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Documento BOE-A-2002-16376

Resolución de 30 de julio de 2002, de la Secretaría de Estado de Justicia por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de fecha 19 de diciembre de 2001, por el que se ofertaban plazas vacantes de los cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2002, páginas 29918 a 30012 (95 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-16376

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 19 de diciembre

de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de diciembre de 2001),

para cubrir plazas vacantes entre Oficiales, Auxiliares y Agentes

de la Administración de Justicia.

Esta Secretaría de Estado, de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de

julio del Poder Judicial y los artículos 54, 55 y 57 del Real

Decreto 249/1996, de 16 de febrero por el que se aprueba el Reglamento

Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de

la Administración de Justicia, ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los

relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados las plazas y

funcionarios que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el

presente concurso salvo que se pretendan amortizar mediante

modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de

un Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista

en el art. 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por

funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.-El cese deberá efectuarse en las fechas que a

continuación se indican: Auxiliares, el 4 de septiembre. Oficiales y

Agentes, el 16 de septiembre. La toma de posesión del nuevo

destino obtenido por concurso se producirá en los tres días

naturales siguientes al cese si no hay cambio de localidad o en los

diez días naturales siguientes en caso contrario. El plazo posesorio

será retribuido por la Administración competente respecto a la

plaza obtenida en concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y

Agentes el plazo posesorio deberá de computarse desde el 4 de

septiembre, si se reingresa en el Cuerpo de Auxiliares, y desde

el 16 de septiembre, si se reingresa en el Cuerpo de Oficiales

o de Agentes, pero en el presente caso dicho plazo no resulta

retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no

puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso

podrá ser de hasta tres días (artículo 66.1.g del Reglamento

Orgánico), teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha

inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza

de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente o la Gerencia

Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio

en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo

al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se

les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de

evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Contra la presente Resolución podrán los interesados formular

recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales

de lo contencioso-administrativo en el plazo de los dos meses

siguientes contados a partir de su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

Lo que comunico a V. I para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 30 de julio de 2002.-El Secretario de Estado, P. D.

(Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general de

Relaciones con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al Servicio

de la Administración de Justicia.

ANEXO I (ver imágenes páginas 29919 a 30012).

ANEXO II

Concurso de 19 de diciembre de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado" del 27)

Relación de excluidos

Ámbito: Resto de España

Códigos de

exclusiónApellidosynombreDNI

27.852.017 Alemany Cano, María Isabel ........... 2

27.435.505 Andrés Carrasco, Julio ................. 12

28.459.830 Arias Moreno, M.a Carmen ............. 11

10.839.317 Barata Lalín, Josefina .................. 8

4.575.466 Benito Rodríguez, Francisco Javier ..... 2

22.133.694 Caballero Rudilla, Francisco José ...... 2

9.330.998 Carrascal Hinojal, Ana Isabel .......... 2

2.521.630 Collazo Lugo, Ana Luisa ............... 10

76.911.201 Couto Gómez, Beatriz ................. 2

50.427.495 Díaz Romo, Mercedes .................. 2

41.445.018 Escandell Riera, M.a Jesús ............. 2

9.687.660 Fernández Martínez, Laurentino ........ 12

12.718.268 Fuente Ortega, Carmen de la ........... 2

7.419.639 Fuentes Bueno, M.a Florencia .......... 2

50.064.153 García Sánchez, Abraham .............. 2

36.093.846 Gómez Vázquez, Manuel ............... 2

77.511.773 Hita González, María Dolores .......... 2

9.318.164 Izquierdo Macón, Rosa Elena ........... 4

32.787.676 Lago Muiños, Manuel José ............. 2

32.862.488 López de Roda López, Manuel .......... 2

10.795.027 Martínez Villalvilla, Azucena ........... 8

45.270.556 Moreno Pérez, Francisco ............... 6

27.438.394 Muñoz Muñoz, Jorge ................... 1

27.476.712 Murcia Zomeño, Miguel Evaristo ....... 1

29.085.063 Pablo Tomás, M.a José ................. 6

9.723.625 Pérez Fernández, María Jesús .......... 2

50.838.078 Pérez Ruiz, Juan Carlos ................ 2

10.850.087 Prieto Calixto, María José .............. 2

13.718.474 Prieto Herrero, Luisa Fernanda ......... 2

50.954.701 Ramírez Alonso, Susana ............... 2

4.181.938 Ramírez Gudiel, Alfredo ................ 2

7.789.716 Rodríguez Soria, Elena ................. 2

33.375.761 Rueda Beltrán, Penélope ............... 2

6.557.370 Ruiz-Ayuca Díaz, María Teresa ......... 2

13.893.153 San Emeterio Ruiz-Capillas, María del

Carmen . 2

70.954.856 Sánchez Martín, María Carmen ......... 2

9.376.250 Trabazos García, José Francisco ....... 2

9.726.417 Vidal Ferrero, María ................... 1

Códigos de exclusión:

1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda, 1)

2. Presentación instancia fuera de plazo (base cuarta, 1, 2, 3

y 4)

3. Faltar fotocopia de la instancia del funcionario/a con

quien condiciona (base quinta).

4. Renuncia dentro del plazo (base cuarta, 7)

5. Por no haber firmado la instancia (base cuarta, 1, 2 y 3)

6. Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta, 6)

7. Por no pertenecer a ningún Cuerpo de la Administración

de Justicia.

8. Por no indicar el Cuerpo para el que participa.

9. Por no pertenecer al Cuerpo para el que participa.

10. Por haber cambiado de situación administrativa.

11. Por no cumplir el plazo mínimo establecido en el

artículo 34.b) del R. O.

12. Por renuncia en ejecución de sentencia.

13. Por no haber tomado posesión en su puesto de trabajo

por motivo de licencia por razón de enfermedad (artículo 75

del R. O.).

14. Por estar incurso en expediente disciplinario por falta muy

grave [artículo 57.d) del R. O.].

Suprimir las siguientes plazas como vacantes:

Oficiales:

Guadalajara. 79. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 5 de Guadalajara. Una plaza.

Guadalajara. 80. S. C. N. E. Guadalajara. Una plaza.

Madrid. 202. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 5 de Alcobendas. Una plaza.

Auxiliares:

Cuenca. 1030. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 3 de Cuenca. Una plaza.

Guadalajara. 1034. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 2 de Guadalajara. Una plaza.

León. 1352. Fiscalía de León. Una plaza.

Segovia. 1077. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

Decanato de Segovia. Una plaza.

Agentes:

Guadalajara. 2258. Juzgado de lo Penal de Guadalajara. Una

plaza.

Madrid. 2435. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 1 de Alcobendas. Una plaza.

Madrid. 2436. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 2 de Alcobendas. Una plaza.

Madrid. 2438. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 4 de Alcobendas. Una plaza.

Madrid. 2440. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número 6 de Alcobendas. Una plaza.

Segovia. 2296. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

Decanato de Segovia. Una plaza.

Toledo. 2266. S. C. N. E. Toledo. Tres plazas.

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