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Documento BOE-A-2002-15434

Resolución de 26 de julio de 2002, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 16 de julio de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, y de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, por la que se determina la composición del Tribunal, se convoca a los aspirantes y se establece el calendario para la realización de la prueba teórico-práctica de la especialidad médica de Medicina Preventiva y Salud Pública, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2002, páginas 28122 a 28123 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2002-15434

TEXTO ORIGINAL

El Secretario de Estado de Educación y Universidades y el Subsecretario de Sanidad y Consumo han dictado, de forma conjunta, una Resolución de 16 de julio de 2002, por la que se determina la composición del Tribunal, se convoca a los aspirantes y se establece el calendario para la realización de la prueba teórico-práctica de la especialidad médica de Medicina Preventiva y Salud Pública, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, por el que se regula un procedimiento excepcional de acceso al título de Médico Especialista.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 26 de julio de 2002.–La Subsecretaria, Dolores de la Fuente Vázquez.

ANEJO
Resolución conjunta del Secretario de Estado de Educación y Universidades y del Subsecretario de Sanidad y Consumo por la que se determina la composición del Tribunal, se convoca a los aspirantes y se establece el calendario para la realización de la prueba teórico-práctica de la especialidad médica de Medicina Preventiva y Salud Pública en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre

El Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, por el que se regula un procedimiento excepcional de acceso al título de Médico Especialista, establece las características generales de la prueba teórico-práctica y de evaluación de la actividad profesional y formativa que se han de realizar a los aspirantes admitidos a dichas pruebas por la Comisión Mixta en los términos previstos en el artículo 2.8 del citado Real Decreto.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3.2 del Real Decreto 1497/1999, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de mayo de 2001 la Resolución de 14 de mayo de 2001, del Subsecretario de Sanidad y Consumo, por la que se establecen los criterios comunes sobre formato, garantías y calificación de las pruebas.

Habiendo concluido los procedimientos de admisión y exclusión relativos a los aspirantes al título de Médico Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública, procede hacer público el Tribunal de la especialidad antes citada, así como el calendario de la correspondiente prueba teórico-práctica.

Por todo ello, en función de lo previsto en el apartado segundo de la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo, de fecha 14 de mayo de 2001, antes citada, el Secretario de Estado de Educación y Universidades, conjuntamente con el Subsecretario de Sanidad y Consumo, resuelven:

Primero. Determinar la composición del Tribunal que ha de evaluar la prueba teórico-práctica y la actividad profesional y formativa de los aspirantes.

Se hace pública, en los términos que se contienen en el anexo I a esta Resolución, la composición del Tribunal de evaluación de la prueba teórico-práctica y de la actividad profesional y formativa de los aspirantes admitidos al sistema de obtención del título de Médico Especialista, regulado por el Real Decreto 1497/1999, en la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.

Segundo. Convocatoria para la realización de la prueba teórico-práctica y calendario de la misma.

1. Se convoca en llamamiento único a los aspirantes que hayan resultado admitidos en la especialidad que se cita en el apartado anterior, en el lugar, fecha y hora que se especifica en el anexo II de esta Resolución.

2. Los aspirantes asistirán al llamamiento provistos del documento nacional de identidad o pasaporte, así como del documento mediante el que la Subdirección General de Especialidades en Ciencias de la Salud del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, les notifica la resolución de admisión a dicha prueba, dictada por la Comisión Mixta, según lo dispuesto en el artículo 2.7 del Real Decreto 1497/1999.

Tercero. Características de la prueba teórico-práctica.

Dicha prueba se ajusta a las previsiones contenidas en la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo, de 14 de mayo de 2001, por la que se establecen los criterios comunes sobre formato, contenido, garantías y calificación aplicables a los procedimientos de evaluación curricular y desarrollo de las pruebas a las que se refiere el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre.

Cuarto. Composición del Comité de Enlace.

De conformidad con lo previsto en el apartado sexto de la Resolución de 14 de mayo de 2001, del Subsecretario de Sanidad y Consumo antes citada, se acuerda, en los términos que se contienen en el anexo III a esta Resolución, la composición del Comité de Enlace destinado a realizar el seguimiento de la aplicación de los criterios comunes para la realización de las pruebas teórico-prácticas de todas las especialidades médicas incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1497/1999.

Quinto. Indemnizaciones por razón de servicios.

Las asistencias devengadas por los miembros del Tribunal, por el Comité de Enlace, así como por el personal designado por la Subsecretaría de Sanidad y Consumo para la realización de las actividades que sean necesarias para el desarrollo de esta prueba, serán las correspondientes a la categoría primera de las previstas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicios. Dichas asistencias se harán efectivas con cargo al concepto presupuestario 26.03.411 A.233, con el límite del número máximo autorizado por el Ministerio de Administraciones Públicas.

Madrid, 16 de julio de 2002.–El Secretario de Estado de Educación y Universidades, Julio Iglesias de Ussel.–El Subsecretario de Sanidad y Consumo, Domingo Menéndez Menéndez.

ANEXO I
Composición de los Tribunales

Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Publica

Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad:

Presidente titular: Don Luis Ignacio Gómez López.

Presidente suplente: Don José Roselló Urgel.

Vocales titulares: Don Juan Atenza Fernández y don Fernando García Benavides.

Vocales suplentes: Don Miguel Carrasco Asenjo y don Enrique Gil López.

Vocal designado a propuesta de las sociedades científicas:

Vocal titular: Don Andreu Segura Benedito.

Vocal suplente: Don José Luis Arribas Llorente.

Vocal designado a propuesta de la Organización Médica Colegial:

Vocal titular: Don José Javier Viñes Rueda.

Vocal suplente: Don Jesús Lozano Olivares.

Secretario (con voz, pero sin voto):

Secretario titular: Don Jorge Pérez Mota.

Secretario suplente: Don Ramón Jiménez Romano.

ANEXO II
Calendario de la prueba teórico-práctica

Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Publica

Lugar: Universidad «Carlos III», calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid).

Fecha: 30 de noviembre de 2002.

Hora: Nueve treinta.

ANEXO III
Comité de Enlace

Don Cristóbal Pera Blanco-Morales.

Don Juan Antonio Gómez Rubí.

Don César Sánchez Álvarez-Pedrosa.

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