En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,
de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16) por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2002 y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio
de Medio Ambiente, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas, por
el sistema de promoción interna, desde Cuerpos o Escalas del
Grupo B.
1.1.1 Este número de plazas corresponden a las siguientes
especialidades:
1 Conservación del Medio Natural.
1 Educación Ambiental y Uso Público.
1 Técnicas Costeras.
1 Dominio Público.
1 Calidad de las Aguas.
1 Ingeniería de Saneamiento.
1.1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las
especialidades previstas en esta base.
1.1.3 Si en alguna de las especialidades no se cubriera el
número total de plazas convocadas, podrán acumularse en otra
u otras de las especialidades que figuran en el apartado 1.1.1,
según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades,
a propuesta del Tribunal.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la 23/1988, de 28
de julio y por la 22/1993, de 29 de diciembre ; la Ley 17/1993,
de 23 de diciembre ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de oposición,
concurso y curso selectivo, previstas en el anexo I, con las pruebas,
puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará, dentro de las especialidades
concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la
puntuación total obtenida por éstos en las fases de oposición,
concurso y curso selectivo, a que se refiere el apartado 2.4 del
anexo I.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará
dentro del plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
La duración máxima de las fases de oposición y de concurso
será de siete meses, contados a partir de la publicación de la
presente convocatoria.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso
selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.
El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez
superada la fase de oposición, será de dos meses contados a partir
de la terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta
convocatoria.
Quienes no superasen el curso selectivo, de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente
convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación
del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en
el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Pertenecer como funcionario de carrera, el día de la
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B y tener, el día
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una
antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que
pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás
requisitos exigidos en la convocatoria.
También podrán presentarse los funcionarios de los Cuerpos
y Escalas de los Servicios Postales y de Telecomunicación, siempre
que estén destinados en la Administración General del Estado en
puestos de trabajo que no pertenezcan al ente público empresarial
Correos y Telégrafos y cumplan el resto de los requisitos.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades
semejantes a las del Cuerpo o Escala del grupo B, a que pertenezca,
serán computables a efectos de antigüedad para participar en estas
pruebas selectivas.
2.1.2 Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o haber realizado todos los
estudios necesarios para la obtención de dicho título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera
de las profesiones para las que sea necesaria alguna de las
titulaciones citadas.
2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.4 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitada
gratuitamente en las representaciones diplomáticas o consulares de
España en el extranjero, en las Delegaciones del Gobierno en
las Comunidades Autónomas y Subdelegaciones, así como en el
Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,
en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la Oficina
de Información de los servicios centrales del Ministerio de Medio
Ambiente.
A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad, pasaporte o equivalente.
Las instrucciones para cumplimentar la solicitud serán las que
se detallan a continuación:
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando
mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No escriba en los espacios sombreados o reservados.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Medio Ambiente.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor. Consigne
Subsecretaría de Medio Ambiente y Código 23001.
En el recuadro donde figura el Año de la convocatoria. Señale
los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,
es decir, 02.
En el recuadro número 15. Cuerpo, Escala, Grupo profesional
o Categoría. Consignar Escala de Técnicos Facultativos Superiores
de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y
código 5900.
En el recuadro número 16. Especialidad, área o asignatura.
Consignar la especialidad por la que se opte de entre las previstas
en la base 1.1.1 de esta convocatoria.
En el recuadro número 17. Forma de acceso. Consignar la
letra P.
En el recuadro número 18. Ministerio/Órgano/Entidad
convocante. Consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.
En el recuadro número 19. Fecha "Boletín Oficial del Estado"
Consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de esta convocatoria.
En el recuadro número 20. Provincia de examen. Consignar
Madrid.
En el recuadro número 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje
del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.
En el recuadro número 22. Reserva para discapacitados. Se
dejará en blanco.
En el recuadro número 23. En caso de minusvalía o
discapacidad adaptación que se solicita y motivo de la misma. El
interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,
cuando esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24. Títulos académicos oficiales.
Consignar el nombre del título que se posee, de entre los exigidos
en la convocatoria, en virtud de lo señalado en la base 2.1.2.
En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma o idiomas
a que se refiere el apartado 1.2 del anexo I de la convocatoria,
de los que el aspirante desee ser examinado.
Consigne en el recuadro destinado a importe el correspondiente
a los derechos de examen, ya que es un impreso autoliquidativo.
La solicitud deberá presentarse, para el abono de los derechos
de examen y oportuna validación, en cualquier Banco, Caja de
Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica
totalidad de las mismas).
3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la
Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio
Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado" y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio
Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San
Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
del Banco de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio
Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el
extranjero". (Código: 0085/2145/82/0000000079).
3.3 La tasa por derechos de examen será de 12,26 euros.
Según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa por
derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
Igualmente, estarán exentos del pago de la tasa las personas
que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre
que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores
en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. La
certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con
los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la oficina del
correspondiente Servicio Público de Empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas se efectuará mediante una declaración jurada
o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán
acompañar a la solicitud.
La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante
certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable
o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de
la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos
de examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la
Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que
se encuentran expuestas al público las listas completas de
aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha
de comienzo del primer ejercicio. Asimismo, se publicará la lista
de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado",
para poder subsanar, cuando ello sea posible, el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas
selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición,
en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente a
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano
competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto
de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la
relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en
la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento, en
la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas
y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Subsecretaría del Ministerio de Medio
Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes,
y, en todo caso, deberán estar presentes el Presidente y el
Secretario o quienes les sustituyan. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas, así como al régimen de suplencias y sustituciones de
sus miembros.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia de la mitad al menos de sus
miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, deberán estar presentes
el Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría
del Departamento.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, plaza
de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid,
teléfono 91 597 58 94.
El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable
del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado
el mismo un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra S, de conformidad con
lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial
del Estado" de 2 de abril) por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de la puntuación obtenida en cada uno
de los ejercicios, así como la convocatoria del siguiente, se
efectuará por el Tribunal en el local donde se haya celebrado dicho
ejercicio, en la sede del Tribunal (señalada en la base 5.10) y
por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para
facilitar su máxima divulgación. En todo caso, las convocatorias de
los ejercicios deberán publicarse con veinticuatro horas al menos
de antelación a la fecha señalada para su iniciación. Si se trata
de una parte del mismo ejercicio, el anuncio deberá publicarse
con doce horas al menos de antelación.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la Subsecretaría del Departamento, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el
plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o directamente
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
contados ambos plazos a partir del día siguiente a su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada en dicha fase, con indicación
de su documento nacional de identidad o equivalente.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo
ejercicio y, en su caso, en la primera parte de este segundo ejercicio
y, si persiste el empate, en el primer ejercicio de esta fase de
oposición.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día
siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para
presentar en el Ministerio de Medio Ambiente, Subdirección
general de Recursos Humanos, plaza de San Juan de la Cruz, sin
número, 28071 Madrid, la documentación acreditativa de los méritos:
Certificado anexo V, que deberá ser expedido por el Subdirector
general de Personal, o jefe que tenga asignadas dichas
competencias, así como por los titulares de los organismos autónomos,
en su caso.
Títulos o diplomas de formación y perfeccionamiento realizados
y relacionados con las funciones propias de la Escala objeto de
esta convocatoria.
Cualquiera otra que se considere oportuna.
La lista provisional que contenga la valoración de los
méritos de la fase de concurso se hará pública en los tablones de
anuncios de los servicios centrales del Ministerio, disponiendo
los aspirantes de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
de la publicación de esta relación provisional, para alegar las
rectificaciones que estimen oportunas.
7.2 Finalizadas las fases de oposición y concurso el Tribunal
publicará en su sede, señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados, por orden de puntuación alcanzada en dichas fases y con
indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte o
equivalente.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, si persiste el empate se estará a la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en la primera
parte de este segundo ejercicio y primer ejercicio, por este orden.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la
relación de aprobados a la Subsecretaría del Ministerio de Medio
Ambiente, especificando, igualmente, el número de aprobados en
cada uno de los ejercicios, para su conocimiento y publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
7.3 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará
pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales
del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado
dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.
7.4 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará
pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales
del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total
alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la
puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como
con indicación del documento nacional de identidad, pasaporte
o equivalente.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, si persiste
el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los
aspirantes en el segundo ejercicio, primera parte de este segundo
ejercicio y primer ejercicio de la fase de oposición, por este orden.
En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá
aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número
de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula
de pleno derecho.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que
se refiere la base 7.2 de la presente convocatoria, los opositores
aprobados deberán presentar en la Subdirección General de
Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan
de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, los siguientes documentos:
Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2 de
esta convocatoria o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse la documentación que acredite su homologación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni de hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo VI a esta
convocatoria.
Asimismo, deberán formular opción entre percibir una
retribución por igual importe de las que le corresponden en el puesto
de trabajo o las que proceden como funcionarios en prácticas.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de
fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por Orden de la autoridad convocante, y a propuesta de
la Subsecretaría del Departamento, se procederá al nombramiento
de funcionarios en prácticas, que se publicará en el tablón de
anuncios de este Ministerio, y en la que se determinará la fecha
en que empezará a surtir efectos el mismo.
8.4 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran
superado deberán solicitar los destinos correspondientes, previa oferta
de los mismos ; siendo nombrados, a propuesta de la Subsecretaría
del Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de carrera,
mediante resolución del Secretario de Estado para la Administración
Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la
que se indicará el destino adjudicado.
8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.6 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en
colaboración con los Centros competentes de Formación de
Funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 6 de junio de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden de 6
de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la
Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.
Ilma. Sra. Subsecretaria del Departamento.
ANEXO I
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA.
del Ministerio de Medio Ambiente
PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN
1. Proceso de selección
1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
a) Oposición.
b) Concurso.
c) Curso selectivo.
1.2 Fase de oposición: Constará de tres ejercicios
obligatorios. Los dos primeros ejercicios obligatorios tendrán carácter
eliminatorio ; no así la prueba de idiomas, que será obligatoria pero
no eliminatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del
aspirante en relación con los temarios correspondientes a la
Especialidad concreta elegida por el mismo y al Grupo de Temas
Comunes y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un máximo de 100
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
Las contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente,
a juicio del Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,
siendo necesario obtener 20 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Constará de dos partes:
A) En la primera parte, los aspirantes expondrán oralmente,
en sesión pública, durante treinta minutos, dos temas del temario:
uno de ellos correspondiente al Grupo de Temas Comunes y el
otro a la Especialidad concreta elegida. Cada uno de estos temas
será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.
Los opositores dispondrán de un período de quince minutos
para la preparación de esta parte, sin que puedan consultar
ninguna clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán
utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado durante el referido
tiempo de preparación.
En esta parte del ejercicio se valorará el volumen y comprensión
de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad
de expresión oral.
Se calificará esta primera parte con un máximo de 30 puntos.
B) La segunda parte consistirá en la presentación oral, por
parte de los aspirantes, en sesión pública, durante un tiempo
máximo de quince minutos, en la misma sesión que la primera parte,
de su historial formativo y profesional en relación con las materias
propias de las funciones de la Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de Organismos autónomos del Ministerio de Medio
Ambiente, de acuerdo con la especialidad elegida.
A tal efecto, los opositores deberán entregar al Tribunal, el
mismo día en que hayan sido convocados para la realización de
este segundo ejercicio e inmediatamente antes de iniciar la primera
parte, una memoria con su historial formativo y profesional,
adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos
en ella La no presentación de dicha memoria implicará la
valoración de esta segunda parte con cero puntos.
El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá
formular a los aspirantes preguntas sobre los temas desarrollados
o sobre otros que tengan relación con ellos ; asimismo, podrá
dialogar sobre el contenido de la memoria presentada y de manera
especial sobre su experiencia profesional, así como sobre la
coherencia de su historial formativo y profesional en relación con las
actividades y funciones propias de la Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente.
Se calificará esta segunda parte con un máximo de 10 puntos.
Deberá obtenerse en el segundo ejercicio un mínimo de 20
puntos para poder superarlo.
Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre uno o los dos
siguientes idiomas:
Francés.
Inglés.
La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el
Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, los
conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación de cada
idioma que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo efecto
el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará la misma.
El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en los idiomas
a examinar.
Esta prueba se calificará otorgando hasta 10 puntos por idioma,
con un máximo de 20 puntos.
1.3 Fase de concurso: En esta fase se valorarán como méritos
los siguientes conceptos:
Antigüedad del funcionario por servicios prestados en cualquier
Administración Pública y que tenga reconocidos, a efectos de
trienios, en cuerpos, escalas, plaza, categoría o empleo de Grupo B.
Grado personal que se tenga consolidado y reconocido o
conservado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas
pruebas selectivas.
Trabajo desarrollado en cuerpos, escalas, plaza, categoría o
empleo del Grupo B, desempeñando puestos de trabajo de
naturaleza análoga o con funciones similares, a juicio del Tribunal,
a las de la Escala objeto de esta convocatoria.
Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los
últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y
perfeccionamiento de funcionarios, como en cualquier otro organismo
o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior
a veinte horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del
Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de
la Escala objeto de esta convocatoria.
Estas valoraciones estarán referidas a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
1.4 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo, de carácter teórico, organizado por la
Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, cuya duración máxima
será de cuatro meses y que versará fundamentalmente sobre las
materias que figuran en el anexo III de esta convocatoria.
Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas
selectivas deberán ser autorizados para asistir al curso selectivo
por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus
servicios.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar
o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como
incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras
actividades formativas complementarias relacionadas con las
actividades propias de los funcionarios de la Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo
los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del
Departamento.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán
en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de
posesión en su primer destino como funcionarios de carrera de la Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos autónomos
del Ministerio de Medio Ambiente, debiendo reincorporarse a su
primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en
que finalice la realización del curso, con independencia del
momento en que se publique la calificación del mismo.
2. Valoración
2.1 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1.2 de este anexo.
2.2 Fase de concurso: La valoración de los méritos se realizará
de la forma siguiente:
2.2.1 Antigüedad: Por cada año completo de servicios 0,5
puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
2.2.2 Grado personal: Por la posesión de un grado personal
consolidado se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos
en la forma siguiente:
Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18 : 0,75 puntos.
2.2.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante
1 punto por cada año completo de desempeño del puesto o puestos
de trabajo, hasta un máximo de 4 puntos.
2.2.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará
por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
2.3 Curso selectivo: La calificación del curso selectivo será
otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de
la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada
Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por
profesores que hayan participado en el curso selectivo.
La calificación máxima del curso selectivo será de 50 puntos,
siendo necesario obtener 25 puntos como mínimo para superarlo.
2.4 Calificación total: La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición, concurso y curso selectivo.
ANEXO II
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA.
del Ministerio de Medio Ambiente
PROGRAMA
Especialidad: Conservación del Medio Natural
1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales
características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.
2. Convenio de Ramsar. Principales características y
evolución del Convenio. Aplicación en España y en Europa. Proyectos
específicos. Plan estratégico.
3. Convenio de Washington (CITES). Principales
características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.
4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución
del Convenio. Los acuerdos regionales. Aplicación en España.
5. Convenio de Berna. Principales características y evolución
del Convenio. Los acuerdos regionales. La Estrategia Panaeuropea
sobre conservación de la biodiversidad y del paisaje.
6. El Convenio de Barcelona. Principales características y
evolución del Convenio. Plan de Acción para el Mediterráneo.
7. Organismos internacionales para la conservación de la
naturaleza. La UICN. El Programa MaB. Las Reservas de la Biosfera.
8. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en
la Unión Europea. El Programa de Acción Medioambiental y
Desarrollo Sostenible. Las estrategias Europea y Española de
Desarrollo Sostenible.
9. Instituciones europeas relacionadas con la conservación
de la diversidad biológica. La Agencia Europea de Medio Ambiente.
El Centro de la Naturaleza de París. La Federación Europea de
Parques Nacionales y Naturales.
10. Estrategia Nacional para la Conservación y el Uso
Sostenible de la Diversidad Biológica. La Estrategia comunitaria.
11. La Agenda 2000 y su relación con la conservación.
Aplicación en España.
12. La Directiva Aves. Aplicación en España y en el resto
de la UE.
13. La Directiva Hábitats. Aplicación en España y en el resto
de la UE.
14. Instrumentos financieros de la UE, Estatales y de las
Comunidades Autónomas aplicables a la conservación y uso
sostenible de la biodiversidad. El Marco de Acción Prioritaria. Los
Fondos de Cohesión. El Programa LIFE.
15. La Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales
y de la Flora y Fauna Silvestres y su desarrollo reglamentario.
Principales características e instrumentos. La sentencia del
Tribunal Constitucional.
16. La Ley 41/1997, por la que se modifica la Ley 4/1989,
de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna
Silvestres. Modificaciones que introduce. Nuevo modelo de gestión
de los Parques Nacionales.
17. La Red de Parques Nacionales. Características
principales. Los Parques Nacionales españoles. Representación y situación
actual.
18. Los espacios naturales protegidos en las Comunidades
Autónomas. Desarrollo legislativo Principales figuras de
protección. Situación actual.
19. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
Características principales y aplicación.
20. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.
Características principales. Ejemplos concretos. Planes Rectores de Uso
y Gestión. Características principales. Ejemplos concretos. Planes
sectoriales. Características principales. Ejemplos concretos.
21. Legislación sectorial de aplicación en los espacios
naturales protegidos y en la conservación y uso sostenible de la
diversidad biológica.
22. La conservación "ex situ" de la diversidad biológica.
23. El papel de la investigación en la conservación de la
biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel
global.
24. La diversidad biológica. Concepto y métodos de medida.
Inventariación de la diversidad biológica. Manejo. Ordenación y
archivo de información. Manejo de bases de datos.
25. La erosión del suelo y la desertificación. La desertificación
en España. El Convenio de las Naciones Unidas de Lucha contra
la Desertificación.
26. Las regiones biogeográficas y los pisos bioclimáticos en
España.
27. Los componentes de la diversidad biológica y su estado
de conservación. Los hábitats naturales y seminaturales. Medio
Terrestre y medio marino.
28. Los componentes de la diversidad biológica y su estado
de conservación. Las especies silvestres. Especies terrestres y de
agua dulce. Especies marinas.
29. Los recursos genéticos. Las plantas cultivadas. Las razas
ganaderas. Los conocimientos tradicionales. Los organismos vivos
modificados. El acceso a los recursos genéticos.
30. Técnicas de recolección y preparación de muestras
biológicas para estudios de biodiversidad.
31. Cooperación con las Comunidades Autónomas en
programas de conservación. La Comisión Nacional de Protección de la
Naturaleza y sus Comités especializados. Principales actividades.
32. Especies protegidas. Catálogo Nacional y Autonómicos.
Desarrollo y aplicación. Planes de recuperación de especies
protegidas. Ejemplos concretos.
33. Las actividades cinegéticas y piscícolas y su relación con
las especies protegidas. Censo Nacional de Caza y Pesca.
34. Restauración de hábitats y sistemas naturales. Métodos
e instrumentación. Ejemplos concretos.
35. Ordenación de montes y tratamientos culturales de las
masas arbóreas.
36. El medio físico y su relación con la diversidad biológica.
El clima, el relieve y los suelos.
37. Los ecosistemas españoles de montaña. Características
y rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios
de protección.
38. Los ecosistemas españoles de bosque caducifolio.
Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.
Medios de protección.
39. Los ecosistemas españoles de bosque de coníferas.
Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.
Medios de protección.
40. Los ecosistemas españoles de bosque esclerófilo.
Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.
Medios de protección.
41. Los ecosistemas esteparios españoles. Características y
rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios
de protección.
42. Los ecosistemas de la región macaronésica.
Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.
Medios de protección.
43. Las zonas húmedas españolas. Características y rasgos
generales. Principales problemas de conservación. Medios de
protección.
44. Los ecosistemas fluviales españoles. Características y
rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios de
protección.
45. Los ecosistemas costeros y marinos españoles.
Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.
Medios de protección.
46. Tratamiento internacional de la gestión forestal: Foro
Forestal de Naciones Unidas, Conferencias Paneuropeas sobre
Bosques. Medidas forestales en la política europea de desarrollo
rural.
47. La pesca marítima y su relación con las especies no
objetivo.
48. Las aguas subterráneas. Principales características de los
acuíferos españoles. Principales problemas de conservación en
relación con la diversidad biológica.
49. Los paisajes españoles. Principales problemas de
conservación. Medidas de protección.
50. Las actividades agrarias y su relación con la conservación
de la diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.
51. La industria y su relación con la conservación de la
diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.
52. El turismo y su relación con la conservación de la
diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.
53. La ordenación del territorio y su relación con la
conservación de la diversidad biológica y los espacios naturales
protegidos.
54. Los Sistemas de Información Geográfica. Aplicaciones en
relación con la conservación de la naturaleza.
55. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España.
Los instrumentos sociales al servicio de la gestión ambiental.
56. La Estrategia Forestal Española y la Estrategia Forestal
de la Unión Europea.
57. El Plan Estratégico para la Conservación y Uso Racional
de los Humedales.
58. El desarrollo sostenible aplicado a los espacios naturales
y a sus áreas de influencia. Indicadores ambientales y
socioeconómicos de aplicación en los espacios naturales protegidos.
59. Participación social en la gestión medioambiental.
Instrumentos de participación pública y colaboración ciudadana en
la planificación gestión del medio natural y en los espacios
naturales protegidos.
60. Las asociaciones conservacionistas y el voluntariado en
relación con los espacios naturales protegidos y la diversidad
biológica.
Especialidad: Educación Ambiental y Uso Público
1. La evolución del pensamiento y de las acciones de la
conservación: De Estocolmo a Río de Janeiro. Periodo posterior a
Río 92.
2. La importancia del medio ambiente en la Unión Europea:
Evolución a través de los Tratados. Programas de Acción en
Materia de Medio Ambiente.
3. Organización social y medio ambiente. El ecosistema
humano. Cultura, tecnología y medio ambiente.
4. Instrumentos sociales de la política ambiental: Esquema
básico. Elementos y definiciones.
5. Programas y organizaciones internacionales de educación
ambiental.
6. Historia de la educación ambiental en España. Etapas
significativas: Encuentros y jornadas de referencia ; seminarios
permanentes.
7. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España (I).
Análisis de la situación. Principios básicos y objetivos.
8. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España (II).
Instrumentos. Marcos de acción. Esquema de propuestas.
9. La educación ambiental en el sistema educativo.
Contenidos curriculares básicos.
10. La formación profesional ambiental. Sistemas formal y
no formal. La formación ambiental y el mercado laboral. Los
nuevos yacimientos de empleo ambientales. Estrategia europea para
el empleo.
11. La formación y la capacitación ambientales como
instrumentos de educación ambiental: Ámbitos y actividades. Criterios
de elaboración, desarrollo y evaluación de programas de formación
y capacitación ambientales.
12. Situación de la educación ambiental en la universidad.
13. La educación ambiental en la formación del profesorado:
Inicial y permanente.
14. La educación ambiental en las distintas administraciones:
Situación en el organigrama y competencias.
15. La educación ambiental en las organizaciones no
gubernamentales: Principales programas y logros.
16. Las asociaciones de educadores ambientales: Principales
objetivos y realizaciones.
17. Las empresas de educación ambiental: Aportación al
desarrollo de la educación ambiental.
18. La construcción del conocimiento. Modelos de
aprendizaje. Constructivismo y educación ambiental: Principios
explicativos básicos. Aplicaciones para el diseño de programas de
educación ambiental.
19. Información ambiental. Derecho de acceso a la
información en materia de medio ambiente: Ley 38/1995. Redes de
información: EIONET.
20. Información ambiental y los medios de comunicación.
Tratamiento informativo de temas ambientales: Evolución
histórica y características.
21. Interpretación ambiental. Definiciones básicas. Objetivos
y alcance. El uso de recursos expositivos: Tipología. Estrategias
de evaluación.
22. Interpretación ambiental. Diseño de itinerarios y
recorridos de campo. Criterios de evaluación.
23. Recursos y equipamientos para la educación ambiental.
Tipología. Criterios de calidad.
24. Comunicación ambiental. Modelos básicos de
comunicación. Fases de comunicación. Comunicación ambiental persuasiva.
25. Diseños de campañas de sensibilización ambiental.
Metodología. Alcance y estructura. Metodología y criterios de evaluación.
26. Conflictos relacionados con la gestión ambiental.
Definiciones básicas. Instrumentos de prevención de conflictos
ambientales. Estrategias y técnicas de resolución de conflictos.
27. Participación social en la gestión ambiental. Instrumentos
de participación pública e implicación ciudadana.
28. Voluntariado ambiental (I). Evolución histórica de
experiencias de voluntariado. Grupos de voluntariado ambiental: Tipología.
29. Voluntariado ambiental (II). Diseño de proyectos de
voluntariado ambiental. Evaluación. Ámbitos de intervención de
voluntariado ambiental.
30. Acercamiento afectivo al medio natural. Modelos
descriptivos de la experiencia emocional de la naturaleza. Actividades
lúdicas en la naturaleza.
31. Juegos como herramientas de la educación ambiental:
Simulación, rol, y juegos informáticos.
32. Ecoauditorías ambientales como instrumento educativo.
33. Animación socio-cultural aplicada a las actividades de
protección o mejora ambiental. Dinamización y gestión de grupos
sociales.
34. Perfiles profesionales del educador ambiental:
Competencias y funciones. Ámbitos. Estrategias de formación de los
educadores ambientales, instituciones formativas y criterios de
reconocimiento y homologación profesional.
35. Percepción ambiental. Modelos explicativos. Relación
entre comportamiento humano y medio ambiente.
36. Actitudes y valores ambientales: Estructura y cambio.
37. El paisaje: Preferencia e interpretación. Estrategias de
evaluación.
38. Metodología de la investigación social. Muestreo.
Técnicas de investigación social aplicables al diagnóstico de
situaciones y a la detección de necesidades.
39. El comportamiento de impacto ambiental en el uso
recreativo y educativo de los espacios: Detección, evaluación. Criterios
de programas de control de acciones de impacto.
40. Evaluación de programas de educación y comunicación
ambientales. Metodología de evaluación de programas de
educación y comunicación ambiental. Criterios de calidad.
41. Estado de la investigación en educación ambiental:
Hallazgos relevantes, temas explorados, líneas de trabajo
prioritarias.
42. Educación ambiental y gestión del medio.
43. Sistemas de gestión ambiental en industrias y
administraciones. Figuras de acreditación y papel de la educación y la
comunicación.
44. Educación ambiental y comunicación en relación con la
problemática del agua en España. Diseño de campañas y selección
de destinatarios.
45. Campañas de información y participación en la gestión
de los residuos. Estrategias de comunicación para diferentes
destinatarios. Educación para un consumo responsable.
46. Los instrumentos sociales al servicio de la Estrategia de
la Biodiversidad y de la Estrategia Forestal.
47. Acciones de educación y comunicación ambientales con
relación al Convenio sobre Cambio Climático.
48. Información y participación pública en relación con la
declaración de impacto ambiental.
49. Información y comunicación ambientales sobre
bioseguridad. Protocolo de Cartagena.
50. Información y comunicación sobre contaminación
atmosférica y acústica y sobre el uso de la energía.
51. Información y comunicación sobre pérdida de suelos y
desertización.
52. Información y comunicación sobre instrumentos
coercitivos de la política ambiental (responsabilidad civil, penal y
administrativa).
53. La atención de los visitantes como objetivo en los Parques
Nacionales. Visitante, usuario y turista. Caracterización de
visitantes. Planificación y programas de Uso Público. La interpretación
en la naturaleza. El Uso Público en el Plan Director de la Red
de Parques Nacionales.
54. Infraestructuras al servicio de la interpretación ambiental.
Los centros de visitantes. Senderos e instalaciones. La
Señalización interpretativa. Técnicas constructivas, criterios y
orientaciones. Estrategias de uso, reciclado y mantenimiento.
55. Técnicas de interpretación y tecnologías interpretativas.
Materias y técnicas expositivas. Sistemas de interpretación.
Programación de uso y mantenimiento.
56. Servicios concesionales y de visitas. Regímenes de uso.
Servicios básicos y servicios complementarios en el uso público
de los Parques Nacionales. Alternativas a la gestión de los servicios
públicos. La integración de los sistemas de uso público dentro
de la dinámica económica local. Tipologías de actividades
concesionales.
57. La programación de actividades divulgativas en los
entornos de los Parques Nacionales. Los programas de difusión y
divulgación. La educación ambiental en los entornos de los parques
nacionales. La comunidad local como receptor de contenidos
interpretativos.
58. El profesional de uso público en Parques Nacionales.
Guías intérpretes, informadores, interpretadores y personal
especialización. Necesidades, dotaciones, medios y programación de
formación.
