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Documento BOE-A-2002-16841

Resolución de 31 de julio de 2002, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Aragón y Caja Inmaculada, para el desarrollo de actuaciones de restauración del Patrimonio Cultural y Artístico de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2002, páginas 31235 a 31236 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-16841

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Aragón y Caja Inmaculada han suscrito un convenio de colaboración para el desarrollo de actuaciones de restauración del Patrimonio Cultural y Artístico de Aragón, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 31 de julio de 2002.–La Directora general, Áurea Roldán Martín.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación General de Aragón y Caja Inmaculada, para la realización de trabajos de restauración en bienes del Patrimonio Cultural y Artístico de Aragón

En Madrid a 16 de julio de 2002.

REUNIDOS

De una parte la excelentísima señora doña Pilar del Castillo Vera, Ministra de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE) y el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte el excelentísimo señor don Javier Callizo Soneiro, Consejero del Departamento de Cultura y Turismo de la Diputación General de Aragón, actuando según lo dispuesto en el artículo 148.1 16 de la Constitución y el artículo 35, apartado 1.22 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto y reformado por la Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo.

De otra parte el ilustrísimo señor don Fernando Gil Martínez, Presidente del Consejo de Administración de Caja Inmaculada, en su nombre y en cumplimiento del acuerdo del Comité de Obra Social, de 18 de diciembre de 2000.

Manifiestan su voluntad de colaborar estrechamente en la restauración del Patrimonio Cultural y Artístico de Aragón.

Por todo ello, las partes firmantes,

EXPONEN

Que siendo el Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de Calamocha (Teruel), el Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), las Fachadas de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), la Capilla de los Arcángeles de La Seo de Zaragoza y la Decoración mural del presbiterio de la Catedral de Tarazona (Zaragoza) unos Bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural Aragonés, de importante interés artístico y siendo necesaria una intervención que asegure su puesta en valor y conservación futura, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación General de Aragón y Caja Inmaculada,

ACUERDAN

La restauración de: el Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de Calamocha (Teruel), el Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), las Fachadas de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), la Capilla de los Arcángeles de La Seo de Zaragoza y la Decoración mural del presbiterio de la Catedral de Tarazona (Zaragoza) con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tendrá una vigencia de veinticuatro meses, a partir de la fecha de su firma, suponiendo una inversión de un millón ochocientos tres mil treinta y seis euros con treinta céntimos (1.803.036,30 euros).

Segunda.

Los estudios previos necesarios, así como la redacción del proyecto de restauración serán efectuados por los servicios técnicos del Instituto del Patrimonio Histórico Español y aprobados por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón.

Tercera.

La dirección de los trabajos corresponderá al Instituto del Patrimonio Histórico Español asistido en sus labores de supervisión por el técnico designado por cada uno de los restantes firmantes del Convenio.

Cuarta.

Los trabajos de restauración del Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de Calamocha (Teruel), Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), Fachadas de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), Capilla de los Arcángeles de La Seo de Zaragoza y Decoración mural del presbiterio de la Catedral de Tarazona (Zaragoza), con una inversión estimada de un millón ochocientos tres mil treinta y seis euros con treinta céntimos (1.803.036,30 euros), serán financiados de acuerdo con la siguiente distribución:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 601.012,10 euros.

Diputación General de Aragón: 601.012,10 euros.

Caja Inmaculada: 601.012,10 euros.

Los análisis necesarios para la realización de los trabajos serán efectuados por los laboratorios del Instituto del Patrimonio Histórico Español, con cargo al presupuesto de gastos corrientes de ese Instituto y con independencia de la inversión correspondiente al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte arriba indicado.

Quinta.

Las aportaciones correspondientes a cada una de las Instituciones se distribuirán en las siguientes anualidades y cantidades:

 

2002

Euros

2003

Euros

2004

Euros

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 120.202,42 240.404,84 240.404,84
Diputación General de Aragón. 120.202,42 240.404,84 240.404,84
Caja Inmaculada. 120.202,42 240.404,84 240.404,84

Efectuándose con antelación suficiente para realizar los pagos derivados del contrato a que se refiere la cláusula siguiente.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a tramitar en los correspondientes proyectos de Presupuestos Generales del Estado una subvención nominativa a favor de Caja Inmaculada, con cargo al artículo 78 del Programa 458C «Conservación y Restauración de Bienes Culturales» del Anexo de Presupuestos del Instituto del Patrimonio Histórico Español.

Sexta.

Con el fin de facilitar la continuidad de los trabajos, la contratación de los mismos y demás actuaciones necesarias para la restauración del Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de Calamocha (Teruel), el Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), las Fachadas de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), la Capilla de los Arcángeles de La Seo de Zaragoza y la Decoración mural del presbiterio de la Catedral de Tarazona (Zaragoza), será efectuada por Caja Inmaculada, transfiriendo las otras partes firmantes a esta Institución la aportación correspondiente a cada una de ellas.

El pago de las certificaciones periódicas requerirá la conformidad del director de los trabajos y de la Subdirección General del Instituto del Patrimonio Histórico Español.

Séptima.

Para el control y seguimiento del presente Convenio se constituirá una comisión de la que formarán parte los representantes de cada una de las Instituciones firmantes designados al efecto, así como un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Octava.

En la difusión, por cualquier medio, de los trabajos objeto del Convenio suscrito, habrá de hacerse mención expresa de todas las partes que lo integran y de la autoría del Instituto del Patrimonio Histórico Español en la redacción del proyecto de restauración.

Novena.

La vigencia del presente Convenio finalizará en el momento en que las actuaciones previstas lleguen a término, o en el plazo marcado en la cláusula primera, pudiendo ser prorrogado por el tiempo necesario mpara la finalización, previo acuerdo de todas las partes.

Décima.

Cualquier modificación en la inversión contemplada en la cláusula cuarta será asumida por todas las partes en las proporciones en ella establecidas.

Undécima.

La efectividad del presente Convenio queda supeditada a la condición de que en los Presupuestos Generales del Estado, en los de la Diputación General de Aragón y en los de Caja Inmaculada, para el periodo de su vigencia, se consignen las cantidades necesarias para su cumplimiento.

Duodécima.

Es responsabilidad de los propietarios de los Bienes objeto de este Convenio el mantenimiento y conservación de los mismos, una vez finalizada su restauración, sin perjuicio del periodo de garantía establecida al efecto.

Decimotercera.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y por la legislación sobre la materia objeto del mismo y demás normas del Derecho Administrativo aplicables y, en defecto de este último, por las normas de derecho privado, siendo competente para entender en los litigios que pudieran surgir la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En prueba de conformidad, se firma este Convenio, por triplicado, en el lugar y fecha indicados.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte, Pilar del Castillo Vera; el Consejero de Cultura y Turismo, Javier Callizo Soneiro; el Presidente del Consejo de Administración de Caja Inmaculada, Fernando Gil Martínez.

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