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Documento BOE-A-2002-17568

Resolución de 28 de agosto de 2002, de la Dirección General de Universidades, por la que se adjudica una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes universitarios españoles en el marco de proyectos que hayan obtenido financiación del programa «Leonardo da Vinci II» de la Unión Europea en la convocatoria de 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 7 de septiembre de 2002, páginas 32385 a 32385 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-17568

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de julio de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades («Boletín Oficial del Estado» del 24), se hizo pública la convocatoria de una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes universitarios españoles en el marco de proyectos que hayan obtenido financiación del Programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea en la convocatoria de 2002.

De conformidad con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el punto 6 de la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder la subvención a la Fundación General de la Universidad de Valladolid, CIF G47382056, para la realización del proyecto «Programa de Capacitación Profesional para Estudiantes Universitarios. Becas Faro».

Segundo.

La cuantía de la subvención es de 1.615.000 euros, distribuidos en dos anualidades de 60 por 100 la primera de ellas y 40 por 100 la segunda, con cargo al crédito 18.07.541A.781 de los Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.

La vigencia del proyecto será de dos años contados a partir de la fecha de la presente Resolución.

Cuarto.

El beneficiario está obligado a cumplir el programa y actuaciones contenidos en el proyecto presentado y demás normas que sobre justificación y seguimiento se mencionan en la Resolución de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998 de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta.

Madrid, 28 de agosto de 2002.–El Director general, Ismael Crespo Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Estudios y Análisis.

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