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Documento BOE-J-2024-281567

SEVILLA. Edicto de 13 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 719/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-281567

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 719/2023

NIG: 4109142120210000393

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo

DESTINATARIOS

ESTHER MARIA RUIZ GARCÍA - NIF/NIE: ***4209**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Declaro la conclusión del concurso de Dña. ESTHER MARIA RUIZ GARCÍA.

2.- Acuerdo el archivo las actuaciones.

3.- Declaro la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y disposición del concursado.

5.- Acuerdo el cese de la administración concursal, que deberá comparecer en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- Concedo la exoneración de la totalidad de los créditos concursales (concurrentes y no concurrentes) que no se han satisfecho durante el concurso.

7.- Apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

8.- Esta resolución debe ser objeto de la publicidad registral prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, y deben remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para su inscripción.

9.- Esta resolución debe notificarse a la administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal) y publicarse en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 13 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA MARIA GULLON GULLON

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