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Documento BOE-A-2002-17309

Orden ECO/2166/2002, de 3 de julio, sobre rectificación de la Orden de 17 de septiembre de 2001 sobre resolución de 16 expedientes por incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos al amparo de la Ley 50/1985, en relación con la empresa «Lansol, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 2002, páginas 31932 a 31932 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-17309

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Ministerio de Economía de 17 de septiembre de 2001 se resolvió declarar el incumplimiento de condiciones de 16 expedientes de incentivos regionales, entre los que se encontraba el expediente GC/347/P06, correspondiente a la empresa «Lansol, Sociedad Anónima». Dicha Orden fue notificada a la empresa con fecha 13 de noviembre de 2001 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 9 de octubre de 2001.

En dicha Orden se estableció, para el expediente GC/347/P06, un incumplimiento parcial del 38,91 por 100 y una subvención procedente de 145.530,06 euros (24.214.164 pesetas).

Los datos anteriores, contenidos en el anexo de la Orden, estaban basados en la existencia de una inversión acreditada de 1.212.750,47 euros (201.784.700 pesetas) sobre un total aprobado de 1.985.076,87 euros (330.289.000 pesetas), conforme al informe de la Comunidad Autónoma de Canarias de fecha 13 de octubre de 2000, datos éstos que fueron comunicados a la empresa en el procedimiento de incumplimiento instruido al efecto sin que la misma indicara objeción alguna.

La Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias, en escrito de 28 de febrero de 2002, hace constar la existencia de un error en la «Auditoría Limitada» realizada a la empresa, adjuntando informe de 25 de febrero de 2002, complementario del de 13 de octubre de 2000, del que se infiere una inversión acreditada conforme a los términos de la resolución individual de 1.200.730,23 euros (199.784.700 pesetas).

Con fecha 9 de mayo de 2002 se ha recibido también escrito de «Lansol, Sociedad Anónima», mediante el que notifica a este Ministerio la detección de un error aritmético en uno de los informes utilizados para la acreditación de las inversiones y que motivó que «… la solicitud de cobro hecha por la empresa fuera superior a la que realmente corresponde». Indica también esta empresa que «… los importes correctos serían: Inversión susceptible de subvención: 1.200.730,23 euros (199.784.700 pesetas); subvención procedente: 144.087,63 euros (23.974.164 pesetas)». Finaliza su escrito solicitando que se proceda a subsanar el error cometido.

Constatada por tanto la existencia del error aritmético descrito, procede declarar como inversión subvencionable la cifra de 1.200.730,23 euros (199.784.700 pesetas), por lo que el porcentaje de incumplimiento es del 39,51 por 100, al que corresponde una subvención de 144.087,63 euros (23.974.164 pesetas).

Visto el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos,

Este Ministerio resuelve:

Rectificar el error advertido en el anexo de la Orden del Ministerio de Economía de 17 de septiembre de 2001 sobre resolución de 16 expedientes por incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos al amparo de la Ley 50/1985, por lo que respecta al expediente GC/347/P06, de la empresa «Lansol, Sociedad Anónima», en el sentido siguiente:

«Alcance del incumplimiento-porcentaje»: donde dice «38,91», debe decir «39,51».

«Subvención procedente»: donde dice «145.530,06 euros (24.214.164 pesetas)», debe decir «144.087,63 euros (23.974.164 pesetas)».

Debe publicarse la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, sin perjuicio de su notificación al interesado.

Madrid, 3 de julio de 2002.–El Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

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