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Documento BOE-A-2002-1141

Orden DEF/72/2002, de 17 de enero, por la que se determina la zona del escalafón para evaluación para el ascenso por elección a General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros de la Escala Superior de Oficiales del Ejército del Aire.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 2002, páginas 2467 a 2467 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-1141

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo

114 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal

de las Fuerzas Armadas y en los apartados 2 y 4 del artículo

22 y el apartado 3 del artículo 24 del Real Decreto 1064/2001,

de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Evaluaciones y Ascensos del Personal Militar Profesional y a

propuesta del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, dispongo:

Primero.-Con fecha 27 de diciembre de 2001 se da por

finalizado el ciclo 2001/2002, para el ascenso al empleo de General

de Brigada del Cuerpo de Ingenieros de la Escala Superior de

Oficiales del Ejército del Aire, establecido en la Orden 117/2001

de 1 de junio, por la que se determinan las zonas de los escalafones

para las evaluaciones de ascenso al empleo superior, y da

comienzo un nuevo ciclo que se inicia el día 28 de diciembre de 2001

y finaliza el día 30 de junio de 2002.

Segundo.-Será evaluado para el ascenso por elección al

empleo inmediato superior, el personal del Ejército de Aire

comprendido en la zona del escalafón que se expresa a continuación

que cumpla las condiciones establecidas en el artículo 112 de

la Ley 17/1999 y en el artículo 15 del Real Decreto 1064/2001,

surtiendo efectos en este nuevo ciclo:

Militares de Carrera

Número generaldeescalafón

Cuerpo Escala Empleo

Desde Hasta

Ingenieros. Superior de

Oficiales.

Coronel. 31469 31477

Quedan incluidos en la respectiva zona para evaluación los

números que expresan los extremos de la misma y todos ellos

se entenderán referidos al escalafón publicado con fecha de 1

de octubre de 2001.

Tercero.-Tendrán quince días naturales a partir de la entrada

en vigor de la presente Orden, aquellos interesados que deseen

solicitar su exclusión de la evaluación, con los efectos previstos

en el apartado 2 del artículo 113 de la Ley 17/1999 y en el

artículo 23 del Real Decreto 1064/2001.

Cuarto.-El Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire elevará

al Ministro de Defensa la evaluación acompañando su propio

informe.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de enero de 2002.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

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