59. Difusión y extensión. Técnicas y materiales divulgativos.
Las publicaciones al servicio de la interpretación ambiental.
Folletos, desplegables. Métodos, técnicas y caracterización. El diseño
de un programa de participación pública en la toma de decisiones
para la gestión.
60. El uso del territorio en los Parques Nacionales asociado
a las visitas. La planificación y programación de accesos.
Regulación, control y acceso de visitantes. Sistemas alternativos y
disuasorios. La capacidad de carga de visitas. Infraestructuras asociadas
a la regulación y control en la distribución de flujos de visitantes.
Especialidad: Técnicas Costeras
1. El Dominio Público, concepto, naturaleza y régimen
jurídico. Diferencias entre los bienes demaniales y los patrimoniales.
Consecuencias de la consideración de los bienes demaniales como
"res extra commercium".
2. Procedimientos administrativos para la incorporación o
sustracción de bienes al dominio público. La afectación. La
mutación demanial. La desafectación.
3. La Constitución española de 1978: Protección
constitucional del dominio público. Referencia específica de la
Constitución a los bienes de Dominio Público marítimo-terrestre.
Clasificación de los bienes de Dominio Público marítimo-terrestre.
4. La regulación de las costas en el derecho comparado:
Técnicas utilizadas: Regulación del litoral, del dominio público, del
territorio, etc., en los países de Europa occidental. La regulación
de las costas por Organismos internacionales: Principales
Organismos y normas o recomendaciones producidas. Especial
referencia a los proyectos de regulación de la costa producidos por
la Unión Europea.
5. La Ley de Costas de 1988. Precedentes legislativos de ésta.
Origen, objetivos, principios y estructura de la Ley. El Reglamento
de Costas de 1989.
6. El Dominio Público marítimo-terrestre en la Ley de Costas.
Bienes que lo integran. Elementos o características que
individualizan los bienes del Dominio Público marítimo-terrestre
definidos por la Ley.
7. La delimitación administrativa del Dominio Público
marítimo-terrestre. Procedimiento de deslinde: Iniciación, desarrollo
y terminación. El proyecto de deslinde.
8. Efectos del deslinde por la Administración del dominio
público marítimo-terrestre. En especial, estudio de la disposición
transitoria primera de la Ley de Costas.
9. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre.
La titularidad estatal, la inalienabilidad, la imprescriptibilidad, la
inembargabilidad y la publicidad posesoria. Afectación y
desafectación.
10. La protección del dominio público marítimo-terrestre
mediante la incidencia en los derechos sobre inmuebles próximos
a la ribera del mar: Servidumbres y otras limitaciones.
Competencia para otorgar autorizaciones en las zonas afectadas. La
extracción de áridos en los tramos finales de los ríos y su
regularización.
11. La servidumbre de protección: Contenido, alcance
geográfico, usos permitidos y prohibidos sobre la misma y excepciones
a los prohibidos. La servidumbre de tránsito: Contenido, alcance
geográfico, usos permitidos. La servidumbre de acceso al mar.
La zona de influencia.
12. Usos generales del dominio público marítimo-terrestre.
Usos especiales: Requisitos. Diferentes títulos para la ocupación
del Dominio Público marítimo-terrestre. Especial referencia a
reservas y adscripciones.
13. Regulación de los vertidos al mar. Procedimientos y
Órganos que resuelven en función de la clase de vertido y del bien
demanial sobre el que se produce. Requisitos de los efluentes
y necesidad de título de ocupación del dominio público
marítimo-terrestre.
14. Autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre.
Actividades y ocupaciones que la requieren. Efectos de su
otorgamiento. Modificación y extinción. Formas de extinción.
Auto
rizaciones para los servicios de temporada en las playas, para
vertidos y para extracción de áridos.
15. Concesiones en el dominio público marítimo-terrestre.
Obras y actividades que lo requieren. Procedimiento de
otorgamiento de concesiones. Formas de extinción. Diferencias con la
autorización. Causas de caducidad. Procedimiento del artículo 150
del Reglamento de Costas.
16. Reservas y adscripciones: Concepto, procedimiento para
su obtención. Órgano que otorga el título. Consecuencias de la
obtención del título.
17. Requisitos materiales y formales de los proyectos que
sirven de soporte a la petición de ocupación especial del dominio
público marítimo-terrestre. Estudios adicionales necesarios
cuando el proyecto altere el dominio público marítimo-terrestre de
forma importante o cuando se está en el mar o en zona
marítimo-terrestre. Contenido del estudio económico-financiero que
debe acompañar a estos proyectos cuando su titular no sea la
Administración.
18. El régimen económico del dominio público
marítimo-terrestre. La Ley de Costas y la Orden Ministerial de 30 de
octubre de 1992. Cánones por ocupación del dominio público
marítimo-terrestre. Forma de determinación del canon. Requisitos
para exención o disminución de canon.
19. Valoración de las concesiones para su rescate. Fianzas
en el procedimiento de solicitud de ocupación de superficie del
dominio público marítimo-terrestre. Canon por vertidos.
20. La potestad sancionadora en materia de costas.
Procedimiento sancionador en la Ley de Costas. Principios que lo
informan. Infracciones y sanciones. Obligación de restituir. Sanciones
especiales en el seno de relaciones de supremacía especial.
21. Fases del procedimiento sancionador. Las medidas
cautelares. Posibles circunstancias atenuantes. Indemnización.
Ejecución forzosa.
22. Distribución de competencias entre las distintas
Administraciones Públicas según la Ley de Costas. Principios que rigen
la colaboración administrativa. Emisión de informes en los
procedimientos de aprobación de instrumentos de planeamiento
urbanístico.
23. La posible modificación de la anchura de la servidumbre
de protección en virtud de la clasificación del suelo a la entrada
en vigor de la Ley de Costas. La disposición transitoria tercera
de la Ley. La situación de construcciones anteriores a la Ley de
Costas en zonas de dominio público marítimo-terrestre o en
servidumbre de protección y tránsito: La disposición cuarta de la
Ley.
24. La concurrencia de otros títulos con los de ocupación
del dominio público marítimo-terrestre: La disposición adicional
quinta de la Ley.
25. Elementos que determinan la pertenencia del dominio
público marítimo terrestre según los artículos 3, 4 y 5 de la Ley
de Costas. Su identificación en concepto geomorfológicos.
26. Las diversas formaciones típicas costeras desde el punto
de vista geológico. Ubicación de las mismas. Ejemplos de cada
una de ellas.
27. Las dunas. Su origen y evolución. Su participación en
la estabilidad de la playa.
28. Las dunas desde el punto de vista geomorfológico. Dunas
fijas y móviles. Elementos de fijación.
29. Vegetación que se da en las dunas. Su contribución a
la fijación de la misma. Su idoneidad y compatibilidad con el
medio.
30. Clasificación de los hábitats costeros en función de la
vegetación que se da en ellos. La adaptación de especies de flora
a los hábitats costeros.
31. Los elementos vegetales que se producen en los fondos
marinos. Su contribución a la vida marina y al mantenimiento
de los recursos vivos. Amenaza y formas de protección de los
mismos.
32. Los diversos bosques de ribera en función del tipo de
costa. Su protección y mantenimiento. Papel que desempeñan
en el equilibrio del ecosistema litoral.
33. Especial consideración de los bosques de ribera en los
márgenes de los ríos y rías que tienen la condición de dominio
público marítimo-terrestre. Su contribución al equilibrio de este
ecosistema. Formas de protección del bosque de ribera.
34. La identificación de las características del dominio público
marítimo-terrestre a través de la vegetación que se da en el mismo.
Procedimiento para llevar a cabo la identificación, clasificación
y su probabilidad de pertenecer o haber pertenecido al medio
marino.
35. La protección contra la erosión mediante la implantación
de elementos vegetales vivos. Diversas técnicas actuales y posible
desarrollo de las mismas. Su efectividad respecto al objetivo de
frenar o contener la erosión.
36. La vegetación propia de las formaciones rocosas en la
costa. Acantilados costa baja etc. Su clasificación, protección y
su contribución a la estabilidad de las referidas formaciones.
37. Los ecosistemas marinos. Diversas clases de ellos. Su
equilibrio. La contribución al mismo de los elementos de flora.
38. Incidencia sobre la erosión de la
forestación/deforestación. Medidas que permiten lograr un equilibrio entre la
regeneración forestal y la posibilidad de aportaciones sedentarias al
transporte litoral.
39. La vegetación en humedales y zonas bajas costeras. Su
incidencia en el equilibrio del ecosistema. Posibilidades de
intervención para su protección y desarrollo.
40. Las plantaciones artificiales en los bordes marinos para
su regeneración. Diversas clases de árboles y plantas que pueden
plantarse en la regeneración de bordes marítimos en función de
los objetivos buscados. Ventajas e inconvenientes de cada uno
de ellos.
41. Creación artificial de plantaciones vegetales en el dominio
público marítimo-terrestre. Su contribución a la creación de
espacios lúdicos o de espacios naturales. Posibilidades de llevarlos
a cabo en función del tipo de dominio público marítimo-terrestre
(playa, dominio público marítimo-terrestre degradado, etc).
Precauciones a tomar y su integración en el ecosistema.
42. Los revestimientos vegetales para sujeción de taludes no
dunares en el dominio público marítimo-terrestre. Plantación,
protección y mantenimiento de los mismos.
43. La vegetación halófila. Características comunes y
específicas de comunidades concretas. Métodos para su identificación.
44. La flora y el litoral. Formas de presentación de aquéllas
en estas tipologías de uno y otro y su interrelación.
45. Descripción gráfica de las principales comunidades
vegetales en el litoral español.
46. La afectación de la erosión marina al equilibrio de la línea
litoral. La evolución hacia el futuro de la interfase mar-tierra. Y
su incidencia sobre las comunidades de flora próximas.
47. La ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales
características e instrumentos. La sentencia del Tribunal
Constitucional.
48. Las Directivas aves y hábitats. Aplicación en España y
en el resto de la Unión Europea.
49. La conservación de especies. Catálogo Nacional de
Especies Amenazadas. Planes de recuperación. Otros planes. Ejemplos
concretos.
50. Las zonas de especial protección de aves (ZEPA). Criterios
para su determinación. Identificación de las principales zonas
concretas en España. Normas para su protección.
51. La dinámica litoral: Breve descripción de la formación
del oleaje y su incidencia en el transporte longitudinal y
transversal. El perfil de equilibrio de las playas
52. La incidencia de las infraestructuras portuarias sobre el
dominio público marítimo-terrestre biótico y abiótico. Previsiones
sobre cambios en la evolución de los perfiles de playa y sobre
su estabilidad.
53. Naturaleza y delimitación del dominio público
marítimo-terrestre portuario. Análisis comparado en la Ley de Costas
y en la Ley de Puertos. Régimen jurídico de las relaciones entre
sus Administraciones competentes.
54. Las zonas de servicios en los puertos de competencia
estatal. Los espacios portuarios de competencia autonómica. Su
regulación en la Ley de Costas y en la Ley de Puertos.
55. La desafectación del dominio público marítimo-terrestre
portuario. Su regulación en la Ley de Puertos y en la Ley de Costas.
56. Estudio de las Leyes 10/1977, de 4 de enero, sobre Mar
Territorial y 15/1978, de 20 de febrero, sobre Zona Económica
Exclusiva.
57. Convenio Ospar: Estructura y Objetivos.
58. Convenio de Barcelona para la protección del
Mediterráneo. Plan de Acción para la protección del medio marino y el
desarrollo sostenible de las zonas costeras del Mediterráneo.
59. Capítulo 17 de la Agenda 21 y tratamiento del medio
marino en el seno del Tratado Amsterdam.
60. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar (Montego Bay, 10 de diciembre de 1982): Principales
aspectos.
Especialidad: Dominio Público
1. El dominio público. Concepto. Teorías más relevantes
sobre el mismo en la doctrina jurídica. Régimen jurídico sobre
su naturaleza.
2. La naturaleza y la afectación como elementos
determinantes del carácter demanial de los bienes. Sus consecuencias de
ser "res extra commercium".
3. La formalización de la incorporación de bienes al dominio
público. La afectación. La mutación demanial. La desafectación.
Concepto y líneas generales de los dos procedimientos.
4. Los bienes demaniales según la Ley del Patrimonio y su
diferencia con respecto a los patrimoniales. Líneas generales del
régimen general que la Ley establece para unos y otros.
5. La Ley de Aguas de 1985. Estructura, objetivos y principios
informadores. Principales diferencias con la Ley de Aguas de 1879.
La Ley 46/1999 de modificación de la Ley 29/1985, de Aguas.
Modificaciones introducidas.
6. Los Reglamentos en desarrollo de la Ley de Aguas:
Reglamento del Dominio Público Hidráulico y Reglamento de la
Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica.
Materias que regulan. Estructura.
7. Organización administrativa en materia de aguas
continentales. Distribución constitucional de competencias con
Comunidades Autónomas. Estructura del Ministerio de Medio
Ambiente y relaciones con otros Órganos de la Administración.
Consejo Nacional del Agua.
8. Los Organismos de Cuenca. Funciones. Órganos de
gobierno, de gestión y de explotación. Las Comisarías de Aguas.
9. La planificación hidrológica. Objetivos. Los Planes
Hidrológicos de Cuenca. Contenido. El Plan Hidrológico Nacional.
Aprobación y revisión de los Planes. Efectos de los Planes Hidrológicos.
10. Dominio público hidráulico. Bienes que lo integran.
Definiciones. Mutaciones demaniales. Zonas de policía.
11. Limitaciones en el uso del dominio público hidráulico.
Servidumbres naturales. Servidumbres legales: Definición clases.
Tipos. Procedimiento general de constitución. Servidumbre
forzosa de acueducto. Requisitos, características, modificación y
extinción.
12. Delimitación del dominio público hidráulico. Deslinde:
Concepto. Procedimiento, competencias, tramitación. Efectos
jurídicos del deslinde. Conexión con el dominio público marítimo
terrestre.
13. Usos y derechos para utilización del agua: Usos comunes
generales y especiales. Normas generales. Uso privativo. Concepto
de concesión. Adquisición por prescripción. Autorizaciones
especiales. Cesión de usos del agua. Requisitos y procedimiento para
los contratos de cesión.
14. Autorizaciones de uso en terrenos de dominio público
hidráulico. Obras en los cauces. Aprovechamiento de materiales.
Siembras. Navegación. Procedimiento administrativo.
15. Procedimiento administrativo de otorgamiento de
concesiones y sus relaciones con la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. Competencias.
16. Especialidades en la tramitación Administrativa.
Abastecimiento, riegos, usos industriales. Autorización de vertidos.
Modificación de características. Revisión de concesiones.
17. Aprovechamientos hidroeléctricos. Ley del sector
eléctrico. Procedimiento para aprovechamientos con potencia inferior
a 5.000 KVA. Aprovechamientos en infraestructuras del Estado.
Fases de concurso y adjudicación.
18. Aguas subterráneas. Investigación, disposiciones
transitorias de la Ley 29/1985, de Aguas. Aprovechamientos inferiores
a 7.000 m3/año. Catálogo de aguas privadas. Normas para la
tramitación de derechos preexistentes.
19. El registro de aguas. Objeto. Derechos inscribibles.
Estructura. Efectos jurídicos de la inscripción. Extinción de derechos.
20. La desalación de agua marina o salobre. Regulación.
Procedimiento, tramitación y competencias de autorización de la
actividad de desalación. Real Decreto 1327/1995. Materia que regula.
Reutilización de aguas residuales.
21. Impacto ambiental. Actuaciones objeto del proceso
reglado. Competencias de comunidades autónomas. Procedimiento de
declaración ambiental Estudios de evaluación de sus efectos y
medidas a adoptar. Caudales mínimos medio-ambientales.
22. Presas de embalse. Tipos y clasificación. Reglamento
técnico de seguridad de presas. Directriz básica de protección civil.
Normas de explotación.
23. Comunidades de Usuarios. Concepto. Regulación
jurídica. Constitución. Comunidades generales y juntas centrales.
Régimen de sus acuerdos. Órganos y atribuciones. Estatutos,
ordenanzas y reglamentos.
24. Régimen económico-financiero de la utilización del
dominio público hidráulico: Canon de ocupación: Sujetos pasivos,
determinación de la base imponible. Canon de vertido: Concepto
de unidad de contaminación. Obligado al pago. Canon de
regulación. Concepto. Sujetos pasivos. Cuantía del canon.
25. Protección del Dominio Público Hidráulico: Principios de
la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.
Infracciones administrativas: Clases. Sanciones: Cuantías. Normativa
aplicable.
26. Procedimiento Sancionador: Trámites esenciales.
Normativa reguladora. Prescripción de sanciones, infracciones y acciones
de exigibilidad de indemnización de daños. Caducidad de un
expediente sancionador. Efectos. Competencias para la resolución de
un procedimiento sancionador.
27. Recursos contra resoluciones en materia de
autorizaciones, concesiones y procedimiento sancionador. Tipos de recursos.
Plazos. Órganos ante los que se interponen.
28. Órganos consultivos en materia de dominio público
hidráulico. El Consejo de Obras Públicas y Urbanismo. Normativa
reguladora. Competencias. El Consejo de Estado. Normativa
reguladora. Competencias. Intervención de la Abogacía del Estado en
la tramitación de expedientes de autorizaciones, concesiones y
sancionadores.
29. La Ley de Costas de 1988. Precedentes legislativos en
legislación costera. Exposición de motivos de la Ley. Justificación
de la misma. Objetivos que la misma persigue según su articulado.
30. El dominio público marítimo-terrestre. Elementos que lo
integran. Distinción entre los que son declarados por la
Constitución y aquéllos otros que lo son por la Ley. Elementos
característicos o requisitos que sirven para reconocer cada bien
de dominio público marítimo-terrestre definido por la Ley.
31. La delimitación administrativa del dominio público
marítimo-terrestre. Procedimiento de deslinde: Fases más
representativas del mismo. El proyecto de deslinde: Elementos que lo
integran.
32. Efectos de la aprobación del deslinde. Diferente situación
de los bienes privados antes de la aprobación del deslinde, una
vez han sido incluidos en éste: Disposición Transitoria primera
de la Ley.
33. Las servidumbres de la Ley de Costas. Efectos sobre la
propiedad privada. Características generales de la misma. Órganos
competentes para otorgar autorizaciones en zonas afectadas por
las servidumbres. La extracción de áridos en los tramos finales
de los ríos y su regulación según la Ley de Costas.
34. La servidumbre de protección: Contenido. Alcance
geográfico sobre el que se impone. Usos permitidos y prohibidos en
la misma: Excepciones a los prohibidos. La servidumbre de
tránsito: Contenido y alcance geográfico de la misma. Usos permitidos.
Servidumbre de acceso al mar: Razón de ser y contenido de la
misma.
35. Usos generales del dominio público marítimo-terrestre.
Usos especiales: Requisitos que han de cumplir. Títulos para la
ocupación del dominio público marítimo terrestre. Definición y
presupuestos que deciden el tipo de título a obtener. Regulación
de los vertidos al mar. Requisitos de los efluentes y necesidad
de título de ocupación del dominio público marítimo terrestre.
36. Las concesiones en el dominio público marítimo-terrestre.
Obras y Actividades que lo requieren. Procedimiento ordinario
de otorgamiento de concesiones. Formas de extinción. Causas
de caducidad. Procedimiento para el otorgamiento conjunto de
la concesión de autorización de actividad y concesión de ocupación
del dominio público marítimo-terrestre.
37. El régimen económico del dominio público
marítimo-terrestre. La Ley de Costas y Orden ministerial de 30 de octubre
de 1992. Cánones por ocupación del dominio público
marítimo-terrestre. Forma de determinación del canon. Requisitos para
exención o disminución del canon. La valoración de las
concesiones para su rescate. Las fianzas en la dotación de títulos de
superficie en dominio público marítimo-terrestre. Canon por
vertidos.
38. El procedimiento sancionador en la Ley de Costas:
Principios que lo informan. Determinación de las infracciones y su
calificación según la gravedad. Obligación de restituir. Sanciones
especiales por el uso de Actividades, Funciones y Concesiones.
39. Fases del procedimiento sancionador. Posible
circunstancia atenuante. Posibilidad de legalizaciones. Indemnización por
daños. Ejecución forzosa.
40. Las competencias de las diferentes Administraciones
según la Ley de Costas. Competencias del Estado, Comunidades
Autónomas y Ayuntamientos. Principios que rigen la colaboración
administrativa. La regulación de emisión de informes en los
procedimientos de aprobación de Planeamiento por parte de la
Administración de Costas.
41. La posible modificación de las anchuras de la zona de
servidumbre de protección en virtud de la clasificación del suelo
a la entrada en vigor de la Ley de Costas: La disposición transitoria
tercera de la Ley. La situación de construcciones anteriores a la
Ley de Costas en zonas de dominio público marítimo-terrestre
o en servidumbres de protección y tránsito: La disposición
transitoria cuarta de la Ley.
42. La concurrencia de otros títulos con los de ocupación
del dominio público marítimo-terrestre: La disposición adicional
quinta de la Ley.
43. Tipos de presas. Acciones a considerar. Métodos de
cálculo. Tomas. Aliviaderos. Tipos de compuertas. Desagües. Desvío
de cauces. Protección medio ambiental.
44. Pluviometría. Aforos. Correlaciones. Caudales medios.
Cálculo de avenidas. Hidrogramas. Evaporación. Regulación de
ríos. Capacidad de un cauce.
45. Dimensionamiento de canales. Curvas de remanso. Saltos
hidroeléctricos. Esquema, pérdidas de carga, potencia, producción
media. Abastecimiento y riegos. Elementos que los constituyen
y su dimensionamiento.
46. Clima marítimo. Agentes que lo determinan: vientos
oleaje, corrientes y variaciones del nivel del mar. Su generación e
interrelación.
47. Clima marítimo: previsión de oleaje en alta mar y
propagación hasta la costa.
48. Morfología de costas. Naturaleza geológica de los fondos.
Tipos de costas españolas desde el punto de vista morfológico.
49. Concepto de unidad fisiográfica. Balance sedimentario.
Fuentes y sumideros.
50. Transporte marino de sedimentos: longitudinal y
transversal. Transporte eólico de sedimentos.
51. Erosión costera: Causas naturales y antrópicas. Medidas
correctoras de carácter general: Previsiones de la Ley de Costas.
52. Tratamiento de la erosión costera debida a barreras al
transporte longitudinal de sedimentos. Trasvases de arenas.
53. Defensa de costas: Tipologías de actuación. Ventajas e
inconvenientes.
54. Aportación periódica de arenas. Conceptos y diseño.
Extracción de áridos y dragados.
55. Playas: Análisis en planta y perfil. Tipologías. Variación
estacional del perfil.
56. Regeneración de espacios naturales costeros: Humedales
y campos dunares.
57. Contaminación costera: Vertidos y residuos sólidos
urbanos. Emisarios submarinos. Vertido del material procedente de
dragados. Competencias de las Administraciones.
58. Estudios de la biosfera marina: Ámbitos supramareal,
intermareal e inframareal.
59. Estudios en ingeniería marítima y costera: toma de datos
en la naturaleza, modelos numéricos y modelos físicos a escala
reducida.
60. Evaluación del Impacto Ambiental. Aplicación en costas.
Tramitación. Figuras de evaluación ambiental de ámbito
autonómico.
Especialidad: Calidad de Aguas
1. Instrumentos administrativos para la gestión de los vertidos
de aguas residuales. Tramitación. Canon de vertidos.
Condicionado. Renovación, revisión y revocación.
2. El control de vertidos a las aguas superficiales y
subterráneas.
3. Empresas colaboradoras en el control de los vertidos a
las aguas continentales.
4. Infracciones y sanciones por vertidos de aguas residuales.
Evaluación de daños al Dominio Público Hidráulico.
5. Procedimientos de regularización de vertidos de aguas
residuales. Planes sectoriales de regularización.
6. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.
Vertidos directos e indirectos. Competencias. Ordenanzas
municipales de vertido.
7. Depuración de aguas residuales urbanas. Pretratamientos,
tratamiento primario y tratamiento secundario. Eliminación de
nutrientes. Gestión y tratamiento de fangos. Plan Nacional de lodos
de depuradoras de aguas residuales.
8. Explotación y mantenimiento de sistemas de tratamiento
de aguas residuales urbanas. Reutilización de aguas residuales.
Tratamientos de desinfección de aguas residuales.
9. Vertido de aguas residuales procedentes de la industrial
siderúrgica. Vertido de aguas residuales procedentes de la
industrial del automóvil. Origen, características y tratamientos.
10. Aguas residuales procedentes de la industrial alimentaria
y de bebidas. Elaboración del azúcar. Industria conservera.
Mataderos e industria cárnica. Industria láctea. Origen, características
y tratamientos.
11. Aguas residuales procedentes de la industria textil. Aguas
residuales procedentes de lavanderías industriales. Origen,
características y tratamientos.
12. Aguas residuales procedentes de la industria química y
petroquímica. Aguas residuales procedentes de la industrial de
fabricación de pinturas, barnices y pesticidas. Origen,
características y tratamiento.
13. Aguas residuales procedentes de la industria papelera.
Idem industria minera. Origen, características y tratamientos.
14. Aguas residuales procedentes de la industria de curtidos.
Industria de galvanotecnia. Industria de tratamientos superficiales
(pintura). Origen, características y tratamientos.
15. Tratamiento de los residuos generados en las actividades
ganaderas y de piscicultura. Almacenamiento de residuos urbanos
e industriales. Legislación. Sistemas de vigilancia de calidad de
las aguas.
16. Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico
Nacional.
17. Normas de calidad ambiental. Procedimientos para su
establecimiento. Ensayos de toxicidad.
18. Indicadores de calidad para la clasificación del estado
ecológico de ríos, lagos, aguas de transición, aguas costeras,
masas de aguas superficiales artificiales y muy modificadas.
19. Definiciones normativas. Seguimiento y presentación del
estado ecológico y químico de las aguas superficiales según la
Directiva 2000/60/CE.
20. Definición del estado cuantitativo y químico de las aguas
subterráneas. Seguimiento y presentación del estado cuantitativo
y químico de las aguas subterráneas según la Directiva
2000/60/CE.
21. Caracterización inicial y adicional de las aguas
subterráneas. Examen de la incidencia de la actividad humana en las aguas
subterráneas, de la incidencia de los cambios en los niveles de
las aguas subterráneas y de la contaminación en la calidad de
las aguas subterráneas según la Directiva 2000/60/CE.
22. Caracterización de los tipos de masas de agua superficial.
Establecimiento de las condiciones de referencia específicas para
los tipos de masas de agua superficial. Identificación de las
presiones. Evaluación del impacto según la Directiva 2000/60/CE.
23. Estrategias para combatir la contaminación de las aguas.
Procedimiento para el establecimiento de las normas de calidad
química según la Directiva 2000/60/CE.
24. Convenios internacionales relativos a la calidad de aguas.
Convenio OSPAR. Estructura y objetivos. Programa RID.
25. Estudio de la calidad del agua en los ríos mediante el
empleo de índices físico-químicos y biológicos.
26. Ecología de las comunidades piscícolas. Factores que
controlan las poblaciones piscícolas. Peces ibéricos de aguas dulces.
27. Caudales ecológicos: Métodos de estudio y aplicación.
28. Parámetros físicos, químicos y microbiológicos
relacionados con la calidad de las aguas continentales.
29. Sistemas de vigilancia y control de calidad de aguas
superficiales. Redes existentes.
30. Sistemas de vigilancia y control de calidad de aguas
subterráneas. Redes existentes.
31. Redes de estaciones automáticas de alerta. Objetivos y
funciones. Parámetros. Sistemas de comunicación.
32. Sistemas de información geográfica aplicados de la
gestión de calidad de aguas. Sistemas de adquisición de datos.
Entornos informáticos de trabajo. Análisis y bases de datos.
33. Redes europeas de intercambio de información sobre
calidad de las aguas. EUROWATERNET. Criterios de diseño de redes
de aguas superficiales y subterráneas.
34. Eutrofización. Técnicas y análisis. Efectos. Medidas
preventivas y correctoras. Estado trófico de los embalses.
Teledetección de la eutrofización en embalses.
35. Protección de las aguas contra la contaminación
producida por nitratos de fuentes agrarias. Zonas vulnerables a la
contaminación por nitratos. Programas de actuación. Códigos de
buenas prácticas agrarias.
36. Contaminación difusa por plaguicidas. Tipos. Criterios
de definición de redes de control. Política comunitaria.
37. La calidad de las aguas superficiales y subterráneas en
el Libro Blanco del Agua en España.
38. Los vertidos residuales de aguas residuales en el Libro
Blanco del Agua en España.
39. Directiva 75/440/CEE, relativa a la calidad requerida
para las aguas superficiales destinadas a la producción de agua
potable en los Estados miembros. Directiva 79/869/CEE, relativa
a los métodos de medición y a la frecuencia de los muestreos
y del análisis de las aguas superficiales destinadas a la producción
de agua potable en los Estados miembros. Cálculo de diagnósticos
de calidad. Obligaciones derivadas. Incorporación a la legislación
Española.
40. Directiva 76/160/CEE, relativa a la calidad de las aguas
de baño. Cálculo de diagnósticos de calidad. Obligaciones
derivadas. Incorporación a la legislación Española.
41. Directiva 78/659/CEE, relativa a la calidad de las aguas
continentales que requieren protección o mejora para ser aptas
para la vida de los peces. Cálculo de diagnósticos de calidad.
Obligaciones derivadas. Incorporación a la legislación Española.
42. Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de las aguas
residuales urbanas. Criterios de conformidad. Zonas sensibles.
Plan Nacional de Saneamiento y Depuración. Incorporación a la
legislación Española.
43. Directiva 80/68/CEE relativa a la protección de las aguas
subterráneas de la contaminación causada por determinadas
sustancias peligrosas. Obligaciones derivadas. Incorporación a la
legislación Española.
44. Contaminación causada por determinadas sustancias
peligrosas en aguas superficiales. Legislación Europea e
incorporación a la legislación española. Sustancias de Lista I y Lista II.
Programas de reducción de sustancias de Lista II. Sustancias
preferentes.
45. Contaminantes físicos, químicos y biológicos
característicos de las aguas subterráneas. Caracterización del medio
subterráneo. Vulnerabilidad de las aguas subterráneas frente a la
contaminación.
46. Perímetros de protección para captaciones de agua
potable. Planteamiento y metodología. Técnicas de delimitación.
47. Procedimientos para la toma de muestras de matrices
medioambientales: muestreo de aguas naturales y residuales,
sedimentos y peces. Garantía de Calidad.
48. Técnicas de conservación y transporte de muestras
medioambientales.
49. Tipos de tratamiento preliminar de muestra en la
determinación de metales en aguas naturales y residuales. Expresión
de resultados.
50. Aplicación de las técnicas gravimétricas y volumétricas
en el análisis de aguas. Fundamento, parámetros controlados.
51. Utilización de la cromatografía de gases y la cromatografía
de líquidos en el análisis de sustancias orgánicas en aguas.
Detectores específicos.
52. Aplicación de la cromatografía iónica en el análisis de
aniones y cationes en aguas. Espectroscopia atómica.
53. Determinación de materia orgánica en aguas naturales
y residuales, parámetros globales de control, relación entre ellos
y diferencias.
54. Parámetros de calidad de aguas que permiten controlar
el grado de eutrofización de lagos y embalses.
55. Autoanalizadores en continuo utilizados en las estaciones
automáticas de alerta de calidad de aguas.
56. Determinaciones "in situ" en aguas naturales y residuales.
Equipos de campo y parámetros analizados.
57. Normas nacionales e internacionales sobre metodología
para controlar parámetros fisicoquímicos y químicos de calidad
de las aguas.
58. Norma internacional sobre requisitos generales relativos
a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración
ISO/IEC 17025:99. Límites de detección y cuantificación.
59. Propiedades de las sustancias orgánicas: La persistencia,
toxicidad y bioacumulación.
60. Prevención de riesgos en un laboratorio de calidad de
aguas. Manipulación de gases, disolventes y reactivos. Equipos
de protección individual.
Especialidad: Ingeniería de Saneamiento
1. Características de las aguas residuales. Aspectos físicos,
químicos y biológicos. Composición de las aguas residuales.
Estudios de caracterización.
2. Parámetros de calidad del agua.
3. Caudales de aguas residuales. Origen y estimación.
4. Legislación sobre vertidos tóxicos y peligrosos.
5. Control en tiempo real en los sistemas de alcantarillado.
6. Marco legal de las evaluaciones del impacto ambiental
aplicado a las obras de saneamiento y depuración.
7. Caudales de cálculo de aportación a una red de
saneamiento.
8. Diseño hidráulico y ambiental de redes de saneamiento.
9. Drenaje urbano.
10. Diseño y operación de sistemas de colectores unitarios.
Tendencias actuales.
11. Características de las redes de saneamiento. Materiales
y especificaciones técnicas.
12. Procedimientos constructivos de conducciones para
saneamiento.
13. Estructuras hidráulicas auxiliares de la red de
saneamiento. Tipología y diseño.
14. Degradación y corrosión de conducciones de aguas
residuales.
15. Limpieza y mantenimiento de conducciones de aguas
residuales.
16. Criterios y sistemas de rehabilitación de conducciones
de aguas residuales.
17. Descargas de sistemas unitarios de alcantarillado al medio
receptor.
18. Dispositivos de control y restricción de la contaminación
por aguas de tormenta.
19. Capacidad de autodepuración del cauce receptor.
20. Bombeo de aguas residuales.
21. Diseño y tipo de estaciones de bombeo.
22. Golpe de ariete en tuberías de impulsión.
23. Criterios de selección en procesos de depuración.
Consideraciones sobre la implantación de depuradoras.
24. Pretatamiento en estaciones depuradoras de aguas
residuales.
25. Diseño de tratamientos físicos y físico-químicos para
aguas residuales.
26. Procesos biológicos de película fija.
27. Diseño de tratamientos biológicos aerobios.
28. Tratamientos para la eliminación biológica de nitrógeno
en aguas residuales.
29. Tratamientos para la eliminación de fósforo en aguas
residuales.
30. Tratamientos de desinfección de aguas residuales.
31. Producción y características de los fangos en una estación
depuradora de aguas residuales.
32. Sistemas de espesamiento de fangos.
33. Estabilización aerobia y química de fangos.
34. Digestión anaerobia de fangos.
35. Deshidratación de fangos.
36. Aprovechamiento energético de la línea de fangos.
37. Disposición final de fangos.
38. Tecnologías de bajo coste en la depuración de aguas
residuales en pequeñas poblaciones.
39. Tratamientos de aguas residuales industriales.
40. Producción y control de olores en los sistemas de
saneamiento y depuración.
41. Mantenimiento y explotación de una estación depuradora
de aguas residuales.
42. Sistemas de control, equipamientos auxiliares y
organización para la gestión y control de Estaciones Depuradoras de
Aguas Residuales.
43. Problemas de funcionamiento en depuradoras.
44. Usos y aprovechamientos del agua residual procedente
de un proceso de depuración.
45. Reutilización de efluentes depurados. Tecnologías
específicas para la regeneración de efluentes.
46. Inyecciones en acuíferos.
47. Diferentes criterios y normativas existentes para
reutilización de agua residual depurada.
48. Contaminación del litoral. Efectos y consecuencias.
49. Sistemas de saneamiento litoral. Aspectos específicos de
diseño.
50. Alivios en áreas costeras. Influencia sobre la calidad del
agua y metodología de estudio.
51. Procesos de transporte, dispersión y evolución de
contaminantes en el medio marino.
52. Cálculo de la dilución, dispersión y autodepuración para
el dimensionamiento de emisarios submarinos.
53. Aspectos geotécnicos en el diseño de emisarios
submarinos.
54. Objetivos y técnicas para el reconocimiento del fondo
marino en el estudio de emisarios submarinos.
55. Proyecto y construcción de emisarios submarinos.
56. Aspectos ambientales a considerar en proyectos de
saneamiento y depuración.
57. Modelos de calidad para sistemas generales de
saneamiento.
58. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.
59. Tarifa de utilización de los sistemas de saneamiento.
60. Planes de vigilancia ambiental en saneamiento. Objetivos,
definición y desarrollo.
Grupo de temas comunes
1. La Ley 10/1998, de Residuos. Principios fundamentales
que la sustentan. Objeto. Ámbito de aplicación. Competencias
de las distintas Administraciones.
2. La producción, la posesión y la gestión de los residuos.
Los instrumentos económicos.
3. La responsabilidad administrativa y el régimen sancionador
en la posesión y gestión de los residuos.
4. La planificación en materia de residuos: El Plan Nacional
de Residuos Urbanos. Los residuos especiales.
5. Normativa española en materia de gestión de
policlorobifenilos y policloroterfenilos (PCBs y PCTs)
6. Legislación sobre envases y residuos de envases. La Ley
11/1997 y Real Decreto 782/1998. Objeto y ámbito de aplicación.
El Sistema de depósito, devolución y retorno. Los sistemas
integrados de gestión de residuos de envases y envases usados y su
autorización. La participación de las Entidades Locales en los
sistemas integrados de gestión. La financiación de los sistemas
integrados de gestión.
7. El programa Nacional de Residuos de Envases y Envases
Usados. Productos que no tienen la consideración de envases.
Requisitos básicos sobre composición de los envases y sobre la
naturaleza de los envases reutilizables y valorizables, incluidos
los reciclables.
8. El régimen sancionador en materia de residuos de envases
y envases usados. Clasificación de infracciones. Sanciones.
Competencia sancionadora. Publicidad de las sanciones.
9. La notificación de sustancias nuevas y clasificación,
envasado y etiquetado de sustancias peligrosas
10. Normativa española y de la Unión Europea relacionada
con el medio ambiente atmosférico. Convenios internacionales.
La contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia:
Objetivos, organización.
11. Normativa relacionada con el medio ambiente
atmosférico: Protocolos derivados del Convenio de Ginebra. Limitación
de emisiones. Las sustancias que agotan la capa de ozono.
12. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La
EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de
aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La Directiva 97/11/CE
por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE. La evaluación
de los efectos de determinados planes y programas en el medio
ambiente.
13. El marco jurídico de la normativa de evaluación del
Impacto Ambiental en España. La legislación básica estatal: El Real
Decreto Legislativo 1302/1986 de EIA. El Real
Decreto 1131/1988 por el que se aprueba el Reglamento para la
ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986. Objeto. Ámbito
de aplicación. La obligación de establecimiento en el Estudio de
Impacto Ambiental del Programa de Vigilancia Ambiental. El
criterio de unidad de la Administración actuante. El órgano
ambiental. El órgano sustantivo.
14. La Evaluación del impacto ambiental en el ámbito
español: contenido de la Evaluación de Impacto Ambiental y del Estudio
de Impacto Ambiental.
15. La Evaluación de Impacto Ambiental en el ámbito
español: El procedimiento administrativo de EIA.
16. La Directiva 96/61/CE de prevención y Control
Integrados de la Contaminación. Principios. Aspectos tecnológicos. Las
Mejores Técnicas Disponibles Valores límites de emisión Los
permisos integrados de instalación. Los intercambios de información.
17. El Reglamento Europeo relativo a un sistema comunitario
de gestión y auditoría medioambientales (SGAM o EMAS).
Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La revisión de la aplicación
del reglamento.
18. La relación entre el sistema comunitario de gestión y
auditoría medioambientales e ISO-Organización Internacional de
Normalización.
19. Actividades con organismos genéticamente modificados.
La Ley 15/1994. El Real Decreto 951/1997. Requisitos y
procedimientos de utilización confinada, liberación voluntaria y
comercialización de organismos genéticamente modificados.
20. Normas sobre información, vigilancia y control de las
actividades con organismos genéticamente modificados. Infracciones
y sanciones. Etiquetado: Requisitos. Órgano colegiado. La
Comisión Nacional de Bioseguridad. La distribución de competencias
entre la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas.
21. La Ley de Fomento y Coordinación General de la
Investigación Científica y Técnica: la Investigación Científica, Desarrollo
e Innovación Tecnológica. El Plan Nacional 2000-2003.
Subvenciones públicas.
ANEXO III
Escala de Técniocos Facultativos Superiores de OO. AA.
del Ministerio de Medio Ambiente
Curso selectivo
Administración y Función Pública
1. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El
principio de jerarquía de las normas. Leyes, Decretos-leyes y Decretos
Legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas. Las
normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes ministeriales.
Disposiciones reglamentarias de carácter interno: Instrucciones
y Circulares.
2. Las Comunidades Europeas. Principios básicos de
organización y funcionamiento.
3. El Derecho Comunitario Europeo: Reglamentos y
Directivas. Noticia de otros instrumentos formales del Derecho
Comunitario y sus fuentes.
4. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Análisis global de la Ley
30/1992.
5. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El
principio de legalidad. Los actos administrativos. El concepto de
interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos. Los
procedimientos administrativos.
6. La Administración sancionadora y la Administración
responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el
procedimiento sancionador. Las responsabilidades de la
Administración Pública y de sus agentes.
7. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión
de oficio. El sistema de recursos administrativos. La reclamación
económico-administrativa. La Administración Pública y la Justicia.
La reclamación previa. El recurso contencioso-administrativo.
8. Teoría general de la función pública. Régimen general de
la función pública en España. Características del modelo de
función pública en nuestro país. Cuerpos, grupos, grado y niveles.
Función pública estatal, autonómica y local. Contratados laborales
y otros regímenes de personal. Función pública "política".
9. Planificación y gestión de recursos humanos en la
Administración Pública. La Oferta de Empleo. Los Planes de Empleo
Público. La provisión de puestos de trabajo. Las Relaciones de
Puestos de Trabajo y las plantillas de personal. Movilidad y
promoción profesional de funcionarios y laborales. Remoción de los
titulares de puestos de trabajo.
10. Derechos y deberes de los funcionarios y del personal
laboral. Situaciones administrativas de funcionarios y laborales.
Régimen disciplinario de funcionarios y laborales. Las
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
11. El sistema retributivo de la función pública española.
Análisis de los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de
trabajo y retribución. Prestaciones sociales y derechos pasivos:
MUFACE, Clases Pasivas y Seguridad Social.
12. La organización general del Ministerio de Medio
Ambiente. La Secretaría de Estado de Aguas y Costas y la Secretaría
General de Medio Ambiente: Sus unidades.
13. El Ministerio de Medio Ambiente. Los órganos
horizontales: Ministro y Subsecretaría: Sus unidades.
14. La organización territorial del Ministerio de Medio
Ambiente. Organismos Autónomos, Entidades Públicas
Empresariales y Sociedades Estatales del Ministerio de Medio Ambiente.
Gestión administrativa
1. Contratación administrativa I. Marco normativo. El
contrato administrativo. Órganos de contratación.
2. Contratación administrativa II. Estudio del pliego de
cláusulas administrativas. La oferta económica.
3. Contratación administrativa III. El expediente de
contratación. La ejecución del contrato de obra pública: Régimen
jurídico. Régimen de Pagos. Endose de certificaciones de obra.
4. Contratación administrativa IV. La ejecución del contrato
de obras: Tramitación.
5. Contratación administrativa V. La actividad convencional
de la Administración. Contratación de otros Entes Públicos. Los
recursos administrativos. Proceso contencioso-administrativo.
6. Expropiación forzosa. Concepto. Naturaleza jurídica.
Procedimiento general.
7. Dominio Público I. Concepto y naturaleza jurídica.
Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.
8. Dominio Público II. Régimen jurídico del dominio público.
Utilización del dominio público. Autorizaciones y concesiones.
Reservas demaniales.
9. La actividad financiera de la Administración. Concepto y
normas reguladoras. Organización de la Administración
financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la
Administración Financiera.
10. El Tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las
tasas y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria.
Liquidación e Inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía
tributaria. Los tributos y el Ministerio de Medio Ambiente.
11. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y
aprobación. La estructura presupuestaria: Gastos e ingresos. La
elaboración del presupuesto. Las modificaciones presupuestarias. El
Presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente.
12. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del
gasto. Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del
pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.
13. La ejecución de los gastos públicos. Los gastos de
personal: Retribuciones y otros gastos de personal. Los gastos de
transferencias: Gestión de subvenciones. Los gastos contractuales.
Contratos administrativos y contratos privados, contrato de obras,
de suministros y de asistencia técnica.
14. Procedimientos especiales de gasto. Anticipos de caja fija.
Pagos a justificar. Obras de emergencia.
ANEXO IV
Escala de Técnicos Facultativos Superiores
de OO.AA. del Ministerio de Medio Ambiente
Tribunal titular
Presidente: Don José Sáenz González, Escala Técnica de
Gestión de OO.AA.
Secretaria: Doña Isabel de Antonio Sierra, Escala Técnica de
Gestión de OO.AA.
Vocales (especialidades de Educación Ambiental y Uso Público,
Conservación del Medio Natural, Dominio Público y Técnicas
Costeras):
Don José Luis Viejo Montesinos, Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Don Ángel A. Luque del Villar, Cuerpo de Profesores Titulares
de Universidad.
Don Juan Garay Zabala, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
Don Cosme Morillo Fernández, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
Don José Ramón Martínez Cordero, Cuerpo de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Doña Mercedes Montesinos del Valle, Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Don José A. Corraliza Rodríguez, Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Vocales (especialidades de Calidad de las Aguas e Ingeniería
de Saneamiento):
Don Miguel A. Antolín Martínez, Cuerpo de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Doña Cristina Danés Castro, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don Víctor M. Arqued Esquía, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don Salvador Heras Moreno, Cuerpo Facultativo Superior de
la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Don Francisco Cadarso González, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don Adolfo Gallardo de Marco, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don Emilio Soler Monsalve, Cuerpo de Ingenieros de Caminos,
Canales y Puertos del Estado.
Tribunal suplente
Presidente: Doña Mercedes Rodríguez Arranz, Cuerpo Superior
Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña Pilar Román Barreiro, Cuerpo Superior de
Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales (especialidades de Educación Ambiental y Uso Público,
Conservación del Medio Natural, Dominio Público y Técnicas
Costeras):
Doña Rocío Díaz Casado, Cuerpo de Ingenieros de Montes.
Doña Carmen Sánchez Sanz, Cuerpo de Ingenieros de Montes.
Don José Manuel Manzanares Robles, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don Benigno Elvira Payán, Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad.
Don José Manuel Escanilla Yuste Escala de Técnica Superior
de OO.AA.
Don Roberto Vallejo Bombín, Cuerpo de Ingenieros de Montes.
Don Jesús Solaguren Beascoa, Cuerpo de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales (especialidades de Calidad de las Aguas e Ingeniería
de Saneamiento):
Don Fernando Octavio de Toledo Ubieto, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don Javier Ruza Rodríguez, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Don José M.a Santafé Martínez, Cuerpo de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Don Luis Ángel García García, Cuerpo de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Don Gabriel Fernández del Río, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MIMAM.
Doña M.a Jesús Rodríguez de Sancho, Cuerpo de Ingenieros
de Montes.
Don José María Díaz Ortiz, Cuerpo de Ingenieros de Caminos,
Canales y Puertos del Estado.
ANEXO V (ver imagen página 21159).
ANEXO VI
Escala de Técnicos Facultativos Superiores
de OO.AA. del Ministerio de Medio Ambiente
Don ................................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y con documento nacional de identidad número .....................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
OO.AA. del MIMAM, que no se encuentra separado del servicio
de ninguna de las Administraciones Públicas ni inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
En ....................., a ........ de ..................... de ........
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid