La Orden de 25 de noviembre de 1994 ("Boletín Oficial del Estado"
de 6 de diciembre), reguló la actividad de recuperación y utilización
educativa de pueblos abandonados, estableciendo en su disposición cuarta
que el Ministerio de Educación y Ciencia convocará, con cargo a los créditos
correspondientes del presupuesto de gastos del Departamento, ayudas para
la participación en este programa. Dicha Orden fue modificada por Orden
de 15 de junio de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 21).
Por Orden de 8 de noviembre de 1991 ("Boletín Oficial del Estado"
del 15) se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones
con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación y Ciencia
y sus organismos autónomos.
Por otra parte, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre ("Boletín
Oficial del Estado" del 30) aprobó el Reglamento del procedimiento para
la concesión de subvenciones públicas.
De conformidad con dichas disposiciones y previo acuerdo con las
Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura,
que contribuyen al desarrollo del Programa en Búbal (Huesca), Umbralejo
(Guadalajara) y Granadilla (Cáceres) respectivamente, he dispuesto:
Primero.-1. Se convocan ayudas con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.03.423C de los Presupuestos Generales del Estado para el 2002,
para participar en la actividad de recuperación y utilización educativa
de los pueblos abandonados de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y
Umbralejo Guadalajara), durante los períodos comprendidos entre el 7
de abril y el 29 de junio y el 6 de octubre y el 7 de diciembre de 2002.
2. El importe máximo de cada ayuda será de 71 euros (11.813 pesetas)
por alumno para atender los gastos de alojamiento, manutención y
desarrollo de la actividad. Los pagos se efectuarán en el caso de Búbal (Huesca)
a la Comunidad Autónoma de Aragón, en el caso de Granadilla (Cáceres)
a la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el caso de Umbralejo
(Guadalajara), a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Éstas
deberán acopiar la documentación correspondiente a la justificación del
gasto y remitir a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta
Inspección (Subdirección de Becas y Promoción Educativa), la certificación
que acredite que el mismo se ha destinado a la finalidad prevista en la
presente convocatoria, así como una relación de los alumnos beneficiarios
de las ayudas concedidas.
3. El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta
el pueblo correrá a cargo de los interesados.
4. Durante su participación, el alumnado y profesorado estará asistido
por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil suscrito, al efecto,
por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
5. Los profesores serán en todo momento responsables de sus alumnos
y participarán en el desarrollo de las actividades programadas. Cuidarán
del correcto cumplimiento de las normas y horarios, así como del uso
adecuado de las instalaciones.
Segundo.-Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de
centros docentes españoles que cursen alguna de las siguientes enseñanzas:
a) Enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de
octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo:
Educación Secundaria Obligatoria (2.o ciclo).
Educación Secundaria postobligatoria: Bachillerato.
Módulos formativos de Grado Medio.
Garantía Social y Escuelas taller.
O sus equivalentes en el sistema anterior a la citada Ley.
b) Enseñanza Universitaria.
Tercero.-1. Las ayudas disponibles por turno, en cada pueblo, se
distribuyen de la siguiente forma: Búbal: 50, Granadilla 75 y Umbralejo: 50.
2. Los alumnos participantes y sus profesores desarrollarán las
actividades en períodos semanales de domingo por la tarde a sábado por
la mañana, de acuerdo con la siguiente distribución temporal:
a) Enseñanza Secundaria o enseñanzas equivalentes.
Entre el 7 de abril al 29 de junio de 2002, para los alumnos de catorce
y quince años.
Entre el 6 de octubre y el 30 de noviembre de 2002, para los alumnos
de dieciséis, diecisiete y dieciocho años.
A tal efecto se entenderá la edad mayoritaria de los alumnos que
compongan el grupo.
En el supuesto de grupos de alumnos con necesidades educativas
especiales de tipo psíquico, de diversificación o de garantía social, el Jurado
de Selección establecido en el apartado sexto, podrá acordar la
participación de alumnos con edad superior a la indicada, procurando en todo
caso respetar, en la medida de lo posible, la distribución temporal expuesta.
b) Enseñanza universitaria.
Entre el 1 y el 7 de diciembre de 2002. Este período podrá ser ocupado
por grupos de alumnos de Enseñanza Secundaria en el caso de que no
hubiera participantes de Enseñanza Universitaria.
Cuarto.-1. Los alumnos de Enseñanza Secundaria o Enseñanzas
equivalentes que deseen participar, deberán solicitarlo a través de la Dirección
de sus centros, formando grupos de 25 alumnos que serán acompañados
por uno o dos profesores de los que habitualmente les impartan clases.
Los grupos de Centros de Educación Especial que participen deberán
respetar la ratio profesor/alumno determinada por la Orden de 18 de
septiembre de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de octubre), por la
que se establecen las proporciones de profesionales/alumnado en la
atención educativa de personas con necesidades especiales, haciendo constar
detalladamente cuál es el nivel de competencia de los alumnos.
2. Los profesores acompañantes serán los responsables de la
elaboración del proyecto de participación, de acuerdo con las orientaciones
que figuran como Anexo I. En el proyecto se contemplará el tema
transversal que servirá de eje para el desarrollo de la actividad del Programa
de Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados durante
el año 2002: "El desarrollo sostenible: el respeto hacia las personas y el
medio que nos rodea".
El proyecto especificará:
a) Los objetivos generales que se pretenden potenciar con la
participación del grupo en este programa.
b) Conocimientos y actitudes a adquirir por los alumnos mediante
su participación en la actividad.
c) Actividades a desarrollar antes, durante y después de la estancia
en el pueblo abandonado, teniendo en cuenta que deberán estar
relacionadas con las posibilidades de actuación reseñadas en el anexo I.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente
documentación:
a) Proyecto de participación a que se refiere el punto 2 de este
apartado.
b) Fotocopia del acta del Consejo Escolar del centro si se trata de
centros públicos o privados concertados o del órgano colegiado que lo
sustituya, en el caso de los Centros privados no concertados, y/o del
apartado del proyecto educativo curricular o programación general anual del
centro en la que hace referencia a su participación en esta actividad.
4. La Dirección del centro recabará y custodiará la autorización del
padre, madre o tutor de los alumnos participantes menores de edad.
(Modelo anexo III).
5. Los grupos de alumnos universitarios que deseen participar en
periodo lectivo, deberán integrarse en grupos de veinticinco o cincuenta
alumnos y uno o dos profesores. Podrán adjuntar un proyecto de
actividades a desarrollar de acuerdo con las orientaciones que figuran como
anexo I de la presente Resolución.
6. El plazo de presentación de solicitudes tanto para alumnos de
enseñanzas medias como de enseñanza universitaria, finalizará el 20 de febrero
de 2002 debiendo formalizarse en el modelo que aparece como anexo II,
dirigiendo su solicitud a la Dirección General de Cooperación Territorial
y Alta Inspección (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa,
calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid), que a su vez remitirá al organismo
correspondiente de la Comunidad Autónoma donde se ubique el pueblo
solicitado en primer lugar.
Únicamente se cumplimentará una solicitud por cada grupo de alumnos
y en ella se indicarán el pueblo que se solicita, o en caso de estar interesado
en más de uno, se reseñará el orden de preferencia.
Su presentación podrá realizarse directamente en el Registro del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Torrelaguna, 58 (28027
Madrid), o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros
de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las
dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley.
En caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de
Correos, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y
sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
Quinto.-1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si la
solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al
interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe
los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición archivándose la misma previa
resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la citada
Ley, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Para obtener información sobre el estado de tramitación del
procedimiento, los interesados podrán dirigirse a la Consejería de Educación
de la Comunidad Autónoma en que esté situado el pueblo en el que se
desea participar. El expediente se identificará por el nombre del centro
de los alumnos solicitantes de la ayuda.
Sexto.-1. La selección de las solicitudes presentadas se realizará por
el Jurado que a estos efectos designen las Comunidades Autónomas de
Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura, que en sesión conjunta valorará
las solicitudes presentadas para participar en los pueblos abandonados
de Búbal, Umbralejo y Granadilla, respectivamente. Las Consejerías de
Educación correspondientes nombrarán a sus representantes en el Jurado,
del que formará parte asimismo un representante de la Subdirección
General de Becas y Promoción Educativa del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte.
2. Para la formulación de la propuesta de adjudicación de las ayudas,
el Jurado tendrá en cuenta, los siguientes criterios a la hora de evaluar
los proyectos:
Calidad del proyecto presentado: interés para el alumnado, grado de
participación en el mismo, y posibilidad real de aplicación en el pueblo
elegido para participar. Puntuación máxima: 6 puntos.
No haber participado anteriormente en la actividad o no haberla
realizado en los últimos tres años. Puntuación máxima: 2 puntos.
Ubicación del centro y contexto socioeconómico: Entorno urbano y
ambiente desfavorecido. Puntuación máxima: 2 puntos.
3. El Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en los artículos
22 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Séptimo.-De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de
redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los
interesados para que en el plazo de diez días aleguen y presenten los
documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá
prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento
ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones
y pruebas que las aducidas por el interesado.
Octavo.-1. Antes del 13 de marzo de 2002 se remitirá, por parte de
las Comunidades Autónomas de Aragón, Extremadura y Castilla-La
Mancha, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( Dirección General
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Subdirección General de
Becas y Promoción Educativa, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid), la
siguiente documentación:
a) Relación de los centros seleccionados.
b) Relación priorizada de los centros que quedan en reserva.
c) Relación de centros excluidos con indicación de la causa de
exclusión.
d) Copia del anexo II de todos los centros solicitantes.
2. De acuerdo con la propuesta formulada por el Jurado de selección,
el Director general de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por
delegación del excelentísimo señor Secretario de Estado de Educación y
Universidades, contenida en la Orden de 1 de febrero de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 9), resolverá la adjudicación de las ayudas antes del 6
de abril de 2002. Dicha Resolución de adjudicación contendrá igualmente
una relación de las solicitudes de reserva y una relación de solicitudes
excluidas con indicación de la causa de exclusión.
Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas, la Dirección General
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, enviará a los centros
seleccionados una comunicación junto con la documentación relativa al pueblo
asignado. Si alguno de los alumnos que figura en la solicitud de ayuda
no pudiese participar en la actividad, el centro procederá a su sustitución
por otro del mismo curso. Igualmente, dicha Dirección General notificará
a los centros solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda
solicitada.
3. La adjudicación de la ayuda para un período semanal concreto
se realizará atendiendo a la puntuación obtenida en la valoración realizada
por el Jurado.
4. En el supuesto de que un centro presente más de una solicitud,
solamente se podrán adjudicar ayudas a más de un grupo de 25 alumnos
de ese centro, en el caso de que soliciten participar en diferente pueblo
o semana, con objeto de fomentar el contacto entre diferentes centros.
5. Posteriormente, la relación definitiva de centros adjudicatarios de
las ayudas se hará pública a través del "Boletín Oficial del Estado".
Noveno.-La mencionada Resolución de adjudicación de las ayudas que
pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente
en reposición en el plazo de un mes ante el Secretario de Estado de
Educación y Universidades o ser impugnada mediante la interposición de
recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el
artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
Contencioso-Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Décimo.-Dentro de los treinta días siguientes a su participación, los
profesores responsables del grupo deberán elaborar una Memoria de
evaluación.
La Memoria deberá remitirse a la Dirección General de Cooperación
Territorial y Alta Inspección (Subdirección General de Becas y Promoción
Educativa, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid). Asimismo se enviará otro
ejemplar de la misma al pueblo en el que se haya participado.
Undécimo.-Las Administraciones Educativas podrán reconocer al
profesorado participante las actividades de innovación con alumnos que se
realicen al amparo de esta convocatoria.
Duodécimo.-Se autoriza a la Secretaría General de Educación y
Formación Profesional para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo
de la presente Resolución.
Decimotercero.-Contra esta Resolución se podrá interponer, en el plazo
de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente
Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo
de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con
los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Disposición final primera.
En el marco de esta convocatoria, las Comunidades Autónomas de
Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura, podrán convocar las plazas
correspondientes a las ayudas a que se refiere el apartado tercero.1 de
esta Resolución, para participar en los pueblos de Búbal, Umbralejo y
Granadilla, respectivamente.
Disposición final segunda.
En todo lo no dispuesto en la presente Resolución serán de aplicación
las normas vigentes en materia de becas y ayudas al estudio,
considerándose iniciado de oficio el procedimiento por la presente convocatoria.
Disposición final tercera.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 9 de enero de 2002.-P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001,
"Boletín Oficial del Estado" del 9), el Director general de Cooperación
Territorial y Alta Inspección, Juan Ángel España Talón.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Promoción Educativa.
ANEXO I
Orientaciones generales
1. Descripción de el programa de recuperación y utilización educativa
de pueblos abandonados
El programa de recuperación y utilización educativa de pueblos
abandonados es un proyecto educativo complementario a la enseñanza en las
aulas que pretende un acercamiento a la vida rural de los jóvenes que,
en su mayoría, viven en un mundo urbano, brindándoles la posibilidad
de comprender la necesidad de un cambio de actitudes para asegurar
el equilibrio futuro del hombre con su entorno.
Además, contempla el trabajo en distintos ámbitos: Medioambiental,
salud, animación y convivencia, recuperación cultural y física, incidiendo
de forma especial en la educación ambiental y el reconocimiento del
importante papel que juega el medio ambiente en la vida de las personas y
en el desarrollo de la sociedad, así como la necesidad de tomar decisiones
y de actuar para evitar su deterioro.
Se desarrolla en tres pueblos: Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres)
y Umbralejo (Guadalajara).
2. Objetivos educativos
Los objetivos a conseguir con esta actividad serán, entre otros, los
siguientes:
2.1 Fomentar actitudes de respeto y tolerancia mediante la
participación en actividades de grupo.
2.2 Colaborar en el proceso educativo de los alumnos para que
aprecien la riqueza y variedad del patrimonio natural, social y cultural,
respetando su pluralidad.
2.3 Profundizar en el conocimiento del cuerpo humano con el fin
de desarrollar hábitos de vida saludable tanto individual como
colectivamente.
2.4 Conocer las diferentes posibilidades de utilización del tiempo
libre.
3. Aspectos de diseño y metodología
El programa ofrece cuatro grandes áreas de actividades:
Recuperación y mantenimiento.
Medio ambiente y labores agropecuarias.
Salud.
Animación y convivencia.
Para el desarrollo de estas áreas funcionan talleres de antropología,
carpintería, cerámica, expresión corporal, danzas, salud, reciclaje y
transformaciones, vídeo, fotografía, etc.
Además, los pueblos cuentan con los siguientes espacios: casas del
alumnado y profesorado, comedor y sala de proyecciones, museos,
minipolideportivo, auditorio al aire libre, invernadero.
En el marco de desarrollo de este Programa, el centro participante
dispondrá de un periodo de tiempo de entre siete y diez horas semanales
para poner en práctica su proyecto de participación, que deberá reflejar
también las actividades previas que el profesorado va a realizar con el
grupo, así como las posibles actividades que se vayan a realizar con
posterioridad a la estancia en el pueblo.
4. Datos generales de los pueblos
4.1 Búbal: Se encuentra situado en el valle de Tena, en la margen
derecha del río Gállego. Pertenece al término municipal de Biescas,
provincia de Huesca.
El paraje pirenaico que alberga al pueblo define en él, con sus
peculiaridades y sus contrastes, una arquitectura de soluciones claramente
autosuficientes, en un concepto tradicional de economía de montaña.
Al mismo tiempo ofrece una posibilidad excepcional de estudio de
la propia realidad del valle de Tena, en el que Búbal es un enclave
fundamental.
El área ofrece unos interesantes contrastes geomorfológicos y de
vegetación, debido a sus grandes diferencias de altura -desde los 900 a los
3.000 metros- y al origen glaciar seguido de una fuerte erosión del agua
y el hielo, que originó la aparición de simas y vías interiores.
El clima es propio de montaña, con importantes precipitaciones en
forma de nieve y amplios contrastes entre las estaciones.
La distribución geológica produce una diversificación de ambientes
y suelos. En las zonas bajas próximas al río Gállego se propicia el cereal
y los huertos pequeños.
En altura hay matorral y formaciones de pino común, abeto, roble
y pino negro en último término, de considerable porte.
Las especies de arbustos más conocidas y abundantes en los alrededores
de Búbal, son especies silvestres muy conocidas y utilizadas por el hombre,
majuelo, rosal silvestre, guillomo, endrino, zarza, frambueso, acebo, enebro,
sauce, saúco, madreselva...
Entre las especies de su fauna, algunas son objeto de especial
protección, como el quebrantahuesos, que tiene en los Pirineos la última
población estable de Europa Occidental.
4.2 Granadilla: La villa de Granadilla está situada al norte de la
provincia de Cáceres y enclavada en una roca de durísima pizarra, que domina
un extenso terreno, hoy queda reducida a una península, con una única
vía de acceso por el lado norte, ya que las vegas del río Alagón y Aldobara
que la rodeaban quedaron cubiertas por las aguas del embalse de Gabriel
y Galán.
Su estratégica situación no se debe al azar, sino que fue buscada para
hacer de la villa una verdadera fortificación siendo paso obligado entre
la antigua vía de la plata y la comarca de Hurdes. Conserva su muralla
del siglo XII casi circular y en 1980 fue declarada conjunto
histórico-artístico.
Dista de Béjar (Salamanca) 38 kilómetros, de Plasencia 36 kilómetros
y de Zarza de Granadilla 10 kilómetros.
Granadilla, está dominada por formas suaves y onduladas, se encuentra
a 400 metros de altitud y su clima es continental con influencia
mediterránea.
Su paisaje presenta hoy un cambio de la vegetación típica mediterránea,
encinas, alcornoques, olivos, arbustos, etc., apareciendo el pino negral y
plantaciones de eucaliptos, predominan las jaras, además de, olmos,
madroños y zarzales en los márgenes de los ríos.
Dentro de la variedad de su fauna cabe destacar los jabalíes, zorros,
hurones, gineta, tejones, gatos monteses, ciervos...
Entre las aves destacan el águila calzada, águila culebrera y el águila
real; buitres negro y leonado; la cigüeña, el gavilán, el milano...
En los bosques destacan los mirlos, las tórtolas, las oropéndolas, el
mochuelo, autillo, pito real y rabilargo.
4.3 Umbralejo: El pueblo de Umbralejo se encuentra en plena sierra
de Ayllón, en la provincia de Guadalajara, sobre una ladera de pendiente
suave, a 1.260 metros de altitud y orientado hacia el Oeste. Pertenece
a la comarca Alto Rey-Sorbe y al término municipal de La Huerce, que
engloba también a los pueblos de La Huerce y Valdepinillos.
De procedencia medieval, es un ejemplo de arquitectura negra, basada
en pizarra y cuarcita y con características verdaderamente originales.
Sus suelos pobres y de escasa profundidad, unido a la falta de agua,
fueron utilizados en los alrededores del pueblo básicamente para cultivos
de secano (centeno, trigo, cebada...) Quedando los cultivos hortícolas
confinados prácticamente a la zona de vega. Una vez abandonado el pueblo
el uso del suelo quedó reducido a la silvicultura para su aprovechamiento
maderero.
El subsuelo, afloramientos de cuarcita y pizarra, no se explota por
su baja calidad.
Umbralejo, situado en el valle recorrido por el río Sorbe, tiene clima
característico de montaña, con inviernos fríos y largos y veranos cortos
y calurosos.
Sus robledales y encinares originales fueron aprovechados en su mayor
parte para hacer carbón, quedando reducidos en la actualidad, junto con
nogales y frutales a pequeñas formaciones aisladas.
Mejor conservada ha permanecido la vegetación de ribera con el fresno,
álamo, sauce y avellano como especies más características.
Entre los arbustos, por su abundancia cabe mencionar a la jara pringosa
estepa, rosal silvestre, espino albar, brezo, brecina y gayuba, y plantas
aromáticas como el cantueso, tomillo, mejorana... de aprovechamiento
apícola.
Dentro de su variedad faunística cabe señalar algunas especies como
el jabalí, corzo, jineta o el zorro, pequeños pájaros como el pinzón,
herrerillo, trepador azul y otros como el arrendajo, cuco, zorzal, ratonero, cárabo
o la culebra de escalera.
ANEXO II
Solicitud para participar en el programa de pueblos abandonados de
recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados
Datos del profesorado
Don/doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
Director del Centro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
cuyos datos figuran a continuación, solicita participar en la actividad con
un grupo de 25 alumnos, que cursan . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
con edades comprendidas entre (indicar años de los alumnos) . . . . . . . . . . . . .,
de acuerdo con el proyecto que se acompaña, al frente del cual irá(n)
como profesor/s responsable(s), comprometiéndose a acompañar a dicho
grupo:
Don/doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
D.N.I./N.R.P . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
áreas o materias que imparte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Tutor o profesor habitual del grupo SI i NO i
Situación administrativa (definitivo, interino, provisional)
Don/doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
D.N.I./N.R.P. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
áreas o materias que imparte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
Tutor o profesor habitual del grupo SI i NO i
Situación administrativa (definitivo, interino, provisional) . . . . . . . . . . . . . .
Aspectos complementarios:
Motivaciones que inducen al profesorado a participar . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
a participado el profesorado en actividades relacionadas con la
Educación Ambiental?
NO i SI i
uáles? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ué tiempos de coordinación reales se contemplan en el Centro en relación
a esta actividad? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Semana y pueblo en el que desea participar (priorizar). Si en alguna
semana no fuera posible la participación, deje en blanco la casilla de la
derecha:
Búbal i Granadilla i Umbralejo i
Semanas para alumnos de enseñanza secundaria
Primer período:
1. De 7 a 13 de abril.
2. De 14 a 20 de abril.
3. De 21 a 27 de abril.
4. De 28 abril/4 mayo.
5. De 5 a 11 de mayo.
6. De 12 a 18 de mayo.
7. De 19 a 25 de mayo.
8. De 26 mayo/1 junio.
9. De 2 a 8 de junio.
10. De 9 a 15 de junio.
11. De 16 a 22 de junio.
12. Del 23 al 29 de junio.
Segundo período:
13. De 6 a 12 de octubre.
14. De 13 a 19 de octubre.
15. De 20 a 26 de octubre.
16. De 27 oct./2 noviembre.
17. De 3 a 9 de noviembre.
18. De 10 a 16 de noviemb..
19. De 17 a 23 noviembre.
20. De 24 a 30 noviembre.
Semana para alumnos universitarios
21. De 1 a 7 de diciembre.
Datos del centro:
Denominación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Público i Privado i Concertado i
Domicilio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Localidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Provincia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Código postal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Teléfono . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fax . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Situación geográfica: zona rural, comarcal, suburbial y/o periférica . . . . . . . .
Perfil socioeconómico de la zona de influencia del Centro . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Breve historia del Centro haciendo mención a su participación en
actividades relacionadas con temas de salud, educación ambiental, talleres,
consumo, aulas de naturaleza, etc . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
a participado algún grupo de este Centro en la actividad?
SI i NO i
Indique pueblo y fecha . . . . . . . . . . . . . . . nvió memoria?: SI i NO i
Relación nominal del alumnado participante:
(Cuyas autorizaciones de participación están archivadas en el Centro.)
Nombre y apellidos Edad Curso
1. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
10. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
12. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
16. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
18. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
20. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
21. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
23. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
24. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
25. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Datos sobre el perfil general del grupo de alumnos
Nivel educativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Experiencia en actividades de carácter complementario . . . . . . . . . . . . . . . . .
Grado de participación en la elaboración del proyecto . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Aspectos que motivan su participación en la actividad . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Expectativas suscitadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Alumnos con necesidades médicas especiales (especificar cuáles) . . . . . .
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Alumnos con necesidades educativas especiales (si los hubiera indicar
su nivel de competencia y peculiaridades) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
SOLICITA: Ayuda para participar en la actividad de recuperación y
utilización educativa de pueblos abandonados.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de 2002.
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE COOPERACIÓN TERRITORIAL Y
ALTA INSPECCIÓN, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y
PROMOCIÓN EDUCATIVA, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid.
ANEXO III
Autorización paterna
(Alumnos menores de edad)
Don/doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
padre/madre/tutor de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,
otorga su autorización para que participe en la actividad de recuperación
y utilización educativa de pueblos abandonados organizada por el
Ministerio de Educación , Cultura y Deporte y manifiesta su conocimiento de
que en el caso de que se produjera algún incidente que aconsejara la
interrupción del Programa, pueda regresar a su domicilio antes de la fecha
prevista.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de 2002.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid