trabajo de investigación en que consiste la tesis doctoral. Dicha edición no podrá superar los 1.000 ejemplares.

3. Participar en función de su disponibilidad, durante el año siguiente a la finalización de la tesis en cursos, seminarios y conferencias a propuesta del INAP para la explicación del contenido de la misma, dentro de los límites establecidos, para estos supuestos, en la normativa vigente.

4. Aceptar las bases de la presente convocatoria.

El no cumplimiento de algunos de los requisitos señalados anteriormente dará lugar a la devolución íntegra del importe de la matrícula.

Séptima. Incidencias e imprevistos.

1. Corresponde al Director del INAP la interpretación de las bases, así como la resolución de las incidencias que puedan presentarse y de los supuestos no previstos en las bases.

2. Contra la presente Resolución y los actos administrativos que de ella se deriven, que ponen fin a la vía administrativa, sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición previsto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de septiembre de 2002.–El Director, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.

Ilma. Sra. Directora del Centro de Estudios Superiores de la Función Pública.

ANEXO I

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