Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-279919

CORUÑA (A). Edicto de 13 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 19/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2024-279919

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de A Coruña

Dirección: Calle CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Localidad: Coruña (A)

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981182166

Correo electrónico: mercantil1.coruna@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 19/2023

NIG: 1503047120230000237

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 06/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso Gemma Rey Ardao con NIF Nº 53165376W

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T ODON VICTOR LÓPEZ SÁNCHEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE A CORUÑA, por el presente, HAGO SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número deconcurso arriba referenciado 19/2023-B relativo al deudorDOÑA GEMMA REY ARDAO con NIF Nº 53165376w, se ha dictado en fecha 06/05/2024 el auto de conclusión de concurso en el que se acordó: 1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa, del concurso de acreedores de Gemma Rey Ardao, DNI:53.165.376-W, con domicilio sito en Calle Igrexa Nº 2, 4º Pastoriza, Arteixo, A Coruña, CP: 15.140. Con los efectos legales inherentes. De conformidad con el art. 484 TRLC, el deudor persona naturalquedará responsable del pago de los créditos insatisfechos.Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tantono se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevoconcurso.2.- Puesto que el Auto de declaración de concurso sin masaúnicamente ordenó la publicación del edicto en el tablónedictal judicial único y la publicación en el Registro públicoconcursal, es procedente acordar en esta resolución que seexpidan los despachos correspondientes, de conformidad con loprevisto en el artículo 36 TRLC, que serán entregados a larepresentación procesal del concursado, para su inmediataremisión y práctica de los asientos registrales legalmente previstos. 3.- La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, lo que se hará por la Oficina Judicial en el Tablón Edictal Judicial Único.

Coruña (A), 13 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR LOPEZ SANCHEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid